IgeraRegTech/DORA/Gestoría
📊 DORA · Gestoría

DORA para
Gestorías y Asesorías

Análisis regulatorio con IA especializada. Obligaciones exactas, plazos de cumplimiento y artículos aplicables a Gestorías y Asesorías bajo Reglamento EU 2022/2554 (DORA).

Riesgo: MEDIOReg. EU 2022/2554DORA enero 2025 — adaptación contractual urgente

En vigor desde ene 2025

Pregunta real. Artículo exacto.

Así responde IgeraRegTech citando el Reg. EU 2022/2554 como fuente de verdad

¿Las gestorías que prestan servicios contables a entidades financieras están en el alcance de DORA?

Si la gestoría procesa datos financieros, contabilidad o reporting regulatorio para entidades financieras obligadas por DORA, actúa como tercero ICT bajo el Art.28. El contrato debe incluir: descripción de servicios ICT, SLAs documentados, derecho de auditoría, planes de continuidad y cláusulas de subcontratación. Si la gestoría es custodio de datos financieros críticos, puede ser designada proveedor ICT crítico (Art.31). Fuente: DORA Art.28(2).

DORA Art.28(2); Art.31

3 obligaciones clave para Gestoría

Derivadas directamente de DORA Art.28(2); Art.31

Adaptar contratos con clientes financieros al Art.28 DORA

Documentar y auditar los procesos ICT que dan soporte a entidades financieras

Valorar si la gestoría puede ser designada proveedor ICT crítico (Art.31)

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