IgeraLegal para Despachos de Derecho Fiscal: IA que Cita el Código Tributario Exacto
El asistente IA que responde sobre IRPF, IS, IVA y procedimiento tributario citando el artículo exacto — sin depender del corte de conocimiento de un modelo genérico.
El derecho fiscal y el reto de la normativa cambiante
La normativa fiscal española es una de las más volátiles de Europa. En un mismo ejercicio pueden producirse modificaciones en la LIRPF, la LIS, la Ley del IVA, nuevas resoluciones vinculantes de la DGT y sentencias del TJUE que afectan directamente a casos en curso.
Esta volatilidad tiene una consecuencia práctica muy concreta: los abogados fiscalistas reciben consultas sobre normativa que puede haber cambiado en los últimos 6 meses. Responder con seguridad exige verificar la versión vigente de cada precepto antes de cada respuesta, lo que consume horas facturables que podrían dedicarse al análisis estratégico y la planificación fiscal.
Los modelos de IA genéricos como ChatGPT tienen un corte de entrenamiento que puede ser anterior a las últimas reformas fiscales. Una respuesta basada en la LIRPF 2022 puede ser errónea si el despacho trabaja con la versión vigente de 2026.
IgeraLegal se actualiza con la base documental que el despacho valida. Cuando la DGT emite una nueva resolución vinculante relevante, el despacho la sube, el sistema la indexa en minutos, y a partir de ese momento todas las respuestas sobre esa materia reflejan el criterio más reciente. Sin depender de ningún modelo genérico ni de su corte de conocimiento.
3,2h
al día que el abogado fiscalista medio dedica a verificación normativa
74%
de consultas fiscales de cliente son recurrentes y susceptibles de automatización
4 seg
tiempo de respuesta de IgeraLegal con artículo LIRPF, LIS o LIVA citado
IRPF: consultas frecuentes automatizadas con la norma exacta
Deducciones, retribuciones en especie, rendimientos del capital, ganancias patrimoniales — las preguntas más repetitivas de cualquier despacho fiscal, respondidas con el precepto exacto.
Deducciones por vivienda habitual
Régimen transitorio post-2013 (DT 18ª LIRPF): quiénes mantienen el derecho, límites, requisitos de residencia efectiva. IgeraLegal explica el régimen caso a caso sin confundir la regulación anterior con la vigente.
Retribuciones en especie
Valoración de vehículos, seguros, préstamos a tipo reducido, opciones sobre acciones. Art. 43 LIRPF y su desarrollo reglamentario — respuestas precisas en segundos sin consultar manualmente el RIRPF.
Rendimientos de capital inmobiliario
Gastos deducibles (art. 23 LIRPF), reducción por arrendamiento de vivienda habitual (60%), arrendamientos turísticos, imputación de rentas inmobiliarias (1,1% o 2% según año de revisión catastral).
Ganancias y pérdidas patrimoniales
Transmisión de inmuebles: cómputo del valor de adquisición, gastos e impuestos deducibles, exención por reinversión en vivienda habitual (art. 38 LIRPF), exención mayores de 65 años.
> Un cliente tiene una opción sobre acciones de su empresa. ¿Cómo tributa en IRPF el ejercicio?
IgeraLegal: El ejercicio de stock options tributa como rendimiento del trabajo en especie según el art. 17.1 LIRPF (RDLeg 3/2004). La base imponible es la diferencia entre el valor de mercado de las acciones en la fecha de ejercicio y el precio de ejercicio pactado.
Exención parcial: hasta 12.000€ anuales si las opciones cumplen los requisitos del art. 43.2 LIRPF (periodo de retención ≥3 años, no transmisibles antes del ejercicio).
Fuente indexada: LIRPF art. 17.1 + art. 43.2 · DGT V1234-22
IS: dudas sobre bases, tipos y deducciones
El Impuesto sobre Sociedades concentra algunas de las consultas más técnicas y recurrentes de los despachos fiscales: pagos fraccionados, compensación de bases imponibles negativas (BINs) de ejercicios anteriores, deducciones por I+D+i y el régimen de operaciones vinculadas.
IgeraLegal indexa la Ley 27/2014 (LIS) y el Reglamento del IS, y responde sobre cualquiera de estos temas citando el artículo exacto. Los pagos fraccionados (art. 40 LIS), la compensación de BINs sin límite temporal pero con el 70% de la base imponible positiva previa (art. 26 LIS) o las deducciones I+D+i de los art. 35-36 LIS son consultadas diariamente en cualquier despacho con clientes empresa.
Los tipos vigentes para el ejercicio 2026 son: tipo general del 25%, tipo reducido para PYME del 23% (cifra de negocios inferior a 1M€), tipo del 15% para entidades de nueva creación durante los dos primeros ejercicios con base imponible positiva, y tipo del 10% para fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública.
Las operaciones vinculadas (art. 18 LIS) y la obligación de documentación de precios de transferencia generan consultas de especial complejidad. IgeraLegal puede responder sobre los umbrales de documentación, los métodos de valoración y las sanciones aplicables citando directamente los preceptos y las resoluciones DGT que el despacho haya validado e indexado.
25%
Tipo general IS
23%
PYME (CN < 1M€)
15%
Nueva empresa (1º-2º ejercicio)
10%
Fundaciones utilidad pública
IVA: tipos, exenciones y deducciones
Operaciones intracomunitarias e inversión del sujeto pasivo
Entregas intracomunitarias de bienes, prestaciones de servicios a empresarios UE (art. 69 LIVA), inversión del sujeto pasivo en entregas de inmuebles y ejecuciones de obra. IgeraLegal responde sobre el tratamiento IVA correcto citando el precepto y, si se ha subido, la resolución DGT aplicable.
Prorrata, sectores diferenciados y deducciones
Regla de prorrata general y especial, sectores diferenciados (art. 101 LIVA), regularización de bienes de inversión (art. 107 LIVA). Las consultas sobre deducibilidad de cuotas soportadas son de las más frecuentes en despachos con clientes mixtos.
Exenciones: financieras, sanitarias, educativas
La exención financiera del art. 20.Uno.18 LIVA abarca operaciones de crédito, garantía y seguro. Las sanitarias del art. 20.Uno.2-3 LIVA requieren una aplicación cuidadosa. IgeraLegal distingue los supuestos y cita la exención correcta sin confundirlas.
SII y obligaciones de información
El Suministro Inmediato de Información (RD 596/2016) obliga a los inscritos en el REDEME a informar facturas en 4 días hábiles. IgeraLegal puede responder sobre plazos, campos obligatorios y sanciones por incumplimiento del SII.
Procedimiento tributario: recursos, inspecciones y acuerdos
Procedimiento de inspección (LGT art. 145-159)
Plazos máximos de duración (18 meses con carácter general, 27 meses en supuestos especiales), posibles extensiones, diferencia entre actas de conformidad y disconformidad, y sus consecuencias sobre la reducción de sanciones. IgeraLegal cita el artículo de la LGT y el RGGIT aplicable.
Recursos: reposición, REA y contencioso
Plazos para interponer recurso de reposición (1 mes), reclamación económico-administrativa ante el TEAR o el TEAC, y recurso contencioso-administrativo. Los plazos son críticos en materia fiscal — IgeraLegal los recupera en segundos con la norma exacta (LGT art. 222-248 y LJCA).
Acuerdos previos de valoración (APV) con la AEAT
Los APV permiten fijar el valor de operaciones vinculadas antes de su realización (art. 91 RGAT). IgeraLegal explica el procedimiento de solicitud, los plazos de resolución (6 meses) y las consecuencias de la aceptación frente a la resolución unilateral de la AEAT.
Planificación fiscal: cómo IgeraLegal apoya el análisis
IgeraLegal no reemplaza al abogado fiscalista. Su función es liberar al profesional del trabajo mecánico de consulta normativa — verificar el artículo exacto de la LIRPF, confirmar los requisitos de una deducción IS o recuperar un plazo de procedimiento — para que pueda dedicar su tiempo al análisis estratégico y la planificación fiscal de valor real para el cliente.
La integración con bases documentales propias del despacho es clave. Además de la legislación estatal, IgeraLegal puede indexar resoluciones vinculantes de la DGT seleccionadas por el equipo, jurisprudencia del TJUE relevante (sentencias que afecten al IVA o IS) y resoluciones del TEAC sobre criterios reiterados.
El resultado: cuando el abogado sénior plantea una estrategia de reestructuración o planificación patrimonial, IgeraLegal actúa como asistente de investigación que recupera al instante la base normativa, permitiendo que la reunión con el cliente se centre en la decisión y no en la búsqueda.
Base documental que IgeraLegal indexa
- LIRPF (RDLeg 3/2004) y RIRPF (RD 439/2007)
- LIS (Ley 27/2014) y RIS (RD 634/2015)
- LIVA (Ley 37/1992) y RIVA (RD 1624/1992)
- LGT (Ley 58/2003) y RGGIT (RD 1065/2007)
- Resoluciones vinculantes DGT seleccionadas
- Jurisprudencia TJUE relevante (subida por el despacho)
- Resoluciones TEAC de criterio reiterado
RGPD y confidencialidad del cliente fiscal
Los datos tributarios de personas físicas — ingresos, patrimonio, situación familiar — son datos personales con alto nivel de sensibilidad. Consultarlos con herramientas de IA genéricas implica transmitirlos a terceros sin las garantías adecuadas.
Usar ChatGPT o herramientas similares con datos de clientes puede constituir una infracción del art. 28 RGPD si no existe un Acuerdo de Encargo de Tratamiento (DPA) formalizado. La AEPD ha sancionado casos similares en el ámbito de la asesoría fiscal y laboral.
IgeraLegal procesa todos los datos en infraestructura situada en la Unión Europea. El contrato incluye un DPA conforme al art. 28 RGPD. Los documentos subidos por el despacho no se utilizan para entrenar ningún modelo de IA. El acceso está restringido por roles y el despacho mantiene el control total sobre qué documentos están indexados y cuáles no.
Infraestructura UE
Datos procesados en servidores europeos
DPA incluido
Acuerdo de encargo de tratamiento art. 28 RGPD
Sin entrenamiento
Tus documentos nunca se usan para entrenar modelos
Preguntas frecuentes — IgeraLegal derecho fiscal
¿IgeraLegal accede a la base de datos de la AEAT?
No. IgeraLegal responde desde los documentos que el despacho sube y valida. No tiene acceso en tiempo real a la AEAT ni a ninguna base de datos externa. Esto garantiza que las respuestas son siempre coherentes con la versión normativa que el despacho ha validado.
¿Cómo se actualiza la normativa en IgeraLegal?
El despacho sube las versiones actualizadas de la LIRPF, LIS, LIVA o cualquier otra norma relevante. IgeraLegal re-indexa el documento en minutos. A partir de ese momento, todas las respuestas sobre esa materia usan la versión actualizada.
¿Puede IgeraLegal responder sobre resoluciones DGT específicas?
Sí, si el despacho ha subido esa resolución a su base documental. El sistema la indexa con el mismo proceso que cualquier otro PDF y a partir de ese momento puede citarla directamente en las respuestas.
¿Cuánto cuesta IgeraLegal para despachos fiscales?
Plan Starter desde €199/mes para despachos legales. 14 días de prueba gratuita sin tarjeta de crédito. Para despachos con más de 5 abogados existe un plan Professional con usuarios ilimitados.
¿Es compatible con el secreto profesional?
Sí. Los datos del despacho y sus clientes no salen de la infraestructura EU de Igera. El contrato incluye un DPA conforme al art. 28 RGPD y los documentos indexados nunca se utilizan para entrenar modelos externos.
¿Tu despacho fiscal pierde tiempo en consultas normativas repetitivas?
IgeraLegal recupera esas horas para el análisis estratégico que realmente diferencia a tu despacho.
Empezar prueba gratuitaSin tarjeta de crédito · Configuración en 48h · Plan Starter desde €199/mes
IgeraLegal por especialidad jurídica
Cada rama del derecho requiere una base de conocimiento diferente. IgeraLegal cubre todas las especialidades con normativa pre-indexada y actualizada.
