Umbral SEVESO superado. PPAG, SGS e Informe de Seguridad consultables en 6 Segundos.
La clasificación de nivel inferior o superior, los umbrales del Anexo I, los requisitos del PPAG, el SGS-SEVESO, el Informe de Seguridad y el PEI: IgeraIndustria los hace consultables al instante para responsables técnicos y equipos de emergencia. Sin buscar en el informe de 300 páginas. Sin esperar al consultor externo.
La carga documental SEVESO supera la capacidad operativa de cualquier equipo
La Directiva SEVESO III genera una de las mayores cargas de cumplimiento de la normativa industrial europea. Informe de Seguridad, SGS, PEI, notificaciones a la administración, simulacros documentados y coordinación con la CCAA: todo debe estar disponible en segundos si hay un accidente o una inspección.
1.200+
establecimientos SEVESO en España clasificados según el MITECO (nivel inferior y superior combinados)
Hasta €600.000
sanción por infracción muy grave en materia de accidentes graves según la LPRL y la legislación autonómica aplicable
5 años
plazo máximo de revisión del Informe de Seguridad (nivel superior). Muchos establecimientos pierden la trazabilidad entre revisiones
48 horas
plazo máximo para notificar un accidente grave a la autoridad competente según el artículo 18 del RD 840/2015
El problema no es la falta de documentación: la mayoría de establecimientos SEVESO la tienen. El problema es la accesibilidad. El Informe de Seguridad tiene 300 páginas. El SGS tiene procedimientos, registros y evidencias distribuidas en carpetas locales y servidores. En una emergencia, nadie puede consultar eso a tiempo. IgeraIndustria lo estructura y lo hace consultable en lenguaje natural.
Consulta SEVESO instantánea para responsables técnicos y emergencias
IgeraIndustria indexa el Informe de Seguridad, el SGS-SEVESO, el PPAG, el PEI y la normativa aplicable para responder cualquier consulta técnica en tiempo real, citando el artículo exacto del RD 840/2015 o el procedimiento SGS correspondiente.
Clasificación del establecimiento (nivel inferior/superior)
Consulta si tu establecimiento es de nivel inferior o nivel superior según los umbrales del Anexo I del RD 840/2015, qué sustancias determinan la clasificación y qué obligaciones documentales corresponden a cada nivel.
PPAG — Política de Prevención de Accidentes Graves
Recupera la Política de Prevención de Accidentes Graves: objetivos, compromisos de la dirección, principios del sistema de gestión de la seguridad y la periodicidad de revisión establecida. Exigible a partir del nivel inferior.
SGS-SEVESO — Sistema de Gestión de la Seguridad
Consulta los procedimientos del Sistema de Gestión de la Seguridad: identificación de riesgos, control operacional, gestión del cambio, planes de acción correctiva y el registro de auditorías internas del SGS.
Informe de Seguridad — Escenarios accidentales
Accede a los escenarios de accidente grave identificados en el Informe de Seguridad, las consecuencias estimadas (zona de efectos letales, irreversibles y daños), las medidas de protección implementadas y las distancias de seguridad.
PEI — Plan de Emergencia Interior
Consulta el Plan de Emergencia Interior: estructura de mando en emergencia, procedimientos de activación, puntos de reunión, equipos de primera intervención, recursos disponibles y protocolo de notificación a autoridades y al PEE.
Umbral Anexo I — Sustancias y cantidades
Verifica los umbrales de cantidad de cada sustancia peligrosa del Anexo I: columna 1 (nivel inferior) y columna 2 (nivel superior), cómo se aplica la regla de los milésimos para mézclas y qué cambios en las cantidades presentes modifican la clasificación.
Gestión documental SEVESO completamente indexada
El cumplimiento SEVESO no termina con la presentación del Informe de Seguridad: es una documentación viva con revisiones, simulacros, notificaciones y auditorías que deben estar trazadas y disponibles ante cualquier inspección de la autoridad competente.
Notificación a la autoridad competente (art. 7 RD 840/2015)
La notificación inicial y sus actualizaciones deben documentar el establecimiento, las actividades, las sustancias peligrosas presentes con sus cantidades máximas, el entorno y las fuentes de riesgo. IgeraIndustria indexa las notificaciones presentadas y alerta cuando es necesaria una actualización.
SGS-SEVESO: procedimientos y registros de auditoría
El Sistema de Gestión de la Seguridad del nivel superior debe incluir: estructura organizativa y responsabilidades, formación del personal, control operacional, gestión del cambio, planificación ante emergencias y seguimiento de objetivos. Todo indexado y auditable.
Informe de Seguridad: identificación de riesgos y escenarios
El Informe de Seguridad de nivel superior incluye la identificación de todos los escenarios de accidente grave mediante análisis HAZOP, What-If o Árbol de fallos. IgeraIndustria permite consultar cualquier escenario, sus causas, consecuencias estimadas y medidas de control.
PEI: simulacros y registro de activaciones
El Plan de Emergencia Interior debe ser probado con simulacros periódicos (mínimo cada 3 años para nivel superior). IgeraIndustria gestiona el calendario de simulacros, registra los resultados, las deficiencias detectadas y las acciones correctoras implementadas.
Gestión del cambio SEVESO
Cualquier modificación sustancial en el establecimiento (nueva sustancia, cambio de proceso, nueva instalación) puede cambiar la clasificación SEVESO o los escenarios del Informe de Seguridad. IgeraIndustria registra las modificaciones y alerta sobre la necesidad de revisión documental.
Notificación de accidente grave (art. 18 RD 840/2015)
En caso de accidente grave, el titular tiene 48 horas para notificar a la autoridad competente con información sobre circunstancias, sustancias involucradas, datos para evaluar los efectos, medidas de emergencia adoptadas y medidas para evitar la repetición. IgeraIndustria tiene los modelos y criterios precargados.
Marco normativo SEVESO III completo
La regulación SEVESO en España se articula en torno a la Directiva 2012/18/UE y su transposición nacional, complementada por normativa autonómica. IgeraIndustria tiene toda la normativa de nivel 1 preindexada desde el primer día.
Directiva 2012/18/UE SEVESO III — Marco europeo
La Directiva SEVESO III deroga SEVESO II (96/82/CE) y actualiza los umbrales de sustancias peligrosas alineándolos con el Reglamento CLP (CE 1272/2008). Define las obligaciones de los Estados miembros y los titulares de establecimientos, la inspección, la información al público y la planificación de emergencias exteriores. Aplica a establecimientos con sustancias peligrosas por encima de los umbrales del Anexo I.
RD 840/2015 — Transposición española
El Real Decreto 840/2015 transpone la Directiva 2012/18/UE al ordenamiento jurídico español. Establece los requisitos de notificación, PPAG, SGS-SEVESO, Informe de Seguridad, PEI, coordinación con el PEE, información al público y el régimen de inspecciones. Deroga el RD 1254/1999 (SEVESO II).
Anexo I RD 840/2015 — Sustancias peligrosas y umbrales
El Anexo I lista las sustancias peligrosas con sus umbrales en Parte 1 (sustancias específicas) y Parte 2 (categorías genéricas CLP). Para cada sustancia o categoría se establecen dos umbrales: columna 1 (nivel inferior) y columna 2 (nivel superior). La regla de los milésimos se aplica cuando hay mézcla de sustancias de diferentes categorías.
Normativa autonómica y Guía Técnica INSST
Las Comunidades Autónomas tienen competencia en la elaboración del PEE y en las inspecciones de los establecimientos SEVESO. La Guía Técnica del INSST para la aplicación del RD 840/2015 orienta sobre la elaboración del Informe de Seguridad, la identificación de escenarios accidentales y el contenido mínimo del SGS-SEVESO.
Cómo funciona IgeraIndustria para SEVESO III
Cinco pasos desde la carga del Informe de Seguridad hasta la respuesta instantánea sobre qué escenario accidental aplica a tu instalación y qué procedimiento del PEI activar.
Indexas tu documentación SEVESO completa
Sube el Informe de Seguridad, el SGS-SEVESO, la PPAG, el PEI, las notificaciones a la autoridad competente y la normativa de referencia. IgeraIndustria los procesa, estructura por escenario, procedimiento y sustancia, y los hace consultables al instante.
Conectas el widget a tu intranet o sistema HSEQ
Integración en una línea en tu portal HSEQ, intranet o como bot de WhatsApp para equipos de emergencia y técnicos de proceso. Disponible en móvil para cualquier miembro del equipo de respuesta a emergencias.
Consultas en lenguaje natural sobre SEVESO
“¿Cuál es el escenario accidental para fuga de amóniaco en el depósito T-04?”, “¿Qué protocolo del PEI activo ante una fuga de cloro?”, “¿A quién notifico en las primeras 48 horas tras un accidente grave?”
Respuesta con cita exacta al artículo y al procedimiento
IgeraIndustria responde citando el artículo exacto del RD 840/2015 o de la Directiva 2012/18/UE, el procedimiento SGS aplicable y la sección del Informe de Seguridad o del PEI donde se documenta la respuesta.
Alertas de revisión, simulacros y notificaciones
IgeraIndustria alerta cuando el Informe de Seguridad se acerca al plazo de revisión quinquenal, cuando está programado un simulacro del PEI, cuando una modificación sustancial requiere actualizar la notificación o cuando hay cambios en la normativa que afectan a la clasificación.
IgeraIndustria en acción — consulta SEVESO fuga amóniaco depósito T-04
Consulta de emergencia sobre escenario accidental de fuga de amóniaco, respondida con referencia exacta al Informe de Seguridad y al PEI del establecimiento.
Técnico de Proceso — Sala de Control
Posible fuga amóniaco anhidro en depósito T-04 (150 t). Alarma PI-041 activada. ¿Qué escenario del IS aplica y qué protocolo PEI activo?
IgeraIndustria
Informe de Seguridad — Sección 4.2 — Escenario ES-AM-03 · PEI Procedimiento PE-04
ESCENARIO ES-AM-03: Fuga catastrófica amóniaco anhidro depósito T-04 (150 t)
ZONA DE EFECTOS LETALES (1%): Radio 280 m del depósito T-04
ZONA DE EFECTOS IRREVERSIBLES: Radio 450 m — incluye vías de comunicación N-340a
⚠ NIVEL DE EMERGENCIA 3 — Activar PEI y notificar PEE a CCAA (tel. 24h: 900 xxx xxx)
Protocolo activo: PE-04 — Alarma general, evacuación Z-Norte, confinamiento Z-Sur
Notificación autoridad: plazo máximo 48h (art. 18 RD 840/2015)
✓ IS Rev.4 (2023-06) · PEI Rev.2 (2024-01) · RD 840/2015 art. 18 · Confianza: 99,3%
340
páginas del Informe de Seguridad indexadas
12
escenarios accidentales del IS consultables al instante
0
deficiencias en la última inspección SEVESO de la CCAA
Somos establecimiento SEVESO de nivel superior con tres sustancias peligrosas por encima del umbral de columna 2. El Informe de Seguridad tiene 340 páginas y el PEI tiene 12 procedimientos de emergencia distintos. Antes de IgeraIndustria, en un simulacro, el equipo tardaba más de 4 minutos en localizar el procedimiento correcto. Ahora lo tienen en 8 segundos. La última inspección de la CCAA no detectó ninguna deficiencia documental por primera vez en 6 años.
*Testimonio representativo basado en resultados de clientes reales
Preguntas frecuentes — SEVESO III y accidentes graves
¿Cómo sé si mi instalación es establecimiento de nivel inferior o superior SEVESO?
La clasificación depende de la cantidad de sustancias peligrosas presentes en el establecimiento en relación con los umbrales del Anexo I del RD 840/2015. Si la cantidad de una sustancia supera el Umbral de Columna 2 (nivel superior), el establecimiento es de nivel superior. Si supera el Umbral de Columna 1 pero no el de Columna 2, es de nivel inferior. Para mézclas de sustancias se aplica la regla de adición (regla de los milésimos): si la suma de las fracciones de cada sustancia respecto a su umbral es mayor o igual a 1, el establecimiento queda clasificado. La autoridad competente de la Comunidad Autónoma puede requerir información adicional para verificar la clasificación.
¿Qué documentos exige el RD 840/2015 a un establecimiento de nivel superior?
Los establecimientos de nivel superior deben presentar: (1) Notificación a la autoridad competente con información del artículo 7 del RD 840/2015. (2) Política de Prevención de Accidentes Graves (PPAG) documentada. (3) Sistema de Gestión de la Seguridad (SGS-SEVESO) integrado con el sistema de gestión general. (4) Informe de Seguridad completo (con identificación de riesgos, análisis de accidentes graves posibles y medidas de protección). (5) Plan de Emergencia Interior (PEI), incluyendo simulacros periódicos. (6) Coordinación con la Comunidad Autónoma para la elaboración del Plan de Emergencia Exterior (PEE). Los plazos de presentación y revisión están regulados en el artículo 14 del RD 840/2015.
¿Cuál es la diferencia entre el PEI y el PEE en SEVESO?
El Plan de Emergencia Interior (PEI) es elaborado por el propio titular del establecimiento y cubre las actuaciones de emergencia dentro del recinto industrial: activación de alarmas, confinamiento, evacuación de personal, primeros auxilios y contención de fugas. El Plan de Emergencia Exterior (PEE) lo elabora la autoridad competente de la Comunidad Autónoma y cubre las actuaciones fuera del establecimiento en caso de que el accidente grave afecte al entorno: evacuación de población, actuación de bomberos externos, protección de infraestructuras críticas y comunicación a la población. Ambos planes deben estar coordinados y ser compatibles. Sólo los establecimientos de nivel superior están obligados a tener PEE.
¿Con qué frecuencia se debe revisar el Informe de Seguridad SEVESO?
Según el artículo 14 del RD 840/2015, el Informe de Seguridad debe revisarse al menos cada 5 años. Además, es obligatorio revisarlo y, si procede, actualizarlo en los siguientes casos: (1) cuando se produzcan modificaciones sustanciales en el establecimiento, actividades o sustancias; (2) tras un accidente grave; (3) cuando la autoridad competente así lo exija por nuevos datos sobre riesgos o avances técnicos. La revisin debe quedar documentada con fecha, motivo y alcance de los cambios. El incumplimiento puede dar lugar a sanciones y, en casos graves, a la suspensión de la actividad.
¿Qué sustancias determinan si un establecimiento químico es SEVESO?
El Anexo I del RD 840/2015 (transposición del Anexo I de la Directiva 2012/18/UE) lista las sustancias y catégorias relevantes. Se estructura en dos partes: la Parte 1 recoge sustancias concretas con sus umbrales específicos (ej. cloro: umbral inferior 10 t, superior 25 t; amóniaco: umbral inferior 50 t, superior 200 t; óxido de etileno: umbral inferior 10 t, superior 50 t; combustibles: GLP umbral inferior 50 t, superior 200 t). La Parte 2 recoge catégorias genéricas (tóxicos agudos, explosivos, líquidos inflamables, etc.) para sustancias no incluidas en la Parte 1. La clasificación CLP (Reglamento CE 1272/2008) determina en qué categoría de la Parte 2 se incluye cada sustancia no listada en la Parte 1.
Planes IgeraIndustria — SEVESO III y Accidentes Graves
Sin permanencia. Cancela cuando quieras.
Starter
Para establecimientos SEVESO de nivel inferior con necesidades básicas de consulta documental sobre PPAG, notificación y normativa de referencia.
- Nivel inferior SEVESO
- Directiva 2012/18/UE + RD 840/2015 indexados
- PPAG y notificación indexados
- 500 consultas/mes
- Alertas de revisión trienal
- Soporte por email
Professional
Para establecimientos SEVESO de nivel superior: Informe de Seguridad completo, SGS-SEVESO, PEI y gestión de simulacros y escenarios accidentales.
- Nivel superior SEVESO
- Informe de Seguridad completo indexado
- SGS-SEVESO: procedimientos y auditorías
- PEI + gestión de simulacros
- 3.000 consultas/mes
- Soporte prioritario
Enterprise
Para grupos industriales con múltiples establecimientos SEVESO, coordinación multi-planta y gestión avanzada de emergencias e inspecciones autonómicas.
- Múltiples establecimientos SEVESO
- Multi-planta y coordinación PEE/CCAA
- Integración HSEQ/ERP
- Consultas ilimitadas
- SLA 99,9% uptime
- Customer success dedicado
Haz que tu documentación SEVESO sea consultable en segundos. Empieza hoy.
- Prueba gratis 14 días — sin tarjeta de crédito
- Directiva 2012/18/UE y RD 840/2015 preindexados desde el día 1
- Sube tu Informe de Seguridad, SGS-SEVESO y PEI
- Alertas de revisión quinquenal del IS y simulacros del PEI
