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Asesoría Comunidades de Bienes: Atribución de Rentas y Alta en AEAT

IgeraGestories indexa la normativa IRPF de atribución de rentas, alta en censo (036), IVA de CB y obligaciones formales. Consultas sobre régimen especial, responsabilidad solidaria y transformación en SL.

Consultas sobre CB que IgeraGestories resuelve

Normativa: LIRPF arts. 8.3 y 86–90, LIVA, CC arts. 392–406, TRLRHL (IAE).

Régimen atribución de rentas

LIRPF art. 8.3 + art. 86–90

La CB no es sujeto pasivo del IRPF ni del IS. Las rentas se calculan en sede de la CB siguiendo las reglas del IRPF y se atribuyen a los comuneros. Cada comunero las declara en su IRPF o IS. IgeraGestories explica cómo calcular el rendimiento neto de la CB.

Alta en AEAT (modelo 036)

RD 1065/2007 arts. 9–12

La CB debe darse de alta en el censo de la AEAT con el mod. 036 (no puede usar el 037 simplificado). Se obtiene un NIF propio de la CB (con letra J). Cada comunero también está de alta en RETA individualmente. IgeraGestories informa sobre las casillas y documentación requerida.

Cuota IAE por comunero

TRLRHL arts. 78–91

La CB está sujeta al IAE como entidad independiente. La cuota se prorrateará entre los comuneros si el epigrafes IAE lo permite. Si la CB supera 1M€ de cifra de negocios, está sujeta al IAE. IgeraGestories informa sobre los epígrafes aplicables y la exención general.

IVA en facturas de CB

LIVA art. 4 + RIVA art. 71

La CB emite facturas bajo su propio NIF con IVA. Presenta el mod. 303 trimestralmente. Declaración informativa mod. 390 anual. El IVA no se atribuye a los comuneros: la CB lo gestiona directamente como obligado tributario. IgeraGestories explica la diferencia con el IRPF.

Responsabilidad solidaria de comuneros

CC arts. 392–406

Los comuneros responden solidariamente frente a terceros de las deudas de la CB. No existe la limitación de responsabilidad de la SL. Cada comunero puede ser embargado por el total de las deudas de la CB, con derecho de repetición contra los demás. IgeraGestories advierte sobre este riesgo.

Transformación CB en SL

Ley 3/2009 + LIS art. 87

La transformación de una CB en SL no es propiamente una transformación jurídica (la CB no es persona jurídica). Requiere la aportación de los bienes de la CB a la nueva SL. Puede acogerse al régimen de neutralidad fiscal del LIS (arts. 87–89) si se aportan como rama de actividad. IgeraGestories explica los requisitos.

IgeraGestories en acción — atribución de rendimientos CB

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Asesor CB

Dos comuneros con 60%/40% de participación. La CB genera 80.000€ de beneficio. ¿Cómo tributa cada uno?

IgeraGestories

LIRPF art. 89 — Atribución proporcional:

Comunero A (60%): 48.000€ de rendimiento neto de actividad económica en su IRPF.

Comunero B (40%): 32.000€ de rendimiento neto de actividad económica en su IRPF.

La CB presenta el mod. 184 (declaración informativa) informando de la atribución a cada comunero. No presenta IRPF ni IS propio.

Fuente: LIRPF arts. 8.3, 88 y 89

Preguntas frecuentes — comunidades de bienes

¿Una comunidad de bienes tiene que presentar el IS?

No. Las comunidades de bienes son entidades en régimen de atribución de rentas (art. 8.3 LIRPF). No son sujeto pasivo del IS ni del IRPF. Las rentas generadas se atribuyen a los comuneros en proporción a su participación y cada uno las declara en su propio IRPF o IS. La CB sí presenta declaraciones informativas (mod. 184) y liquidaciones de IVA (mod. 303) y retenciones (mod. 111/115).

¿Cómo se reparten las pérdidas en una comunidad de bienes?

Las pérdidas se atribuyen a los comuneros en la misma proporción que los beneficios (salvo pacto en contrario en el acuerdo de la CB). Cada comunero integra su parte en su IRPF o IS. Si el comunero es persona física, la pérdida se integra en el rendimiento de actividad económica y puede compensar rendimientos positivos del mismo período o de los 4 años siguientes. IgeraGestories cita el art. 8.3 LIRPF.

¿Es mejor una CB o una SL para dos autónomos que se asocian?

Depende del volumen y de la situación de los socios. La CB es más sencilla (alta en AEAT, sin notario ni Registro Mercantil) y las rentas se integran directamente en el IRPF de cada comunero. Ventaja si ambos están en tramos bajos del IRPF y no tienen limitación de responsabilidad. La SL limita la responsabilidad y permite tributar al tipo del IS (23%/25% para pymes). IgeraGestories informa sobre los criterios de decisión según el caso.

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