DORA para
Gestorías y Asesorías
Análisis regulatorio con IA especializada. Obligaciones exactas, plazos de cumplimiento y artículos aplicables a Gestorías y Asesorías bajo Reglamento EU 2022/2554 (DORA).
En vigor desde ene 2025
Pregunta real. Artículo exacto.
Así responde IgeraRegTech citando el Reg. EU 2022/2554 como fuente de verdad
¿Las gestorías que prestan servicios contables a entidades financieras están en el alcance de DORA?
Si la gestoría procesa datos financieros, contabilidad o reporting regulatorio para entidades financieras obligadas por DORA, actúa como tercero ICT bajo el Art.28. El contrato debe incluir: descripción de servicios ICT, SLAs documentados, derecho de auditoría, planes de continuidad y cláusulas de subcontratación. Si la gestoría es custodio de datos financieros críticos, puede ser designada proveedor ICT crítico (Art.31). Fuente: DORA Art.28(2).
3 obligaciones clave para Gestoría
Derivadas directamente de DORA Art.28(2); Art.31
Adaptar contratos con clientes financieros al Art.28 DORA
Documentar y auditar los procesos ICT que dan soporte a entidades financieras
Valorar si la gestoría puede ser designada proveedor ICT crítico (Art.31)
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