IgeraLegal para Notarías: IA que Consulta el Protocolo Notarial sin Inventar
El asistente IA que responde sobre escrituras de compraventa, testamentos, poderes y actas notariales citando la norma exacta — sin inventar referencias ni honorarios.
El volumen de consultas en una notaría: el problema de escala
Una notaría de tamaño medio gestiona entre 30 y 80 escrituras por semana. Cada escritura genera entre 3 y 10 consultas de clientes antes, durante y después del otorgamiento: documentación necesaria, honorarios, plazos de inscripción, fiscalidad asociada, documentos que deben aportarse.
El reto no es la complejidad de esas consultas — la mayoría tienen respuesta estándar bien definida en el Reglamento Notarial y el Arancel de los Notarios. El reto es el volumen y la necesidad de precisión: una respuesta incorrecta sobre documentación necesaria puede frustrar la firma en el último momento, generando un coste reputacional y operativo significativo.
Las consultas son altamente repetitivas pero requieren respuestas precisas para no incurrir en responsabilidad. El personal administrativo de la notaría — técnicos, gestores — dedica una parte importante de su jornada a responder preguntas que IgeraLegal puede gestionar automáticamente, con la fuente exacta y sin riesgo de error.
IgeraLegal puede atender consultas de clientes fuera del horario de oficina, los fines de semana, o mientras el equipo está en el despacho gestionando actos de otorgamiento. La notaría gana capacidad de atención sin necesidad de ampliar plantilla.
30-80
escrituras por semana en una notaría de tamaño medio
3-10
consultas de cliente por escritura, la mayoría repetitivas
65%
de consultas notariales automatizables con IgeraLegal
Escrituras de compraventa: consultas frecuentes automatizadas
Documentación necesaria, IAJD, plusvalía municipal, cancelación de hipoteca previa — resueltas con el precepto exacto.
> ¿Qué documentación necesita un comprador extranjero no residente para comprar un piso en España?
IgeraLegal: El comprador extranjero no residente necesita:
1) NIE (Número de Identificación de Extranjero) — art. 206 RD 557/2011.
2) Pasaporte en vigor.
3) Certificado de titularidad de cuenta bancaria española (Ley 10/2010, prevención del blanqueo de capitales).
4) Si financia con hipoteca: oferta vinculante del banco según Ley 5/2019 reguladora de contratos de crédito inmobiliario.
El Notario verificará la identificación según art. 23 Ley del Notariado. Fuente: RD 557/2011 · Ley 10/2010 · Ley 5/2019 · Ley del Notariado art. 23
IAJD y TPO: quién paga y cuánto
El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en la compraventa nueva recae sobre el comprador (tipo entre 0,5% y 1,5% según CCAA). En segunda transmisión aplica TPO (entre 4% y 10% según CCAA). IgeraLegal distingue el supuesto y cita el precepto autonómico si el despacho ha subido la normativa de su comunidad.
Plusvalía municipal (IIVTNU)
Tras la STC 182/2021 y el RDL 26/2021, el IIVTNU se calcula por el método objetivo (coeficientes) o el método real (diferencia de valores). IgeraLegal explica los dos métodos, quién paga (vendedor, salvo pacto) y la posibilidad de impugnar si la transmisión genera pérdida.
Cancelación de hipoteca previa
Si el inmueble tiene hipoteca, la cancelación notarial requiere acta notarial de carta de pago y escritura de cancelación (o carta de pago con apud acta). IgeraLegal explica el procedimiento y los documentos que debe aportar el vendedor.
Retención del 3% a vendedores no residentes
El comprador tiene obligación de retener el 3% del precio y ingresarlo en Hacienda (modelo 211) cuando el vendedor es no residente en España (IRNR). IgeraLegal responde sobre la obligación, el plazo y el formulario aplicable.
Testamentos y herencias: información desde el protocolo
Las consultas sobre testamentos y herencias son de las más frecuentes y también de las más emocionalmente sensibles. Los clientes preguntan sobre los tipos de testamento disponibles, la protección de los hijos en caso de desheredación, qué ocurre si hay deudas en la herencia, y cuáles son los plazos para aceptar o repudiar.
IgeraLegal responde desde el Código Civil (art. 667-1087) y, si la notaría opera en territorio foral, desde la normativa específica (Fuero de Aragón, Derecho Civil de Cataluña, Fuero de Navarra, Fuero de Vizcaya). La indexación de la normativa foral aplicable es responsabilidad del despacho — IgeraLegal la utiliza automáticamente en cuanto está disponible.
Las legítimas (art. 806-840 CC) son una fuente constante de consultas: qué proporción corresponde a los hijos, al cónyuge supérstite, cuándo puede el testador privar a un hijo de la legítima (causas de desheredación, art. 853 CC), y cómo afecta al cálculo la existencia de donaciones previas (colación, art. 1035 CC).
La aceptación y repudiación de herencias también generan preguntas recurrentes: plazos (no hay plazo legal para aceptar, pero el heredero puede ser instado a manifestarse, art. 1005 CC), beneficio de inventario, repudiación y sus efectos sobre los descendientes del repudiante (derecho de representación, art. 929 CC).
Tipos de testamento
- Abierto (Notario + testigos)
- Cerrado (plica sellada)
- Ológrafo (puño y letra)
Legítimas CC (territorio común)
- Hijos: 2/3 del haber (1/2 estricta, 1/6 mejora)
- Padres: 1/2 o 1/3 si hay cónyuge
- Cónyuge: usufructo 1/3 mejora
Plazos clave en herencias
- Impuesto de sucesiones: 6 meses (prorrogable)
- Plusvalía municipal: 6 meses
- Inscripción Registro: sin plazo perentorio
Poderes notariales: tipos, requisitos y limitaciones
Poder general vs. poder especial
El poder general autoriza al apoderado para cualquier acto de administración y disposición. El poder especial limita las facultades a actos concretos (vender un inmueble determinado, comparecer en juicio en un asunto específico). IgeraLegal explica la diferencia y los supuestos en que se recomienda uno u otro.
Poder preventivo y subsistencia tras incapacidad
El poder preventivo (art. 1732 CC, reformado por Ley 8/2021) subsiste o surte efecto cuando el poderdante pierde la capacidad de obrar. Es un instrumento clave para la planificación de la incapacidad. IgeraLegal explica sus requisitos y diferencias respecto a la antigua tutela.
Revocación de poder y notificación al apoderado
La revocación del poder requiere escritura notarial para ser oponible a terceros de buena fe que confíen en el poder anterior. IgeraLegal explica el procedimiento de revocación (art. 1735 CC) y la importancia de la notificación al apoderado.
Poderes otorgados en el extranjero — Apostilla
Los poderes otorgados en el extranjero necesitan Apostilla del Convenio de La Haya (si el país es signatario) o legalización consular. IgeraLegal explica el proceso, los países firmantes del Convenio y los casos en que se requiere traducción jurada.
Actas notariales: para qué sirven y cómo se redactan
Las actas notariales son documentos públicos que recogen hechos, declaraciones o constataciones que el Notario presencia o a los que es requerido. A diferencia de las escrituras, no contienen negocios jurídicos — documentan realidades.
Su uso es muy variado: el acta de presencia permite al Notario constatar un hecho en el momento en que ocurre (estado de un inmueble, apertura de una subasta, acto de una junta). El acta de notificación y requerimiento permite comunicar de forma fehaciente una exigencia o declaración a otra persona, con plenos efectos probatorios frente a terceros.
IgeraLegal puede responder a clientes que preguntan si necesitan un acta notarial para su situación concreta: requerir de pago a un deudor moroso, constatar el estado de una vivienda antes de la entrega en compraventa, levantar acta de la junta de una comunidad de propietarios cuando hay conflicto sobre los acuerdos adoptados.
El coste del acta notarial depende del Arancel de los Notarios (RD 1426/1989). IgeraLegal puede informar sobre los honorarios aproximados si el despacho ha subido el Arancel actualizado, evitando respuestas imprecisas del personal administrativo que generan expectativas erróneas en el cliente.
Acta de Presencia
Constatar hechos en el momento
Acta de Referencia
Recoger declaraciones de terceros
Acta de Notificación
Comunicar fehacientemente
Acta de Manifestaciones
Documentar declaraciones propias
RGPD en notarías: datos especialmente sensibles
El protocolo notarial contiene información de gran sensibilidad: datos patrimoniales de compradores y vendedores, disposiciones testamentarias que incluyen datos de salud (voluntades anticipadas, testamento vital), datos de menores en capitulaciones matrimoniales o herencias, y datos de fuentes de fondos exigidos por la normativa de prevención del blanqueo de capitales (Ley 10/2010).
La Ley del Notariado (art. 32) y el Reglamento Notarial regulan el acceso al protocolo, que solo puede facilitarse a quienes tengan un interés legítimo reconocido. El protocolo debe conservarse un mínimo de 25 años (art. 279 RN). Esto implica que los datos notariales tienen una longevidad muy superior a la de la mayoría de los datos personales.
IgeraLegal no expone el contenido del protocolo en abierto. Responde únicamente a consultas validadas por la notaría, sobre la base documental que la notaría ha decidido indexar. Los datos procesados no salen de la infraestructura EU y el contrato incluye un DPA conforme al art. 28 RGPD, asegurando que la notaría cumple sus obligaciones como responsable del tratamiento.
Conservación 25 años
Datos tratados con retención adecuada al protocolo
Acceso restringido
Solo responde sobre base documental autorizada por la notaría
RGPD art. 28
DPA firmado, sin uso de datos para entrenamiento
Preguntas frecuentes — IgeraLegal para notarías
¿IgeraLegal tiene acceso al protocolo notarial?
Solo al que el despacho sube explícitamente a su base documental. No existe conexión externa ni en tiempo real con el protocolo de ninguna notaría. La notaría decide qué documentos indexa y sobre qué puede responder el sistema.
¿Puede responder sobre honorarios notariales?
Sí, si se le sube el Reglamento Notarial y el Arancel de los Notarios (Real Decreto 1426/1989). IgeraLegal lo indexa y puede responder con los honorarios por tipo de actuación notarial, evitando que el personal dé cifras imprecisas.
¿Cómo gestionan la confidencialidad?
Infraestructura EU, DPA firmado conforme al art. 28 RGPD, y datos del despacho que nunca se usan para entrenar modelos de IA externos. La notaría conserva el control total sobre qué está indexado.
¿Se integra con el software notarial existente?
Via API o widget web, de forma completamente independiente al software notarial (Signo, etc.). No requiere integración técnica con los sistemas existentes — se despliega como una capa adicional de atención al cliente.
¿Cuánto tiempo tarda la configuración?
24-48 horas desde la subida de documentos. El equipo de Igera asiste en la configuración inicial, la selección de documentos a indexar (Ley del Notariado, Reglamento Notarial, Arancel, normativa autonómica) y las primeras pruebas de calidad.
¿Tu equipo pasa horas respondiendo consultas repetitivas de clientes?
IgeraLegal gestiona las consultas estándar con la fuente exacta, para que tu equipo se centre en los actos de otorgamiento que realmente requieren su atención.
Empezar prueba gratuitaSin tarjeta de crédito · Configuración en 48h · Plan Starter desde €199/mes
IgeraLegal por especialidad jurídica
Cada rama del derecho requiere una base de conocimiento diferente. IgeraLegal cubre todas las especialidades con normativa pre-indexada y actualizada.
