Guía práctica · LPH España · 2026

Presidente de la Comunidad de Propietarios: Obligaciones, Poderes y Responsabilidad

Guía completa sobre el presidente de comunidad: funciones legales, cómo se elige, cuándo puede renunciar, responsabilidad civil y qué pasa si nadie quiere serlo.

Art. 13 LPH

regula el cargo

1 año

duración del mandato

Juzgado

puede obligar al cargo

Respuesta directa

El presidente de la comunidad de propietarios es el representante legal de la comunidad (Art. 13.3 LPH). Se elige por turno rotatorio, sorteo o votación en junta. El cargo es obligatorio: si nadie acepta, cualquier propietario puede pedir al juzgado que designe uno. Sus funciones son representar a la comunidad, convocar y presidir juntas, y ejecutar acuerdos — no gestiona el día a día (eso es el administrador).

Preguntas frecuentes

¿Qué funciones tiene el presidente de la comunidad?

El presidente ostenta la representación legal de la comunidad en juicio y fuera de él (Art. 13 LPH). Sus funciones principales son: (1) Representar a la comunidad ante terceros, administraciones y tribunales; (2) Convocar y presidir las juntas de propietarios; (3) Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos adoptados en junta; (4) Actuar como primera vía de reclamación ante urgencias que no admitan demora. El presidente no gestiona el día a día operativo de la comunidad — eso corresponde al administrador de fincas.

¿Cómo se elige el presidente de la comunidad?

Según el Art. 13.2 LPH, el presidente se designa mediante alguno de estos sistemas: (1) Votación directa en junta de propietarios; (2) Turno rotatorio entre todos los propietarios; (3) Sorteo entre los propietarios. Los estatutos de la comunidad pueden establecer el sistema preferido. Si los propietarios no se ponen de acuerdo o nadie acepta voluntariamente el cargo, cualquier propietario puede solicitar al Juzgado de Primera Instancia que designe al presidente por vía judicial (Art. 13.2 LPH).

¿Es obligatorio ser presidente si te eligen?

Sí. El cargo de presidente es obligatorio salvo que el propietario acredite una causa justificada que le impida ejercerlo (enfermedad grave, ausencia prolongada, incapacidad física o jurídica, etc.). Negarse sin motivo justificado no tiene consecuencias automáticas, pero la comunidad puede acudir al juzgado para que este designe al presidente y obligue al propietario reticente. El Art. 13.2 LPH in fine contempla expresamente este mecanismo judicial.

¿Puede el presidente tomar decisiones sin consultar a la junta?

Solo en casos de urgencia que no admitan demora hasta la próxima junta. Para el resto de decisiones — obras, contratación de servicios, modificación de normas, aprobación de presupuestos — necesita acuerdo expreso de la junta de propietarios con las mayorías que la LPH establece en cada caso. El presidente que toma decisiones relevantes sin respaldo de junta puede incurrir en responsabilidad personal frente a la comunidad.

¿Cuánto dura el cargo de presidente?

El mandato del presidente dura 1 año, salvo que los estatutos de la comunidad establezcan un plazo diferente. La renovación o sustitución se decide en la junta ordinaria anual. Es posible reelegir al mismo propietario si la junta lo aprueba. En la práctica, muchas comunidades pequeñas mantienen al mismo presidente durante varios años por consenso, siempre que se vote formalmente en cada junta anual.

¿Cómo puede dimitir el presidente?

El presidente no puede simplemente "dejar de ejercer" el cargo sin más. Para dimitir debe: (1) Comunicar formalmente su renuncia a la comunidad; (2) Convocar una junta extraordinaria para que los propietarios elijan a su sustituto; (3) Continuar en funciones hasta que el sustituto tome posesión. Si la renuncia se produce sin convocar junta, el administrador de fincas o cualquier propietario puede solicitar la convocatoria. En caso de imposibilidad, el juzgado puede intervenir.

¿El presidente es responsable de los accidentes en zonas comunes?

No de forma personal, siempre que haya cumplido sus obligaciones: contratar el seguro de responsabilidad civil de la comunidad (obligatorio en muchas comunidades autónomas), comunicar los defectos detectados a la junta, y solicitar las reparaciones necesarias. La responsabilidad por accidentes en zonas comunes recae sobre la comunidad como ente, no sobre el presidente a título personal. Solo respondería personalmente si hubiera una negligencia grave y directa en el ejercicio del cargo.

¿Puede el presidente actuar sin acuerdo de junta en una emergencia?

Sí (Art. 20 LPH): puede autorizar reparaciones urgentes para evitar daños graves a la comunidad cuando no sea posible esperar a la convocatoria de junta. Por ejemplo: contratar reparaciones de emergencia ante una gotera grave, autorizar el corte de suministro peligroso, o gestionar daños tras un incendio. En estos casos, el presidente debe dar cuenta a la junta en la primera reunión que se celebre para que los propietarios ratifiquen o rechacen la actuación.

¿Qué diferencia hay entre presidente y administrador de fincas?

Son dos figuras complementarias con funciones distintas: el presidente es el representante legal de la comunidad — un propietario elegido para representarla ante terceros y presidir juntas. El administrador de fincas es un profesional colegiado (o empresa) que gestiona operativamente la comunidad: lleva la contabilidad, gestiona incidencias, paga proveedores, prepara presupuestos y asesora legalmente. En comunidades pequeñas el presidente puede asumir algunas funciones de administrador, pero en general ambos roles se complementan.

¿Cobra el presidente de la comunidad?

No existe retribución automática por ser presidente. Solo percibe remuneración si así lo aprueban expresamente los estatutos de la comunidad o la junta de propietarios mediante acuerdo. En la práctica, la inmensa mayoría de presidentes de comunidades de propietarios españolas ejercen el cargo de forma gratuita y voluntaria. Algunas comunidades grandes aprueban una pequeña compensación o exención parcial en el pago de cuotas, pero no es lo habitual.

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  2. 2

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    Firma las actas a tiempo

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