Cómo Convocar una Junta de Propietarios en Cataluña 2026
Regulación específica: Arts. 553-15 a 553-18 CC Catalunya
En Cataluña, la junta de propietarios se convoca con 8 días hábiles de antelación (Art. 553-15 CCC), con orden del día detallado, firma del presidente/administrador y documentación adjunta para la ordinaria. Una convocatoria defectuosa puede anular los acuerdos adoptados.