Calculadora de Gastos Comunes para tu Edificio o Condominio en Chile
Estima el gasto común mensual y anual de tu copropiedad y la referencia de aporte por unidad, con opción de incluir el Fondo Común de Reserva mínimo del Art. 39 de la Ley 21.442. IgeraFincas responde a los copropietarios sobre el estado del gasto común citando el presupuesto y el reglamento de copropiedad.
Calcula el gasto común de tu edificio o condominio
Total del presupuesto ordinario aprobado por la asamblea: personal, suministros de áreas comunes, mantención preventiva, honorarios del administrador, seguros, etc.
Estimación de gasto común
Total mensual y por unidad
Total mensual del edificio
$5.040.000
Total anual estimado
$60.480.000
El valor por unidad de arriba asume un reparto a partes iguales, solo como referencia simple. En la práctica, la distribución real del gasto común sigue el coeficiente o alícuota de cada unidad establecido en el reglamento de copropiedad (habitualmente proporcional a la superficie útil), no un reparto igualitario. Consulta el reglamento de tu copropiedad para el porcentaje exacto de cada unidad.
Esto es una estimación, no una cifra vinculante. El gasto común real se determina según el presupuesto aprobado por la asamblea de copropietarios y se distribuye conforme al reglamento de copropiedad, según la Ley 21.442. Consulta siempre la Ley 21.442 vigente y el reglamento de tu copropiedad.
Metodología del cálculo
El gasto común de un edificio o condominio chileno se determina según el presupuesto ordinario aprobado por la asamblea de copropietarios, conforme a la Ley 21.442 y al reglamento de copropiedad. Ese presupuesto incluye partidas como personal (conserjería, aseo), suministros de áreas comunes, mantención preventiva de instalaciones, honorarios del administrador y seguros. Esta calculadora toma el gasto común mensual que introduces y, opcionalmente, añade el recargo mínimo del Fondo Común de Reserva (5% mensual, Art. 39 de la Ley 21.442) para estimar el total mensual y su acumulado anual.
El valor por unidad que muestra la calculadora asume un reparto a partes iguales, únicamente como referencia simple para hacerse una idea del orden de magnitud. En la práctica, la distribución real del gasto común se realiza por prorrateo según el coeficiente o alícuota que el reglamento de copropiedad asigna a cada unidad, normalmente en función de la superficie útil respecto al total del edificio. Dos unidades pueden pagar montos distintos aunque el edificio tenga el mismo gasto común total.
Esta calculadora no sustituye el presupuesto aprobado por la asamblea ni el reglamento de copropiedad. Consulta siempre la Ley 21.442 vigente y el reglamento de tu copropiedad para conocer el coeficiente exacto de cada unidad y el detalle del presupuesto ordinario vigente.
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Preguntas frecuentes — Gastos Comunes
¿Cómo se calcula el gasto común en Chile?
Se determina según el presupuesto ordinario aprobado por la asamblea de copropietarios y se distribuye conforme al reglamento de copropiedad, según la Ley 21.442. El comité de administración propone el presupuesto (personal, suministros de áreas comunes, mantención preventiva, honorarios del administrador, etc.) y la asamblea lo aprueba.
¿El gasto común se reparte a partes iguales entre todas las unidades?
No necesariamente. El valor por unidad de esta calculadora es una referencia simple a partes iguales. La distribución real sigue el coeficiente o alícuota que el reglamento de copropiedad asigna a cada unidad, habitualmente según la superficie útil.
¿Qué incluye el gasto común ordinario?
Habitualmente personal (conserjería, aseo), suministros de áreas comunes, mantención preventiva, honorarios del administrador, seguros y otros gastos de operación aprobados en el presupuesto vigente.
¿Cuál es la diferencia entre gasto común ordinario y extraordinario?
El ordinario cubre la operación habitual dentro del presupuesto anual aprobado. El extraordinario corresponde a obras o adquisiciones no contempladas en ese presupuesto y requiere un acuerdo específico de la asamblea.
¿Qué relación tiene el gasto común con el Fondo Común de Reserva?
El Fondo Común de Reserva se forma con un recargo mínimo del 5% del gasto común mensual, según el Art. 39 de la Ley 21.442. Esta calculadora permite incluir ese recargo en el total estimado.