FAQ · RD 171/2004 · CONSTRUCCIÓN Y CONTRATAS

Coordinación de Actividades Empresariales (CAE)

Qué es la CAE, cuándo es obligatoria en construcción y contratas, qué debe contener el documento y cómo evitar multas de hasta 30.000€ por incumplimiento.

¿Cuándo se exige la coordinación?

El RD 171/2004 se activa cada vez que hay concurrencia de trabajadores de distintas empresas en un mismo centro.

Obras de construcción

En obra con múltiples contratas y subcontratas, el promotor y el contratista principal deben coordinar la prevención de riesgos de todas las empresas presentes en el mismo tajo, conforme también al RD 1627/1997.

Mantenimiento con empresas externas

Cuando una planta contrata a una empresa externa para mantenimiento, limpieza industrial o instalaciones, la empresa titular debe informar de los riesgos existentes antes del inicio de los trabajos.

Roles en la coordinación

RolResponsabilidad principal
Coordinador de actividadesGestiona el intercambio de información de riesgos entre todas las empresas concurrentes.
Empresa titular / principalInforma de los riesgos existentes en el centro antes del inicio de los trabajos.
ContratistaEjecuta la obra o servicio y traslada la información a sus propios trabajadores y subcontratas.
SubcontratistaSe integra en el sistema de coordinación y cumple las medidas preventivas establecidas.

Procedimiento paso a paso

  1. Identificación de todas las empresas concurrentes en el centro de trabajo.
  2. Intercambio de información de riesgos entre empresa titular y contratistas.
  3. Designación del medio de coordinación (reuniones periódicas, instrucciones escritas, coordinador designado).
  4. Elaboración del documento de coordinación con medidas preventivas conjuntas.
  5. Verificación documental: evaluaciones de riesgos, formación y aptitud médica de cada empresa.
  6. Seguimiento durante la ejecución de los trabajos y actualización ante cambios.

Fallos comunes y multas de 1.000€ a 30.000€

Documentación desactualizada

Evaluaciones de riesgos o certificados de formación caducados de las empresas contratistas.

Falta de designación de coordinador

Nadie asume formalmente la responsabilidad de coordinar la información entre empresas.

Subcontratas no integradas

La cadena de subcontratación no queda reflejada en el sistema de coordinación.

Ausencia de registro de intercambio

No existe evidencia documental de que la información de riesgos se haya trasladado.

Preguntas frecuentes — CAE

¿Qué es la Coordinación de Actividades Empresariales (CAE)?

La CAE es el conjunto de obligaciones establecidas por el RD 171/2004 para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores cuando en un mismo centro de trabajo concurren empleados de varias empresas: la titular, contratistas y subcontratistas. El objetivo es que todas las empresas conozcan los riesgos existentes y coordinen sus medidas preventivas.

¿Cuándo es obligatoria la CAE?

Es obligatoria siempre que exista concurrencia de trabajadores de distintas empresas en un mismo centro de trabajo, con independencia del sector. Es especialmente crítica en construcción (obras con múltiples contratas), mantenimiento industrial con empresas externas y cualquier situación en la que una empresa principal contrate servicios que se ejecuten en sus instalaciones.

¿Qué debe contener el documento de coordinación?

Debe incluir la identificación de riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de otras empresas, las medidas preventivas adoptadas, los procedimientos de trabajo coordinados, los datos de contacto de los recursos preventivos de cada empresa y el registro de la información intercambiada entre las partes.

¿Qué diferencia hay entre coordinador, contratista y subcontratista?

El coordinador de actividades empresariales es la figura designada por la empresa titular o principal para gestionar el intercambio de información y las medidas de coordinación. El contratista es la empresa que ejecuta la obra o servicio contratado directamente por el titular. El subcontratista es la empresa contratada a su vez por el contratista, y también debe integrarse en el sistema de coordinación.

¿Qué sanciones existen por incumplir la CAE?

La LISOS clasifica los incumplimientos de coordinación de actividades empresariales como infracciones leves, graves o muy graves según el caso, con multas que oscilan entre 1.000€ y 30.000€ para infracciones graves, pudiendo llegar a cifras superiores en supuestos muy graves con daño para la salud de los trabajadores.

¿Quién debe iniciar el procedimiento de coordinación?

La responsabilidad de iniciar la coordinación recae principalmente en el empresario titular del centro de trabajo, que debe informar a las empresas concurrentes de los riesgos existentes antes del inicio de la actividad. No obstante, todas las empresas concurrentes tienen el deber de cooperar activamente en el cumplimiento de las obligaciones preventivas.

¿Qué plataformas se usan habitualmente para gestionar la CAE?

Existen plataformas específicas de gestión documental CAE (como CTAIMA, e-CAE o similares) que centralizan la documentación de cada empresa contratista: evaluaciones de riesgos, formación, aptitud médica y seguros. IgeraIndustria puede complementar estas plataformas indexando los documentos de coordinación para que cualquier responsable consulte el estado documental en segundos.

¿Con qué frecuencia hay que actualizar la documentación CAE?

La documentación debe mantenerse actualizada durante toda la vigencia del contrato o la obra, y revisarse cada vez que cambien las condiciones de trabajo, se incorporen nuevos trabajadores o subcontratas, o se detecten nuevos riesgos. En obras de larga duración es habitual una revisión periódica trimestral o mensual según el riesgo.

¿Tu documentación CAE está siempre actualizada?

IgeraIndustria indexa la documentación de coordinación de todas tus contratas y responde al instante sobre su estado.

Empezar prueba gratuita