Despido Objetivo (Art. 52 ET): Causas Económicas, Técnicas, Organizativas o Productivas e Indemnización
El despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP) es una herramienta regulada en el artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores que permite amortizar puestos de trabajo individuales cuando la empresa sufre una situación económica negativa continuada o cambios profundos en sus sistemas productivos.
Se entiende que concurre causa económica cuando de los resultados de la empresa se desprende una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas durante tres trimestres consecutivos (comparados con los mismos trimestres del año anterior).
Los 3 Requisitos Formales de Validez (Art. 53 ET)
- Comunicación escrita motivada: La carta de despido debe expresar de forma exhaustiva, cuantitativa y detallada los hechos que justifican la extinción; no bastan fórmulas genéricas o vagas.
- Puesta a disposición simultánea de la indemnización: Debe entregarse o transferirse en el mismo momento de la entrega de la carta la indemnización legal de 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de 12 mensualidades.
- Preaviso de 15 días: Conceder un plazo de preaviso de 15 días naturales (o abonarlo en el finiquito si se sustituye) y otorgar una licencia retribuida de 6 horas semanales al trabajador para buscar nuevo empleo.
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❓ Asesoría Laboral: «Empleado con antigüedad desde 01/03/2021 y salario bruto anual de 28.000 €. ¿Cuánto le corresponde de indemnización por despido objetivo el 01/09/2026?»
🤖 Desglose Matemático Oficial: «Salario diario = 28.000 € / 365 = 76,71 €/día. Antigüedad: 5 años y 6 meses (66 meses). Días correspondientes: 20 días x (66 / 12) = 110 días de indemnización. Total indemnización neta legal: 110 x 76,71 € = 8.438,10 € (100% exenta de IRPF y Seguridad Social). El tope de 12 mensualidades (28.000 €) no se supera.»
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