🏦 DORA · Banca

DORA para
Entidades Bancarias y Financieras

Análisis regulatorio con IA especializada. Obligaciones exactas, plazos de cumplimiento y artículos aplicables a Entidades Bancarias y Financieras bajo Reglamento EU 2022/2554 (DORA).

Riesgo: ALTOReg. EU 2022/2554En vigor desde 17 enero 2025

En vigor desde ene 2025

Pregunta real. Artículo exacto.

Así responde IgeraRegTech citando el Reg. EU 2022/2554 como fuente de verdad

¿Cuáles son los plazos exactos de notificación de incidentes ICT graves bajo DORA?

DORA (Art.19-23) establece tres fases obligatorias: (1) Alerta temprana: máximo 4 horas desde la clasificación del incidente como grave. (2) Notificación intermedia: máximo 72 horas con análisis de impacto y medidas de contención. (3) Informe final: máximo 1 mes natural desde la notificación intermedia, con causa raíz y medidas correctoras. El supervisor sectorial puede solicitar informes adicionales. Fuente: DORA Art.19-23.

DORA Reg. EU 2022/2554, Art.19-23

3 obligaciones clave para Banca

Derivadas directamente de DORA Reg. EU 2022/2554, Art.19-23

Protocolo de clasificación de incidentes ICT graves (Art.18)

Notificación en tres fases: 4h + 72h + 1 mes (Art.19)

Registro de incidentes y amenazas ICT (Art.17)

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