IgeraRegTechPBC/FT — Ley 10/2010

Canal SEPBLAC y KYC
sin incidencias

RAG especializado en Ley 10/2010 PBC/FT. Gestiona KYC, DDC, Titular Real y el canal SEPBLAC para los 28 tipos de sujetos obligados. AMLD6 en transposición — prepárate ahora.

Ley 10/2010 en vigor ✓AMLD6 transposición pendienteMultas hasta €10M muy grave

28 tipos de sujetos obligados · Multas hasta €10M por infracción muy grave · SEPBLAC audita activamente

Ley 10/2010
Marco legal PBC/FT en vigor
28
Tipos de sujetos obligados
€10M
Multa máx. infracción muy grave
AMLD6
Directiva transposición pendiente

Los retos PBC/FT en tu empresa

La Ley 10/2010 tiene 28 tipos de sujetos obligados con obligaciones dispares. Sin un programa documentado, la inspección del SEPBLAC puede terminar en sanción.

KYC incompleto

Identificación y verificación insuficientes para sujetos obligados bajo el Art.3-6 Ley 10/2010. Sin un proceso documentado, cualquier inspección del SEPBLAC puede derivar en sanción.

DDC sin política documentada

La diligencia debida del cliente sin procedimiento formal escrito es una infracción grave. La Ley 10/2010 exige manual de procedimientos PBC desde el primer día.

Canal SEPBLAC no operativo

La obligación de comunicar operaciones sospechosas (Art.18) sin alertar al cliente (tipping off prohibido) requiere un procedimiento específico que muchos sujetos obligados no tienen.

Titular Real no identificado

El beneficiario efectivo (>25% del capital o control efectivo) debe estar registrado en el RCPBF (Registro Central de Titularidades Reales). Su ausencia es infracción muy grave.

Formación PBC sin certificación

El personal en contacto con clientes debe recibir formación PBC acreditada. Sin registro de la formación, el programa de compliance no puede demostrar su eficacia ante el SEPBLAC.

AMLD6 en transposición

La 6ª Directiva antibblanqueo amplía el scope de sujetos obligados y endurece las sanciones. España tiene pendiente la transposición total — prepararse ahora es clave.

IgeraRegTech PBC/FT en acción

Entrenado con la Ley 10/2010, directivas AMLD, guías del SEPBLAC y recomendaciones GAFI/FATF.

Clasificador de sujeto obligado

Determina si tu empresa está en el ámbito de la Ley 10/2010, qué tipo de sujeto obligado eres y qué obligaciones concretas aplican según el Art.2.

Clasificación en < 3 min

Generador de procedimientos PBC

Plantillas de manual de procedimientos, política de DDC, DDC reforzada para PEPs y evaluación interna de riesgo conformes a la Ley 10/2010.

-75% tiempo documentación

Asistente de Titular Real

Guía para identificar y documentar el beneficiario efectivo de personas jurídicas. Integración con el RCPBF y verificación de estructuras societarias complejas.

100% conformidad RCPBF

Protocolo canal SEPBLAC

Procedimiento de detección, análisis y comunicación de operaciones sospechosas. Plantillas de reporte y gestión de la prohibición de tipping off.

Reporte conforme Art.18

Monitor AMLD y GAFI

Alertas sobre actualizaciones de la lista FATF/GAFI de países de riesgo, publicaciones del SEPBLAC y avances en la transposición de AMLD6 en España.

Alertas en tiempo real

Evaluación de riesgo PBC

Evaluación del riesgo de blanqueo y FT de tu entidad: clientes, productos, canales y geografías. Base del programa de compliance PBC documentable.

Riesgo evaluado y priorizado

Preguntas reales, artículos exactos

Así responde IgeraRegTech PBC/FT con la Ley 10/2010 como fuente de verdad

"Somos una gestoría que constituye sociedades. ¿Somos sujetos obligados de la Ley 10/2010?"

Sí. Los proveedores de servicios a sociedades están incluidos en el Art.2.1.o de la Ley 10/2010 PBC/FT. Al constituir sociedades, deben identificar el Titular Real (Art.4): quién controla >25% del capital o tiene control efectivo sobre la nueva sociedad. Además, como gestores administrativos (Art.2.1.ñ), aplican obligaciones de DDC en operaciones de gestión de capitales y compraventa de empresas.

"Somos agentes inmobiliarios. ¿Cuándo tenemos que aplicar DDC reforzada a un comprador extranjero?"

La DDC reforzada (Art.11 Ley 10/2010) se activa cuando el comprador es un PEP (Persona Políticamente Expuesta), procedente de un país de la lista FATF de riesgo o usa estructuras societarias offshore (holding en Islas Vírgenes, Panama, etc.). Es obligatorio verificar el origen de los fondos en estos casos. La DDC reforzada incluye: aprobación de la operación por dirección, obtención de información adicional sobre el cliente y monitorización continua de la relación.

"¿Qué información hay que comunicar al SEPBLAC y cómo se hace sin alertar al cliente?"

El Art.18 Ley 10/2010 obliga a comunicar al SEPBLAC cuando existan indicios o certeza de que una operación está relacionada con el blanqueo o la FT. La comunicación se realiza a través del sistema online del SEPBLAC (sistema SICOBC). La prohibición de tipping off (Art.24 Ley 10/2010) impide informar al cliente o a terceros de que se ha realizado la comunicación o que se está analizando la operación. El procedimiento debe estar documentado en el manual PBC.

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