Calculadora del Fondo de Reserva para tu Condominio en México
Estima cuánto debería aportar tu condominio al fondo de reserva según la ley de tu estado, el valor catastral o presupuesto anual, y el número de unidades. IgeraFincas responde a los condóminos sobre el saldo del fondo citando el acta y el reglamento interno.
Calcula la aportación de tu condominio
Art. 52, Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para la CDMX — mínimo 2.5% del valor catastral
Mínimo legal estimado
Ciudad de México
Aportación anual del condominio
$87,500
Por unidad / mes
$182
Esto es una estimación, no una cifra vinculante. La asamblea de condóminos o el reglamento interno pueden fijar un monto distinto, y la distribución real por unidad puede variar según el indiviso de cada una en lugar de repartirse a partes iguales. Consulta la ley estatal vigente y el reglamento del condominio antes de aprobar o modificar el fondo de reserva.
Metodología del cálculo
La calculadora toma el porcentaje mínimo legal verificado del estado seleccionado y lo aplica sobre la base que indica esa misma ley: el valor catastral del inmueble en CDMX, o el presupuesto anual de mantenimiento aprobado en asamblea en Nuevo León y Quintana Roo. El resultado anual se divide entre el número de unidades y entre 12 meses para obtener una referencia de aportación mensual por unidad.
Para estados sin un porcentaje mínimo fijado por ley (Jalisco, Querétaro, Puebla, Sonora, Baja California, Estado de México y el resto), la calculadora muestra un rango orientativo del 3% al 5% de la base indicada — una referencia habitual entre administradores profesionales para que el fondo alcance a cubrir 3-6 meses de gastos operativos, no una cifra exigida por ninguna ley estatal.
Esta calculadora no sustituye el acuerdo de asamblea ni el reglamento interno. El indiviso de cada unidad, la escritura constitutiva o un acuerdo de asamblea pueden fijar una aportación distinta a la de esta estimación. Consulta siempre la ley estatal vigente y el reglamento del condominio antes de aprobar o modificar el fondo de reserva.
Guías por estado
Consulta la ley de condominios completa de tu estado, con los artículos exactos citados.
Preguntas frecuentes — Fondo de reserva
¿Cuánto debe ser el fondo de reserva de un condominio en México?
CDMX: mínimo 2.5% del valor catastral (art. 52). Nuevo León y Quintana Roo: mínimo 5% del presupuesto anual (Quintana Roo, art. 70). Jalisco y otros estados: lo decide la asamblea, sin mínimo legal fijo.
¿Cómo se calcula la aportación mensual por unidad?
El monto anual (porcentaje legal o estimado sobre valor catastral o presupuesto) se divide entre el número de unidades y entre 12 meses. El reglamento puede repartirlo de forma proporcional al indiviso en vez de a partes iguales.
¿Qué pasa en los estados sin porcentaje mínimo legal?
La asamblea decide el porcentaje cada año al aprobar el presupuesto. La referencia práctica habitual es que el fondo cubra 3-6 meses de gastos operativos completos.
¿Esta calculadora sustituye lo que decida la asamblea?
No. Es una estimación de referencia. El monto real lo aprueba la asamblea y puede superar el mínimo legal según el reglamento interno o la escritura constitutiva. Consulta siempre la ley estatal vigente y el reglamento de tu condominio.