GESTORÍAS · LEY BECKHAM · ART. 93 LIRPF

Ley Beckham Actualizada: Tributación 24% para Trabajadores Desplazados a España

IgeraGestories indexa el art. 93 LIRPF y la Ley 28/2022. Consultas sobre requisitos, tipo 24%, mod. 149, extensión a nómadas digitales y familias de impatriados con artículo exacto.

Consultas sobre Ley Beckham que IgeraGestories resuelve

Normativa: LIRPF art. 93, RIRPF arts. 113–120, Ley 28/2022, OM HAP/1396/2016 (mod. 149/151).

Requisitos Ley Beckham (no residente 5 años)

LIRPF art. 93 + Ley 28/2022

No haber sido residente en España en los 5 años anteriores. Desplazamiento por: (a) contrato laboral, (b) empresa emergente (Ley 28/2022), (c) actividad empresarial, (d) trabajo altamente cualificado, (e) nómada digital (nueva desde 2023). IgeraGestories determina qué supuesto aplica a cada cliente.

Tipo 24% primeras 600.000€ (47% resto)

LIRPF art. 93.2

Los primeros 600.000€ de base liquidable: tipo fijo 24% (no escala progresiva). Por encima: 47%. Solo rentas de fuente española (principio de territorialidad). Dividendos, intereses y ganancias: base del ahorro, tipos normales (19/21/23/27%). IgeraGestories calcula la cuota comparada con el régimen general.

Plazo de opción modelo 149 (6 meses)

RIRPF art. 119

La opción por el régimen Beckham se ejerce mediante el mod. 149 en los 6 meses siguientes al inicio de la actividad laboral en España (o a la inscripción en la SS). Plazo improrrogable. Si se pierde el plazo, no se puede aplicar el régimen ese año. IgeraGestories alerta sobre los plazos.

Extensión a startups y nómades digitales

Ley 28/2022 art. 23 + LIRPF art. 93

La Ley 28/2022 extendió el régimen a: fundadores de empresas emergentes que se trasladan a España, profesionales altamente cualificados de empresas emergentes y nómadas digitales (teletrabajadores internacionales con visado de nómada digital). IgeraGestories informa sobre cada nuevo supuesto.

Modelo 151 declaración Beckham

OM HAP/1396/2016

Los impatriados declaran el IRPF mediante el mod. 151 (no el 100 o 200 habitual). La retención es al 24% desde el inicio. La declaración anual es voluntaria salvo que se hayan soportado menos retenciones de las debidas. Plazo: mismos meses que la declaración general (abril-junio). IgeraGestories explica el contenido del 151.

Familia (cónyuge e hijos) en Beckham

LIRPF art. 93.2.f + Ley 28/2022

Extensión del régimen al cónyuge e hijos menores de 25 años (o sin límite de edad si tienen discapacidad): nueva desde Ley 28/2022. Cada familiar presenta su propio mod. 149 individualmente. Si la cuota Beckham del familiar es inferior a la del IRNR, no pueden optar. IgeraGestories compara las cuotas.

IgeraGestories en acción — cuota IRPF bajo régimen Beckham

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Asesor impatriados

Ingeniero que llega a España a trabajar con salario de 120.000€. Nunca ha vivido en España. ¿Qué tributa bajo Beckham?

IgeraGestories

Art. 93 LIRPF — Régimen Beckham: Los 120.000€ son inferiores a 600.000€, así que tributan al tipo fijo del 24%.

Cuota IRPF Beckham: 120.000 × 24% = 28.800€.

Bajo régimen general (soltero, sin reducciones): aprox. 46.000€ de cuota (tipo medio ~38%). El ahorro fiscal anual es de ~17.000€. Plazo para optar: mod. 149 en los 6 meses siguientes al inicio del trabajo.

Fuente: LIRPF art. 93.2

Preguntas frecuentes — Ley Beckham e impatriados

¿Cuáles son los requisitos para acogerse a la Ley Beckham?

Los requisitos del art. 93 LIRPF son: (1) no haber sido residente fiscal en España en los 5 años anteriores al desplazamiento, (2) el desplazamiento debe ser por un contrato de trabajo con empresa española, por la incorporación a una empresa emergente (Ley 28/2022), por actividad de emprendimiento, por actividad altamente cualificada a ciertas entidades, o por ser nómada digital. La opción se ejerce en los 6 meses siguientes al inicio de la actividad mediante el mod. 149. IgeraGestories verifica el cumplimiento de cada requisito.

¿Puede aplicar la Ley Beckham el cónyuge e hijos del impatriado?

Sí, desde la Ley 28/2022. El cónyuge o pareja de hecho y los hijos menores de 25 años que se trasladen junto al impatriado pueden optar por el régimen especial, siempre que: (1) adquieran residencia fiscal en España en el mismo ejercicio o el anterior al del impatriado, (2) no hayan sido residentes en España en los últimos 5 años, y (3) su cuota IRPF bajo el régimen Beckham sea superior a la que tributarían como IRNR. IgeraGestories calcula qué régimen es más beneficioso para la familia.

¿Cómo tributan las criptomonedas bajo la Ley Beckham?

Durante la vigencia del régimen Beckham, el impatriado tributa solo por rentas de fuente española. Las ganancias de criptomonedas de fuente extranjera (cripto comprada y vendida fuera de España) no tributan en España. Las ganancias de cripto en exchanges españoles o con vinculación española sí tributan. El Mod. 151 (declaración Beckham) tiene casillas específicas para ganancias patrimoniales.

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