Administración de Fincas

Ruidos de Vecinos en la Comunidad: Qué Dice la LPH y Cómo Reclamar

Gerard Maymó
9 de junio de 2026
8 min read
Ruidos de Vecinos en la Comunidad: Qué Dice la LPH y Cómo Reclamar
Comunidad · LPH · Conflictos Vecinales

Ruidos de Vecinos en la Comunidad: Qué Dice la LPH y Cómo Reclamar

Marco legal clave

El artículo 7.2 LPH prohíbe al propietario e inquilino desarrollar actividades prohibidas en los estatutos, dañosas, peligrosas, incómodas o ilícitas en el inmueble. La comunidad puede exigir el cese y, en vía judicial, incluso la privación del uso del piso por hasta 3 años.

¿Qué actividades prohíbe el art. 7.2 LPH?

El art. 7.2 LPH cubre: actividades que dañen la finca (humedades por negligencia, obras que afectan a elementos comunes), actividades peligrosas (almacenamiento de sustancias inflamables), actividades incómodas (ruidos continuados, fiestas nocturnas, olores), actividades ilícitas (venta de droga, prostitución), y actividades contrarias a los estatutos de la comunidad. El ruido es la causa más frecuente de aplicación de este artículo.

Paso a paso: cómo reclamar ruidos al vecino

  1. Documenta las molestias: fecha, hora, duración, tipo de ruido (música, obras, animales). Si tienes un medidor de decibelios, úsalo. Las grabaciones de audio son válidas como prueba en España.
  2. Comunica al vecino: primero informalmente (llamada, nota). Si no funciona, por escrito (carta con acuse de recibo). A veces el vecino no es consciente del impacto.
  3. Denuncia al presidente de la comunidad: el propietario perjudicado o cualquier vecino puede solicitar al presidente que actúe. El presidente tiene la obligación de requerir al infractor.
  4. Requerimiento fehaciente del presidente (art. 7.2 LPH): el presidente, con autorización de la junta o por urgencia propia, envía un burofax al infractor requiriéndole el cese inmediato. Este paso es OBLIGATORIO antes de la vía judicial.
  5. Denuncia al Ayuntamiento: si el ruido supera los límites de la ordenanza municipal (típicamente 30-35 dB nocturnos en interiores), el Ayuntamiento puede sancionar administrativamente al vecino.
  6. Acción judicial de cesación (art. 7.2 LPH): si el requerimiento no surte efecto, la comunidad (o el propietario afectado) puede interponer demanda judicial. La sentencia puede ordenar: cese definitivo de la actividad, indemnización de daños y perjuicios, y en casos graves, privación del uso del piso al propietario o resolución del arrendamiento al inquilino por hasta 3 años.

¿Qué pasa con los ruidos de obras?

Las obras en viviendas están sujetas a horarios estrictos según la ordenanza municipal: en la mayoría de ciudades españolas, solo pueden realizarse de lunes a viernes de 8h a 21h (nunca domingos ni festivos). Las obras que superen estos horarios son denunciables al Ayuntamiento. Si las obras causan daños a elementos comunes o a la vivienda de otro propietario, el responsable debe indemnizar los daños según el art. 1902 CC y puede responder también bajo el art. 7.2 LPH si las obras son continuadas o especialmente molestas.

¿Puede la comunidad actuar si el ruidoso es un inquilino?

Sí. El art. 7.2 LPH se aplica tanto al propietario como al ocupante (inquilino). La comunidad requiere al infractor — si es inquilino, también se notifica al propietario, que como arrendador tiene la obligación de hacer cumplir las normas de la comunidad a su inquilino bajo pena de resolución del contrato (art. 27 LAU). En caso de sentencia, la privación del uso afecta al infractor (inquilino), no al propietario.

IGERAFINCAS · CONSULTA PROPIETARIO

→ Propietario: "Mi vecino del 3ºB hace ruido hasta las 3 de la madrugada, ¿qué puedo hacer?"

IgeraFincas: "Según el artículo 7.2 de la LPH y el artículo 6 de los Estatutos de vuestra comunidad, las actividades que causen molestias a los vecinos están prohibidas. Primer paso: comunicarlo por escrito al presidente para que envíe un requerimiento fehaciente al vecino. Si no cesa, la comunidad puede iniciar acción judicial de cesación."

¿Tienes conflictos de ruido en tu comunidad?

IgeraFincas responde al instante citando los estatutos y la LPH aplicables a tu comunidad concreta.

Ver IgeraFincas →

Article elaborat per l'equip editorial d'Igera Solutions. Basat en la Llei 49/1960 de Propietat Horitzontal actualitzada. No constitueix assessorament jurídic.

#ruidos vecinos comunidad propietarios#art 7.2 LPH ruidos#reclamar ruidos vecino#actividad molesta comunidad#cesacion uso piso LPH#demanda ruidos comunidad

COMPARTIR

Comparte el conocimiento con tu red