Por Equipo IgeraGestories · Julio 2026 · 10 min lectura
Cantabria presenta una fiscalidad sobre tributos cedidos moderadamente favorable en el ISD (bonificacion del 90% para herencias de familia directa) pero exigente en el IP (tarifa estatal sin bonificacion). Esta combinacion, junto al ITP del 8%, situa a la comunidad en una posicion intermedia del mapa fiscal espanol que puede motivar a contribuyentes con grandes patrimonios a considerar el traslado de residencia a Madrid o a las comunidades forales. Esta guia analiza la situacion real en 2026 para las asesorias cantabras.
Tipos y bonificaciones en Cantabria 2026: tabla resumen
| Impuesto | Medida | Valor | Norma |
|---|---|---|---|
| ISD Herencia | Bonificacion grupos I-II | 90% | Ley 11/2002 Cantabria |
| ISD Herencia | Reduccion grupo I (<21 anos) | 100.000 € | DLeg 62/2008 Cantabria |
| ISD Donacion | Bonificacion grupos I-II | Variable, sin 90% general | DLeg 62/2008 Cantabria |
| ISD | Empresa familiar | 95% reduccion | DLeg 62/2008 Cantabria |
| IP | Minimo exento | 700.000 € | DLeg 62/2008 Cantabria |
| IP | Bonificacion propia | Sin bonificacion | Tarifa estatal |
| ITP | Segunda transmision (gral.) | 8% | DLeg 62/2008 Cantabria |
| ITP | Jovenes <30 anos / vivienda habitual <150.000 € | 5% | DLeg 62/2008 Cantabria |
| AJD | Actos Juridicos Documentados | 1,5% | DLeg 62/2008 Cantabria |
El ISD en Cantabria: bonificacion del 90% en herencias
La Ley 11/2002, de 23 de diciembre, de medidas fiscales en materia de tributos cedidos por el Estado de la Comunidad Autonoma de Cantabria, establece la bonificacion del 90% en la cuota del ISD para los grupos I y II en herencias mortis causa. Esta bonificacion, confirmada por el Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, que refunde las disposiciones en materia de tributos cedidos, situa a Cantabria en una posicion mejor que Castilla-La Mancha (85%) o Aragon (65%) pero por debajo de Galicia, Castilla y Leon, Madrid o Andalucia (todos al 99%).
El 10% de la cuota que el heredero sigue pagando en Cantabria (el no bonificado) puede representar importes significativos en herencias de valor elevado. Para una herencia neta de 1.000.000 euros, la cuota antes de bonificacion puede ser de 100.000-150.000 euros segun la tarifa aplicable y las reducciones previas. Con la bonificacion del 90%, el heredero paga 10.000-15.000 euros. En Madrid o Galicia, pagaria menos de 1.500 euros. Esta diferencia, acumulada en familias con varios herederos, puede sumar decenas de miles de euros.
Para las donaciones, la normativa cantabra es menos generosa: la bonificacion en donaciones inter vivos no alcanza el 90% general de las herencias, y depende de la cuantia donada y el grupo de parentesco. Esta asimetria hace preferible fiscalmente la herencia sobre la donacion anticipada en Cantabria, en sentido opuesto a lo que podria ser optimo desde el punto de vista de planificacion familiar.
El IP en Cantabria: por que no ha seguido la tendencia de las CCAA vecinas
Mientras comunidades como Asturias, Galicia y Castilla y Leon han ido mejorando el ISD, Cantabria no ha incorporado bonificaciones propias en el IP. Los contribuyentes cantabros con patrimonios entre 700.000 euros (minimo exento cantabro, ligeramente superior al estatal de 500.000 euros) y 3.000.000 euros pagan el IP a la tarifa estatal completa, que va del 0,24% al 2,5% en los primeros tramos.
El contraste con la situacion en Madrid (IP al 0% efectivo) o Andalucia (IP al 0% efectivo) es especialmente llamativo para los contribuyentes de alto valor neto residentes en Cantabria o que consideren Cantabria como destino de residencia por su calidad de vida y proximidad a Bilbao y Santander. Un contribuyente con patrimonio de 2.000.000 euros paga en Cantabria aproximadamente 12.000-15.000 euros anuales de IP, frente a los 0 euros de Madrid.
La decision politica de no bonificar el IP en Cantabria responde a una combinacion de necesidades recaudatorias de la hacienda cantabra y de una orientacion politica que no ha priorizado la competitividad fiscal sobre el patrimonio. En 2026, no hay anuncios de reforma inminente del IP cantabro, aunque el debate sobre la armonizacion versus la competencia fiscal entre CCAA sigue siendo activo en el espacio politico espanol.
Preguntas frecuentes sobre la fiscalidad en Cantabria
Que bonificacion aplica Cantabria en el ISD para herencias y donaciones?
La Comunidad Autonoma de Cantabria aplica una bonificacion del 90% sobre la cuota del ISD para los grupos I y II en las sucesiones mortis causa, regulada en la Ley de Cantabria 11/2002, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado, y sus posteriores modificaciones. Esta bonificacion del 90% es inferior al 99% de Madrid, Andalucia, Galicia o Castilla y Leon, pero superior al 85% de Castilla-La Mancha o al 65% de Aragon. Para las donaciones inter vivos entre grupos I y II, Cantabria aplica un regimen diferente: la bonificacion en donaciones es variable y no alcanza el 90% general de las herencias, lo que crea una asimetria relevante para la planificacion sucesoria.
Los residentes en Cantabria pagan el Impuesto sobre el Patrimonio?
Si. Cantabria aplica la tarifa estatal del Impuesto sobre el Patrimonio sin bonificaciones propias relevantes (el Decreto Legislativo 62/2008 de Cantabria no incorpora modificaciones sustanciales a la tarifa estatal). El minimo exento es el estatuario de 700.000 euros. La tarifa va del 0,24% (hasta 167.129 euros de base imponible) hasta el 3,75% para el tramo maximo (exceso de 10.695.996 euros). Cantabria es una de las comunidades que no ha seguido la tendencia de bonificar parcial o totalmente el IP, a diferencia de Madrid, Andalucia, Murcia, Castilla y Leon o la Rioja. Para contribuyentes con patrimonios entre 1 y 5 millones de euros, esta diferencia puede suponer entre 5.000 y 60.000 euros anuales de cuota de IP en Cantabria respecto a Madrid.
Cual es el ITP en Cantabria y existen reducciones para jovenes compradores?
El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en Cantabria es del 8% con caracter general (Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de tributos cedidos por el Estado). Para jovenes menores de 30 anos que adquieran vivienda habitual por precio inferior a 150.000 euros, el tipo reducido es del 5%. La edad limite de 30 anos es mas restrictiva que las de otras CCAA (que suelen fijarla en 35 anos), lo que estrecha el colectivo de potenciales beneficiarios. El AJD en Cantabria es del 1,5%. Para personas con discapacidad igual o superior al 65%, el tipo reducido es del 5% sin limite de precio ni de edad.
Vale la pena trasladar la residencia fiscal de Cantabria a Madrid o Asturias para optimizar el IP?
El analisis coste-beneficio del traslado de residencia fiscal de Cantabria a Madrid o Asturias depende fundamentalmente del volumen del patrimonio. Para el IP: si el patrimonio neto supera el millon de euros, el ahorro anual por traslado a Madrid puede ser de 5.000-30.000 euros segun la composicion del patrimonio. Sin embargo, el traslado fiscal implica residencia efectiva en la nueva CCAA durante al menos 183 dias del ano y permanencia durante los cinco anos anteriores a cualquier devengo relevante del ISD (art. 28 Ley 22/2009 de financiacion). La AEAT y las haciendas autonomicas pueden impugnar traslados de residencia que no sean efectivos y continuados (criterio de residencia efectiva), especialmente cuando coinciden con eventos de planificacion fiscal como donaciones o fallecimientos proximos. El traslado debe tener sustancia real: domicilio efectivo, actividad social y familiar en la nueva comunidad.
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