CBAM (Carbono en Frontera): ¿Cuándo Declarar?
El CBAM pasa de reporte informativo a pago obligatorio en 2026. Productos cubiertos, cálculo de emisiones y calendario de la fase transitoria explicados.
Productos y sectores cubiertos por el CBAM
El reglamento cubre inicialmente cinco sectores intensivos en emisiones de carbono, con previsión de ampliación progresiva a otros productos.
| Sector | Emisiones a reportar | Alcance |
|---|---|---|
| Cemento | Emisiones de proceso + combustión | Directas (1) + eléctricas (2) |
| Acero y hierro | Emisiones de alto horno / arco eléctrico | Directas (1) + eléctricas (2) |
| Aluminio | Emisiones de electrólisis + energía | Directas (1) + eléctricas (2) |
| Fertilizantes | Emisiones de síntesis de amoníaco | Directas (1) + eléctricas (2) |
| Hidrógeno | Emisiones del proceso de producción | Directas (1) + eléctricas (2) |
| Electricidad | Emisiones de generación importada | Directas de generación |
Fase transitoria (2023-2025) vs fase completa (2026)
El CBAM se aplica en dos fases claramente diferenciadas. Consulta cuándo debes reportar y cuándo debes empezar a pagar.
1. Fase transitoria — 1 octubre 2023 al 31 diciembre 2025
Solo reporte trimestral de emisiones incorporadas (directas e indirectas) por producto importado. Sin obligación de pago ni compra de certificados, pero con sanciones por incumplimiento del reporte.
2. Inicio fase completa — 1 enero 2026
Comienza el cómputo de emisiones sujetas a certificados CBAM de pago. Los importadores deben registrarse como declarantes autorizados CBAM ante la autoridad competente.
3. Declaración anual con pago — antes del 31 mayo 2027
Primera declaración anual correspondiente al ejercicio 2026, con obligación de adquirir y liquidar certificados CBAM equivalentes a las emisiones importadas no cubiertas por precio de carbono ya pagado en origen.
4. Ampliación progresiva del alcance
La Comisión Europea prevé extender el mecanismo a más productos intensivos en carbono en revisiones posteriores del reglamento, alineado con la eliminación gradual de las asignaciones gratuitas del régimen ETS.
Preguntas frecuentes — CBAM industria
¿Qué es el CBAM y para qué sirve?
El CBAM (Carbon Border Adjustment Mechanism, Reglamento UE 2023/956) es el mecanismo de ajuste en frontera por carbono de la Unión Europea. Su objetivo es evitar la fuga de carbono: que la industria europea traslade producción a países con regulación climática más laxa, imponiendo a las importaciones de determinados productos un coste equivalente al que pagaría un fabricante europeo bajo el régimen de comercio de derechos de emisión (ETS).
¿Qué productos están cubiertos por el CBAM?
Inicialmente el reglamento cubre cinco sectores de alto impacto en emisiones: cemento, acero y hierro, aluminio, fertilizantes e hidrógeno, además de la electricidad importada. La Comisión Europea prevé ampliar progresivamente el alcance a otros productos intensivos en carbono en fases posteriores del mecanismo.
¿Cómo se calculan las emisiones a efectos de CBAM?
Se calculan las emisiones directas de alcance 1 (combustión y procesos de producción) y de alcance 2 (electricidad consumida en la fabricación) por unidad de producto, expresadas en toneladas de CO2 equivalente por tonelada de mercancía. El importador debe reportar las emisiones reales comunicadas por el fabricante, o utilizar valores por defecto publicados por la Comisión cuando no se dispone de datos verificados.
¿Qué diferencia hay entre la fase transitoria y la fase completa del CBAM?
La fase transitoria, vigente desde el 1 de octubre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025, solo exige reporte trimestral de emisiones incorporadas, sin obligación de pago ni de compra de certificados. La fase completa, que comienza el 1 de enero de 2026, introduce la obligación de adquirir certificados CBAM y liquidar el ajuste de carbono correspondiente a las emisiones importadas, con declaración anual.
¿Quién está obligado a declarar bajo CBAM?
El importador declarante, que puede ser el propio fabricante europeo que importa materias primas o componentes desde fuera de la UE, un representante indirecto en aduanas, o cualquier operador que introduzca en el territorio aduanero de la UE mercancías cubiertas por el reglamento, independientemente de su volumen de importación (aunque existen umbrales de minimis para pequeñas cantidades).
¿Cuándo debe presentarse el primer informe CBAM con obligación de pago?
La primera declaración con obligación de compra de certificados corresponde al ejercicio 2026 y debe presentarse antes del 31 de mayo de 2027. Durante la fase transitoria (2023-2025) los informes trimestrales son solo informativos y no generan coste económico directo, aunque su incumplimiento sí puede acarrear sanciones administrativas.
¿Qué pasa si el país de origen ya tiene un precio del carbono?
El reglamento permite deducir del coste CBAM el precio del carbono efectivamente pagado en el país de origen de la mercancía, siempre que pueda demostrarse documentalmente. Esto evita la doble imposición para importadores de países que ya cuentan con sistemas de comercio de emisiones o impuestos al carbono equivalentes al europeo.
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