CBAM para
Sector Inmobiliario y Promotoras
Análisis regulatorio con IA especializada. Obligaciones exactas, plazos de cumplimiento y artículos aplicables a Sector Inmobiliario y Promotoras bajo Reglamento EU 2023/956 (CBAM).
Plena aplicación ene 2026
Pregunta real. Artículo exacto.
Así responde IgeraRegTech citando el Reg. EU 2023/956 como fuente de verdad
¿Tiene el sector inmobiliario obligaciones CBAM al importar materiales de construcción?
Sí, si la empresa importa directamente materiales del Anexo I del CBAM. El cemento, hierro y acero (incluidos perfiles y barras de construcción) y el aluminio están en el Anexo I del Reg. EU 2023/956. Si una promotora importa estos materiales directamente desde países no-EU, debe registrarse como "declarante autorizado" (Art.5), declarar las emisiones embebidas y adquirir certificados CBAM desde enero 2026. La compra a distribuidores EU traspasa la obligación al distribuidor. Fuente: CBAM Art.2+Art.5; Anexo I.
3 obligaciones clave para Inmobiliaria
Derivadas directamente de CBAM Art.2 + Art.5; Anexo I (cemento, acero, aluminio)
Verificar si se importan directamente materiales del Anexo I desde no-EU
Registrarse como declarante autorizado CBAM si procede (Art.5)
Declarar emisiones embebidas y comprar certificados CBAM (Art.6+22)
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