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CBAM para
Sector Industrial y Manufactura

Análisis regulatorio con IA especializada. Obligaciones exactas, plazos de cumplimiento y artículos aplicables a Sector Industrial y Manufactura bajo Reglamento EU 2023/956 (CBAM).

Riesgo: ALTOReg. EU 2023/956Registro: antes primera importación 2026; declaración: 31 mayo anual

Plena aplicación ene 2026

Pregunta real. Artículo exacto.

Así responde IgeraRegTech citando el Reg. EU 2023/956 como fuente de verdad

¿Qué pasos debe seguir una empresa manufacturera para cumplir el CBAM en 2026?

Las empresas que importan bienes del Anexo I (acero, cemento, aluminio, fertilizantes, hidrógeno, electricidad) desde países no-EU tienen el mayor impacto CBAM. Los pasos obligatorios son: (1) Registro como declarante autorizado ante la autoridad competente nacional antes de la primera importación (Art.5). (2) Cálculo de las emisiones embebidas de cada importación según el Reglamento Delegado EU 2024/3052. (3) Declaración CBAM anual antes del 31 de mayo (Art.6). (4) Adquisición y entrega de certificados CBAM equivalentes a las emisiones declaradas (Art.22). Fuente: CBAM Art.5+6+22.

CBAM Art.5 (registro) + Art.6 (declaración) + Art.22 (certificados)

3 obligaciones clave para Industria

Derivadas directamente de CBAM Art.5 (registro) + Art.6 (declaración) + Art.22 (certificados)

Registro como declarante autorizado ante autoridad nacional (Art.5)

Cálculo de emisiones embebidas según metodología EU (Reg. Delegado 2024/3052)

Declaración CBAM anual antes del 31 de mayo + entrega certificados (Art.6+22)

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