Asamblea de Copropietarios en Colombia: Cómo Convocar Correctamente 2026

Asamblea de Copropietarios en Colombia: Cómo Convocar Correctamente en 2026
La asamblea general de copropietarios es el máximo órgano de dirección de toda propiedad horizontal en Colombia, regulada por los artículos 37 a 45 de la Ley 675 de 2001. Es el espacio donde se aprueban los presupuestos, se rinden cuentas, se toman las decisiones sobre zonas comunes y se elige o remueve al administrador y al consejo de administración.
Ordinaria: dentro de los tres primeros meses de cada año para aprobar cuentas y presupuesto. Extraordinaria: cuando las necesidades lo exijan, convocada por el administrador, el consejo o copropietarios con el 20% de los coeficientes (Art. 40).
- Convocatoria: mínimo 15 días calendario de anticipación (Art. 41)
- Quórum deliberatorio: más del 50% de los coeficientes de copropiedad
- Segunda convocatoria: puede sesionar con cualquier número (Art. 45)
- Acta: debe elaborarse y firmarse dentro de los 20 días siguientes (Art. 47)
- Representación: mediante poder escrito, máximo 3 poderes por persona
Pasos para convocar una asamblea válida en Colombia
- Definir el tipo de asamblea y el orden del día — La convocatoria debe incluir el orden del día completo. Los temas no incluidos solo pueden tratarse si todos los copropietarios están presentes y lo aprueban por unanimidad.
- Enviar la convocatoria con 15 días de anticipación — Art. 41 Ley 675: por medio de comunicación escrita enviada a cada propietario. En la práctica se usan correo certificado, correo electrónico y grupos de WhatsApp del edificio.
- Adjuntar documentos base — Balance de cuentas, informe de gestión del administrador, propuesta de presupuesto para el siguiente período y, si hay elecciones, lista de candidatos.
- Verificar el quórum al inicio — Se registra la asistencia y se suma el porcentaje de coeficientes presentes. Si no se alcanza el 50%+1, se convoca segunda reunión, que puede celebrarse con los presentes.
- Deliberar por puntos del orden del día — Cada decisión se somete a votación. Las mayorías requeridas varían: simple (aprobación de presupuesto), calificada (2/3) o unanimidad (cambios estructurales).
- Elaborar el acta dentro de los 20 días siguientes — Art. 47: el acta debe ser firmada por el presidente y el secretario de la asamblea, y estar disponible para todos los copropietarios.
IgeraFincas indexa todas las actas de asamblea y permite que cualquier copropietario consulte las decisiones vigentes desde WhatsApp. No más llamadas al administrador preguntando "¿qué se decidió sobre el parqueadero de visitantes?"
Ver IgeraFincasPreguntas frecuentes sobre asambleas en Colombia
Artículo redactado por el equipo editorial de Igera Solutions con base en la Ley 675 de 2001 (Colombia). Actualizado mayo 2026. No constituye asesoramiento legal.
COMPARTIR
Comparte el conocimiento con tu red
Related Posts
View AllLPH Explicada: Las 10 Preguntas Que Recibes Cada Semana
La Ley de Propiedad Horizontal regula desde los votos en junta hasta quien paga la gotera del tejado. Estas son las diez preguntas que todo administrador responde de forma repetitiva, con el articulo exacto de la ley para cada una.
Administrador de Propiedad Horizontal en Colombia: Funciones y Obligaciones 2026
El administrador de propiedad horizontal en Colombia actúa bajo la Ley 675 de 2001, Art. 50. Conoce sus funciones legales, obligaciones y cómo la IA optimiza su gestión.
Cómo dar Soporte 24/7 a 500 Propietarios sin Ampliar Equipo
Un despacho con 30 comunidades y 500 propietarios recibe entre 40 y 80 consultas por semana. El 73% son preguntas repetitivas que ya tienen respuesta en los documentos. Así se automatiza sin contratar.
Cómo Redactar un Acta de Junta de Vecinos: Modelo y Errores Frecuentes (2026)
El acta de la junta de propietarios es el único documento que acredita los acuerdos adoptados. El artículo 19 LPH establece su contenido mínimo obligatorio y el plazo máximo de 10 días para cerrarla.