Guía práctica · 2026
Presidente de Comunidad de Propietarios: Guía Completa
Funciones, obligaciones legales, cómo se elige, cuánto dura el mandato, cómo renunciar y qué responsabilidad tiene. Todo según la LPH con ejemplos prácticos.
Art. 13
regulación LPH presidente
1 año
mandato habitual
25%
para pedir junta extraordinaria
Base legal: Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal (LPH), art. 13, 16, 19 y 21
Respuesta directa
El presidente de la comunidad de propietarios es el representante legal de la comunidad (art. 13.3 LPH) y debe ser propietario del edificio. Se elige por votación, turno o sorteo en junta. Sus funciones principales: convocar y presidir las juntas, firmar el acta, representar a la comunidad en juicio y autorizar obras urgentes. El cargo es obligatorio — quien es designado no puede negarse salvo justa causa acreditada ante el juzgado.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el presidente de la comunidad de propietarios y es obligatorio?
El presidente de la comunidad de propietarios es el órgano unipersonal de gobierno que ostenta la representación legal de la comunidad en juicio y fuera de él (art. 13.3 LPH). Es obligatorio: toda comunidad de propietarios sometida a la LPH debe tener presidente. Debe ser propietario de un piso o local en la propia comunidad — no puede ser arrendatario ni un tercero externo. Sus funciones son distintas a las del administrador de fincas: el presidente representa a la comunidad, convoca las juntas y ejecuta sus acuerdos, mientras que el administrador gestiona el día a día económico y técnico. Pueden ser personas diferentes (presidente + administrador externo) o la misma persona puede acumular ambos cargos si la junta así lo acuerda.
¿Cómo se elige al presidente de la comunidad?
Según el art. 13.2 LPH, el presidente se nombra por uno de estos tres métodos, a elección de la junta: (1) Elección directa: votación en junta de propietarios, gana el candidato con más votos. (2) Turno rotatorio: los propietarios se van turnando por orden (normalmente por número de portal o piso), cada año uno diferente. (3) Sorteo: se designa aleatoriamente entre todos los propietarios. El mandato habitual es de un año, aunque los estatutos pueden establecer un plazo diferente. Si ningún propietario quiere ser presidente y no se llega a acuerdo, cualquiera puede solicitar al juzgado que designe presidente mediante procedimiento de jurisdicción voluntaria.
¿Cuáles son las funciones del presidente de la comunidad?
Las funciones del presidente según la LPH son: (1) Representación legal de la comunidad en juicio y fuera de él — firma contratos, demandas judiciales y cualquier acto jurídico en nombre de la comunidad (art. 13.3 LPH). (2) Convocar las juntas de propietarios ordinarias y extraordinarias (art. 16 LPH). (3) Presidir las juntas de propietarios. (4) Firmar el acta de la junta junto con el secretario (art. 19 LPH). (5) Expedir certificados de deuda junto con el administrador/secretario (art. 21 LPH). (6) Ejecutar los acuerdos adoptados en junta. (7) Ordenar obras urgentes que no admitan demora sin esperar a la junta (art. 10 LPH). (8) Ejercer acciones judiciales o extrajudiciales en defensa de los intereses de la comunidad, previa autorización de la junta.
¿Puede negarse alguien a ser presidente de la comunidad?
En principio, el cargo de presidente es obligatorio cuando recae en un propietario designado por turno o sorteo. Sin embargo, el art. 13.2 LPH prevé que el designado puede solicitar al juzgado que le releve del cargo si alega justa causa. La ley no define qué es "justa causa" pero la jurisprudencia ha admitido como causa válida: grave enfermedad o incapacidad física o psíquica, residencia habitual fuera del municipio, desconocimiento del idioma, edad avanzada que dificulte el ejercicio, conflicto de intereses grave con la comunidad. Si el juzgado no estima la justa causa, el propietario designado está obligado a aceptar el cargo. Si definitivamente nadie acepta, el juez nombra al presidente.
¿Cuánto dura el cargo de presidente y cómo se renueva?
La LPH no fija una duración legal obligatoria para el mandato — lo establece la junta en los estatutos o en el acuerdo de nombramiento. Lo más habitual es un año, renovable por la junta en la reunión ordinaria anual. El presidente saliente puede ser reelegido sin límite de mandatos si la junta así lo acuerda. Al final del mandato, el nuevo presidente es elegido en la junta ordinaria anual. Si el presidente dimite antes de acabar el mandato, puede solicitar junta extraordinaria para que se elija al sustituto. Si nadie le sustituye, el administrador puede convocar junta extraordinaria para elegir nuevo presidente.
¿Puede el presidente tomar decisiones sin consultar a la junta?
El presidente tiene capacidad de actuar sin junta solo en casos de urgencia: puede ordenar obras de reparación urgentes que no admitan demora por riesgo para la seguridad del edificio o de los ocupantes (art. 10.1 LPH). En todos los demás casos, el presidente necesita autorización previa de la junta para actuar. No puede contratar nuevos servicios, cambiar proveedores, modificar el presupuesto, iniciar acciones judiciales de gran calado ni disponer del fondo de reserva sin acuerdo de junta. Las actuaciones del presidente fuera de su ámbito de competencia pueden ser impugnadas por los propietarios y no serán vinculantes para la comunidad.
¿Qué responsabilidad tiene el presidente de la comunidad?
El presidente responde como representante legal de la comunidad frente a terceros (art. 13.3 LPH), pero no responde con su patrimonio personal por las deudas de la comunidad, salvo que haya actuado con dolo o negligencia grave. La responsabilidad del presidente es principalmente de gestión: puede ser demandado por los propietarios si no convoca la junta cuando es obligatorio, si no ejecuta los acuerdos adoptados, si actúa fuera de sus competencias o si perjudica a la comunidad con su inacción. Si el presidente firma contratos sin autorización de junta, la comunidad puede desautorizarle y el presidente podría ser personalmente responsable frente al contratista. Cobrar remuneración por el cargo de presidente requiere acuerdo expreso de la junta — el cargo es gratuito por defecto.
¿Cómo se puede cambiar o destituir al presidente?
El presidente puede ser destituido o no renovado por acuerdo de la junta en cualquier momento, por mayoría simple. Para ello, cualquier propietario puede solicitar la convocatoria de junta extraordinaria (con apoyo del 25% de los propietarios o el 25% de las cuotas) incluyendo en el orden del día el punto de sustitución del presidente. Si el presidente no convoca la junta a pesar de ser solicitado correctamente, los propietarios pueden acudir al juzgado para que sea el juez quien la convoque. El presidente saliente debe entregar toda la documentación de la comunidad (actas, contratos, cuentas, llaves) al nuevo presidente en el plazo que fije la junta.
¿Puede el presidente representar a la comunidad en un juicio sin abogado?
Depende del importe del procedimiento. Si la cuantía de la reclamación no supera €2.000 (procedimiento monitorio para deudas de comunidad, art. 21 LPH), el presidente o el administrador pueden representar a la comunidad directamente ante el juzgado sin necesidad de abogado ni procurador. Para procedimientos de mayor cuantía o complejidad (juicio verbal de cuantía superior a €2.000, juicio ordinario, recursos de apelación), la comunidad necesita contratar abogado y procurador. La comunidad, como ente sin personalidad jurídica, actúa siempre a través de su representante legal, que es el presidente.
¿Cómo puede IgeraFincas ayudar al presidente de comunidad?
IgeraFincas descarga al presidente de las tareas administrativas más repetitivas: el sistema envía automáticamente las convocatorias de junta a todos los propietarios por WhatsApp con el orden del día, permite que el presidente firme digitalmente el acta, gestiona el seguimiento de los acuerdos adoptados y notifica a los propietarios los recordatorios de pago de cuotas. Cuando un propietario pregunta al presidente por WhatsApp sobre estatutos, cuotas o normativa, el sistema responde automáticamente con cita exacta del artículo relevante — sin que el presidente tenga que consultar los documentos manualmente. Esto reduce el tiempo que el presidente dedica a la comunidad de 3-4 horas semanales a menos de 30 minutos.
Cómo elegir al presidente paso a paso
- 1
Revisa los estatutos
Comprueba si el método de elección está regulado en los estatutos (turno, sorteo o votación).
- 2
Incluye el punto en el orden del día
La convocatoria de junta ordinaria debe incluir "Elección de cargos: presidente".
- 3
Vota en junta
La junta elige al nuevo presidente por mayoría simple de votos presentes y representados.
- 4
Notifica el nombramiento con IgeraFincas
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