🇨🇴Modelo Ejecutivo Ley 675 (MINUTA WORD + LIQUIDADOR EXCEL)IgeraFincas Colombia
Minuta de Demanda Ejecutiva y Certificado de Deuda de Propiedad Horizontal (Ley 675 Colombia)
Kit procesal completo para el cobro judicial de cuotas de administración ordinarias y extraordinarias: modelo de certificado con mérito ejecutivo (Art. 48), poder para abogado y liquidación de intereses moratorios a la tasa de usura.
🇨🇴IgeraFincas ColombiaModelo Ejecutivo Ley 675
MINUTA WORD + LIQUIDADOR EXCELMinuta de Demanda Ejecutiva y Certificado de Deuda de Propiedad Horizontal (Ley 675 Colombia)
Kit procesal completo para el cobro judicial de cuotas de administración ordinarias y extraordinarias: modelo de certificado con mérito ejecutivo (Art. 48), poder para abogado y liquidación de intereses moratorios a la tasa de usura.
- Certificado de deuda con todos los requisitos legales para prestar mérito ejecutivo inmediato sin conciliación previa
- Minuta de demanda ejecutiva con solicitud de medidas cautelares (embargo y secuestro del inmueble)
- Calculadora de intereses moratorios liquidada a la tasa máxima legal certificada por la Superfinanciera
Aspectos clave y normativa aplicable
Certificado de deuda con todos los requisitos legales para prestar mérito ejecutivo inmediato sin conciliación previa
Minuta de demanda ejecutiva con solicitud de medidas cautelares (embargo y secuestro del inmueble)
Calculadora de intereses moratorios liquidada a la tasa máxima legal certificada por la Superfinanciera
Vista previa del contenido oficial:MINUTA WORD + LIQUIDADOR EXCEL
MINUTA PROCESO EJECUTIVO CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN LEY 675 DE 2001 ---------------------------------------------------------------- 1. TÍTULO EJECUTIVO (Art. 48 Ley 675): - El certificado expedido por el administrador, que conste la deuda por concepto de cuotas ordinarias, extraordinarias, multas e intereses, PRESTA MÉRITO EJECUTIVO. 2. MEDIDAS CAUTELARES PREVIAS: - Se solicita desde la presentación de la demanda el embargo y secuestro del bien inmueble deudor y el embargo de cuentas bancarias. 3. INTERESES DE MORA (Art. 30 Ley 675): - Interés equivalente a una y media veces el interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera.
* El documento completo editable se genera con el formulario superior.
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