RD 681/2003 · ATEX 95 · MARCADO CE FABRICANTES · DIR. 94/9/CE

RD 681/2003. El Fabricante Certifica el Equipo, Tu Planta Compra Correcto.

El RD 681/2003 (ATEX 95, transpone la Directiva 94/9/CE) obliga a los fabricantes de equipos destinados a atmósferas explosivas a certificarlos, marcarlos con CE Ex y documentarlos antes de venderlos. IgeraIndustria indexa categorías, procedimientos de evaluación y marcado para responder en segundos.

RD 681/2003 indexado completo Categorías y marcado Ex <3s respuesta

ATEX 95 (RD 681) ≠ ATEX 137 (RD 1254): dos normas, dos responsables

Muchas empresas confunden ambas normativas ATEX. El RD 681/2003 obliga al FABRICANTE del equipo antes de venderlo. El RD 1254/1999 obliga a la PLANTA que lo instala. Confundirlas significa comprar equipos incorrectos para tu zona o vender productos sin certificar.

RD 681 ≠ RD 1254

RD 681 obliga al fabricante (diseño, marcado CE Ex). RD 1254 obliga al empresario (clasificación de zonas, DPCE).

2 Grupos

Grupo I: minería (M1, M2). Grupo II: resto de industria (Categorías 1, 2, 3).

10 años

Periodo mínimo de conservación del expediente técnico por el fabricante tras la última fabricación del equipo.

Organismo Notificado

Obligatorio para Categorías 1 y 2 del Grupo II. La Categoría 3 permite autoevaluación del fabricante.

Cuando una planta compra un motor, luminaria o válvula para instalar en zona ATEX, necesita verificar que el fabricante ha cumplido el RD 681/2003 con la categoría correcta para esa zona. Un equipo mal certificado — o sin certificar — instalado en Zona 0 puede provocar una explosión. IgeraIndustria ayuda tanto a fabricantes (obligaciones de certificación) como a plantas compradoras (verificación de idoneidad del equipo para su zona).

Consulta RD 681/2003 instantánea: del diseño al marcado CE Ex

Desde la categoría de protección exigida hasta el procedimiento de evaluación de conformidad: IgeraIndustria cubre el ciclo completo de certificación ATEX para fabricantes.

Grupos y categorías de equipos

Grupo I (minería, M1/M2) y Grupo II (resto de industria, Categorías 1/2/3). Qué categoría corresponde a cada nivel de riesgo y zona de destino.

Procedimiento de evaluación de conformidad

Examen CE de tipo por Organismo Notificado (Categorías 1 y 2) frente a autoevaluación interna del fabricante (Categoría 3). Módulos aplicables según RD 681.

Marcado CE Ex obligatorio

Contenido exacto del marcado: hexágono Ex, grupo y categoría, modo de protección, grupo de gas (IIA/IIB/IIC), clase de temperatura (T1-T6).

Expediente técnico del fabricante

Documentación obligatoria: análisis de riesgos de ignición, planos, informes de ensayo, instrucciones de uso. Conservación mínima 10 años.

Declaración CE de Conformidad

Contenido mínimo exigido, firma responsable, referencia a normas armonizadas EN/IEC aplicadas y al certificado del Organismo Notificado si procede.

Compatibilidad con RD 1254/1999

Cómo verificar, como comprador, que un equipo certificado según RD 681 es adecuado para la zona ATEX clasificada en tu planta según RD 1254.

RD 681/2003 vs RD 1254/1999: fabricante y planta, dos obligaciones complementarias

IgeraIndustria aclara instantáneamente qué norma aplica según tu rol — fabricante de equipos o empresario que opera una instalación con riesgo ATEX.

RD 681/2003 (ATEX 95): obligaciones del fabricante

Diseñar el equipo conforme a los requisitos esenciales de seguridad, evaluar su conformidad (Organismo Notificado o autoevaluación según categoría), elaborar expediente técnico, marcar con CE Ex y emitir Declaración de Conformidad antes de comercializar el producto en la UE.

RD 1254/1999 (ATEX 137): obligaciones del empresario

Clasificar las zonas con riesgo de explosión de su instalación (0/1/2 para gas, 20/21/22 para polvo), elaborar el Documento de Protección contra Explosiones y adquirir únicamente equipos certificados según RD 681 adecuados a cada zona clasificada.

Punto de encuentro: la compra del equipo

El comprador (sujeto a RD 1254) debe verificar en el marcado y la Declaración de Conformidad del equipo (emitidos según RD 681) que la categoría, el grupo de gas y la clase de temperatura son compatibles con la zona donde se instalará.

Directiva 2014/34/UE: marco europeo vigente

La Directiva 94/9/CE fue sustituida por la Directiva 2014/34/UE (misma estructura de categorías y procedimientos). El RD 681/2003 sigue siendo la transposición española de referencia y se interpreta conforme al marco actualizado.

Cómo funciona IgeraIndustria para RD 681/2003

Cuatro pasos desde la indexación de tu catálogo de equipos hasta la respuesta con referencia exacta al artículo del RD 681 o a la norma EN armonizada.

01

Indexas el catálogo de equipos y la normativa ATEX

Subes las fichas técnicas de tus equipos, expedientes técnicos existentes y el RD 681/2003 completo con las normas EN/IEC armonizadas. IgeraIndustria los procesa en menos de 24 horas.

02

Conectas el widget a tu departamento técnico o comercial

Una línea de embed. Útil tanto para el equipo de diseño (categorías, procedimientos) como para el comercial que debe explicar a clientes qué certificación tiene cada producto.

03

Preguntas en lenguaje natural

“¿Qué categoría necesito para un motor en Zona 1?”, “¿Necesito Organismo Notificado para esta luminaria Categoría 3?”, “¿Qué debe incluir el marcado Ex de este cuadro eléctrico?”

04

Respuesta en <3 segundos con cita de fuente

La respuesta cita el artículo exacto del RD 681/2003, el anexo o la norma EN/IEC armonizada correspondiente. Si la situación requiere criterio experto, escala al responsable técnico.

Preguntas frecuentes — RD 681/2003 ATEX 95

¿Qué regula exactamente el RD 681/2003?

El RD 681/2003 transpone la Directiva 94/9/CE (conocida como “ATEX 95” o “ATEX equipos”) y regula las condiciones mínimas que deben cumplir los aparatos, sistemas de protección y componentes destinados a utilizarse en atmósferas potencialmente explosivas antes de ser comercializados en la Unión Europea. Es una norma dirigida al FABRICANTE (o importador que introduce el producto en el mercado UE), no al empresario que usa el equipo en su planta. Regula el diseño seguro, la evaluación de conformidad, el marcado CE específico Ex y la documentación técnica que debe acompañar a motores, luminarias, cuadros eléctricos, válvulas y cualquier otro equipo destinado a zona ATEX.

¿En qué se diferencia el RD 681/2003 del RD 1254/1999 (ATEX 137)?

Son las dos caras de la misma normativa europea ATEX, pero con destinatarios distintos. El RD 681/2003 (“ATEX 95”, Directiva 94/9/CE, hoy sustituida por la Directiva 2014/34/UE) obliga al FABRICANTE del equipo: diseño seguro, categorías de protección, marcado CE Ex, expediente técnico y Declaración de Conformidad antes de vender el producto. El RD 1254/1999 (“ATEX 137”, Directiva 1999/92/CE) obliga al EMPRESARIO que tiene la instalación: clasificar sus zonas con riesgo de explosión (0, 1, 2 para gases; 20, 21, 22 para polvo), elaborar el Documento de Protección contra Explosiones (DPCE) y comprar únicamente equipos certificados según RD 681 adecuados a cada zona. En la práctica: el fabricante certifica el equipo con RD 681, y la planta que lo instala cumple RD 1254 comprando el equipo correcto para su zona.

¿Qué categorías de equipos establece el RD 681/2003?

El RD 681/2003 clasifica los equipos en dos grupos y varias categorías según el nivel de protección. Grupo I (minería con grisub y polvo de carbón): Categoría M1 (muy alta seguridad, sigue funcionando en presencia de atmósfera explosiva) y M2 (alta seguridad, debe desconectarse). Grupo II (resto de industrias con atmósferas explosivas por gas, vapor, niebla o polvo): Categoría 1 (nivel de protección muy alto, apto para Zona 0/20), Categoría 2 (alto, apto para Zona 1/21) y Categoría 3 (normal, apto para Zona 2/22). El fabricante debe declarar explícitamente la categoría, el grupo de gas (IIA, IIB, IIC) y la clase de temperatura (T1 a T6) en el marcado del equipo.

¿Qué procedimiento de evaluación de conformidad exige el RD 681/2003?

El procedimiento varía según la categoría del equipo. Para Categoría 1 y 2 del Grupo II (mayor riesgo) es obligatorio el examen “CE de tipo” por un Organismo Notificado, que verifica el diseño y emite un certificado. Además, para Categoría 1 se exige un módulo adicional de aseguramiento de calidad de la producción. Para Categoría 3 (menor riesgo), el fabricante puede realizar la autoevaluación interna sin intervención de Organismo Notificado, siempre que documente el expediente técnico completo. En todos los casos, el fabricante debe conservar el expediente técnico durante al menos 10 años desde la última fecha de fabricación.

¿Qué debe incluir el marcado CE Ex de un equipo según RD 681?

El marcado obligatorio incluye: (1) nombre y dirección del fabricante; (2) marcado CE seguido del número del Organismo Notificado si intervino; (3) designación de la serie o del tipo; (4) número de lote o de serie; (5) año de fabricación; (6) el símbolo específico de protección contra explosiones (hexágono Ex); (7) el grupo y categoría de equipo (ej. II 2G); (8) para equipamiento eléctrico, el modo de protección según normas EN/IEC armonizadas (ej. Ex db eb IIC T4 Gb). Este marcado debe ser legético e indeleble y debe coincidir exactamente con lo declarado en el certificado del Organismo Notificado y en la Declaración CE de Conformidad.

¿Qué sanciones existen por comercializar equipos sin cumplir el RD 681/2003?

La comercialización de equipos destinados a atmósferas explosivas sin el marcado CE correspondiente, sin expediente técnico o con documentación falsa constituye una infracción grave o muy grave conforme a la Ley 21/1992 de Industria y su normativa de desarrollo sobre seguridad industrial, con sanciones que pueden alcanzar varios cientos de miles de euros según la gravedad y el riesgo generado. Además, si el equipo defectuoso provoca un accidente en una planta ATEX, el fabricante puede enfrentarse a responsabilidad civil y penal por los daños causados, independientemente de la sanción administrativa. La autoridad de vigilancia de mercado puede ordenar la retirada del producto del mercado.

¿Cómo se relaciona el RD 681/2003 con el Reglamento (UE) 2023/1230 de máquinas?

El RD 681/2003 (basado en la antigua Directiva 94/9/CE, hoy Directiva 2014/34/UE) es una normativa específica y autónoma para equipos ATEX, independiente de la Directiva/Reglamento de Máquinas. Sin embargo, cuando una máquina completa incorpora componentes o subsistemas destinados a funcionar en atmósfera explosiva, el fabricante debe cumplir SIMULTÁNEAMENTE ambas normativas: el Reglamento (UE) 2023/1230 (o la Directiva 2006/42/CE hasta enero 2027) para la seguridad general de la máquina, y la Directiva 2014/34/UE/RD 681 para la parte destinada a zona explosiva. IgeraIndustria ayuda a identificar qué partes de un equipo complejo requieren certificación ATEX adicional.

¿Qué documentación debe entregar el fabricante al comprador del equipo ATEX?

Junto con el equipo, el fabricante debe entregar: (1) Declaración CE de Conformidad firmada; (2) instrucciones de uso en el idioma del país de destino, incluyendo condiciones de instalación segura, mantenimiento, y las limitaciones de uso (zona, grupo de gas, clase de temperatura); (3) copia del certificado de examen CE de tipo si aplica; (4) información sobre riesgos residuales. Esta documentación es imprescindible para que el empresario que instala el equipo (sujeto al RD 1254/1999) pueda verificar que el equipo es adecuado para la zona ATEX donde se va a instalar y para completar su Documento de Protección contra Explosiones.

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