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Fiscal para Inmigrantes Hispanoamericanos: NIE, IRPF y Arraigo con Respuesta Instantánea

IgeraGestories indexa la normativa fiscal para inmigrantes hispanoamericanos en España: NIE, residencia fiscal, alta como autónomo, arraigo social, remesas y convenios con Colombia, México, Argentina, Perú y Venezuela. Respuesta con artículo exacto en menos de 3 segundos.

Consultas fiscales de inmigrantes que IgeraGestories resuelve

Normativa: LIRPF art. 9, LIRNR, Mod. 720 (DA 18ª Ley 58/2003), CDIs Hispanoamérica, LO 4/2000 (extranjería).

NIE y residencia fiscal (art. 9 LIRPF)

LIRPF art. 9 + LO 4/2000

Determinación de la fecha de adquisición de residencia fiscal en España. Diferencia entre residencia de extranjería y residencia fiscal. Efectos en IRPF (renta mundial) vs IRNR (fuente española). Comunicación de cambio con modelo 030.

Alta IRPF primer año (declaración parcial)

LIRPF art. 14 + RIRPF art. 63

En el año de llegada a España, la declaración de IRPF solo recoge las rentas obtenidas desde la fecha de adquisición de residencia fiscal hasta el 31 de diciembre. IgeraGestories calcula la cuota del primer ejercicio parcial.

Mod. 720 bienes en el extranjero >50.000€

DA 18ª Ley 58/2003 + Orden HAP/72/2013

Obligación de declarar cuentas bancarias, valores, fondos y bienes inmuebles en el extranjero cuyo valor conjunto supere 50.000€. Plazo: enero-marzo. Sanciones por no presentar o por errores: desde 1.500€ por dato omitido.

Convenio doble imposición Hispanoamérica

CDIs: Colombia (2008), México (1994), Argentina (1995)

Los CDIs con Colombia, México, Argentina, Perú y Venezuela distribuyen la potestad tributaria entre ambos estados. IgeraGestories aplica el convenio correcto según el tipo de renta (trabajo, dividendos, alquileres, ganancias patrimoniales).

Remesas y transferencias a familia (fiscalidad)

Ley ISD + LIRPF art. 33

Las remesas enviadas a familiares en Hispanoamérica no tienen coste fiscal para el remitente en España (no son renta, sino gasto personal). Si superan ciertos importes pueden estar sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones del país receptor. IgeraGestories informa del impacto fiscal.

Arraigo social y sus obligaciones fiscales

RD 557/2011 + LIRPF art. 9

El arraigo social (3 años de estancia + contrato de trabajo) regulariza la situación administrativa pero no determina automáticamente la residencia fiscal. IgeraGestories aclara las obligaciones fiscales vinculadas al arraigo: alta censal, IRPF, alta en SS y modelo 036/037 si trabaja como autónomo.

Cifras clave de la fiscalidad para inmigrantes

183 días

Estancia mínima para residencia fiscal (art. 9 LIRPF)

50.000€

Llindar Mod. 720 — bienes en el extranjero

22.000€

Llindar IRPF nómina única — obligación declarar

Preguntas frecuentes — fiscal inmigrantes hispanoamericanos

¿Desde cuándo soy residente fiscal en España como inmigrante hispanoamericano?

Según el art. 9 LIRPF, se adquiere la residencia fiscal en España cuando se cumpla alguno de estos criterios: (1) permanecer más de 183 días en territorio español durante el año natural (se computan ausencias esporádicas salvo acreditación de residencia fiscal en otro país), o (2) tener en España el núcleo principal o base de actividades o intereses económicos. Es importante distinguir entre residencia fiscal (art. 9 LIRPF) y residencia administrativa de extranjería (LO 4/2000): se puede tener una sin la otra. Los efectos fiscales son importantes: como residente fiscal tributa por el IRPF (renta mundial), mientras que como no residente tributa por el IRNR (solo rentas de fuente española). El cambio de residencia se comunica a la AEAT mediante el modelo 030. IgeraGestories determina la fecha exacta de adquisición de residencia fiscal para cada cliente y sus implicaciones en el IRPF del primer año parcial.

¿Puede un inmigrante sin NIE definitivo hacer la declaración de la renta?

Sí. El NIE (Número de Identificación de Extranjero) en trámite no impide presentar la declaración de IRPF, ya que el NIE provisional asignado en la comisaría sirve como identificación fiscal. El NIE provisional se diferencia del NIE definitivo (vinculado a la TIE — Tarjeta de Identidad de Extranjero) en que no acredita la situación regular de residencia, pero sí es válido para trámites tributarios. La obligación de declarar el IRPF surge cuando: (a) los rendimientos del trabajo superen 22.000€ anuales con un solo pagador, o 15.000€ con más de un pagador, o (b) los rendimientos de capital o actividades económicas superen 1.600€ (capital mobiliario) o 8.000€ (actividades económicas). IgeraGestories gestiona la declaración con NIE provisional y acompaña en la transición al NIE definitivo.

¿Qué ocurre con mis ahorros en Colombia/México/Argentina si me convierto en residente fiscal español?

Al convertirse en residente fiscal en España (art. 9 LIRPF), pasa a tributar por su renta mundial, lo que incluye los rendimientos generados por ahorros en el extranjero. Los rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos) de cuentas en Colombia, México o Argentina tributan en la base del ahorro del IRPF (19-28% según tramo). Si los saldos o bienes en el extranjero superan los 50.000€ en su conjunto (cuentas, valores, inmuebles), debe presentar el Modelo 720 (declaración de bienes en el extranjero) antes del 31 de marzo del ejercicio siguiente. Los Convenios de Doble Imposición con Colombia (2008), México (1994), Argentina (1995), Perú (2008) y Venezuela (2003) evitan que tribute dos veces por las mismas rentas: en general, el país de residencia (España) tiene potestad exclusiva o compartida según el tipo de renta (art. 7 del modelo OCDE). Las rentas exentas por el art. 7 LIRPF (becas, prestaciones por desempleo, trabajos en el extranjero hasta 60.100€/año) pueden aplicarse igualmente. IgeraGestories calcula el impacto fiscal y advierte sobre el Mod. 720 con antelación.

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