Cómo Impugnar una Derrama Extraordinaria: Plazos, Causas y Procedimiento (2026)
Tu comunidad ha aprobado una derrama de 3.000€ para reformar la fachada, pero la votación fue irregular, el presupuesto no se adjuntó a la convocatoria o los coeficientes de participación están mal calculados. Tienes derecho a impugnarla — pero solo tienes 3 meses desde la fecha del acuerdo. Esta guía te explica cuándo funciona la impugnación y cuándo no.
DEFINICIÓN — LPH ART. 17 Y 18
Derrama extraordinaria vs. acuerdo impugnable
Derrama extraordinaria (Art. 9.1.f LPH): Aportación adicional al presupuesto ordinario, aprobada en junta, para financiar obras o gastos extraordinarios no previstos. Requiere mayoría según la naturaleza del acuerdo (simple, 3/5 o unanimidad).
Acuerdo impugnable (Art. 18 LPH): Todo acuerdo contrario a la Ley o los estatutos, gravemente lesivo para algún propietario, o que suponga un abuso de derecho. El plazo es de 3 meses desde la notificación del acuerdo (1 año si el propietario no recibió convocatoria).
DATO CLAVE — IMPUGNACIÓN DE DERRAMAS
El 67% de las impugnaciones de derrama fracasan
Motivo más frecuente de desestimación: el propietario dejó pasar el plazo de 3 meses o no se opuso en la propia junta. La oposición formal en el acta es requisito previo para impugnar (Art. 18.2 LPH).
Causas válidas para impugnar una derrama
CAUSAS QUE LOS TRIBUNALES ADMITEN
Procedimiento paso a paso
Resumen de plazos y costes
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Plazo de impugnación | 3 meses desde notificación del acta (1 año si no recibiste convocatoria) |
| Juzgado competente | Juzgado de Primera Instancia del lugar de la finca |
| Coste aproximado (abogado) | 800–2.500€ (honorarios) + tasas judiciales si aplica |
| Duración del proceso | 8–18 meses en Juzgados de primera instancia con carga alta |
| ¿Hay que seguir pagando? | Sí — la impugnación no suspende el pago |
| Tasa de éxito estimada | ~33% si hay causa real + oposición en acta |
// IgeraFincas — consulta sobre derrama extraordinaria
Propietario: "Nos han aprobado una derrama de 4.200€ por obras de fachada. La convocatoria no incluía el presupuesto. ¿Puedo impugnarla?"
IgeraFincas: "Sí, la falta de presupuesto en la convocatoria es causa de impugnación según Art. 16.2 LPH. Tienes 3 meses desde la notificación del acta para presentar demanda. ⚠️ Requisito previo: ¿consta tu oposición en el acta de la junta?"
Propietario: "No asistí pero nadie me avisó de que tenía que oponerme."
IgeraFincas: "Si no recibiste convocatoria válida, el plazo es de 1 año (Art. 18.3 LPH) y no necesitas oposición previa en acta. Conserva el sobre original — la fecha del sello postal es prueba de la notificación tardía."
¿Tienes dudas sobre una derrama en tu comunidad?
IgeraFincas lee el acta de tu junta y te indica si la votación fue válida, qué mayoría se requería y si tienes plazo para impugnar — con el artículo de la LPH citado.
Consultar con IgeraFincas gratis →Actualizado: junio 2026 · Fuentes: Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal (LPH) arts. 9, 16, 17, 18; LEC arts. 249, 250, 52; jurisprudencia del Tribunal Supremo · Este artículo no constituye asesoramiento jurídico individual.