Artículo 24 del Reglamento de Máquinas 2023/1230: la gran novedad de las instrucciones digitales y cuándo sigue siendo obligatorio el papel
Respuesta directa: el artículo 24 del Reglamento (UE) 2023/1230 permite por primera vez que el fabricante entregue las instrucciones de uso en formato digital en lugar de papel, algo que la Directiva 2006/42/CE no contemplaba. Pero esta posibilidad tiene condiciones estrictas: el fabricante debe indicar en la propia máquina o en su embalaje cómo acceder a las instrucciones digitales, garantizar su disponibilidad durante toda la vida útil prevista de la máquina, y —el punto que más confusión genera— debe entregar gratuitamente una versión en papel si el consumidor lo solicita en el momento de la compra. Las instrucciones deben redactarse en la lengua o lenguas oficiales del Estado miembro donde se comercializa la máquina. En este artículo explicamos exactamente qué cambia respecto a la Directiva anterior y qué contenido mínimo exige el Anexo III.
El Reglamento 2023/1230, aplicable en su totalidad desde el 20 de enero de 2027, introduce las instrucciones digitales como respuesta a una demanda del sector industrial que llevaba años reclamando reducir el volumen de papel entregado con maquinaria compleja, sin renunciar a la protección del usuario no profesional.
Las instrucciones de uso son la documentación que el fabricante debe entregar junto con la máquina, en papel o —desde el Reglamento (UE) 2023/1230— en formato digital bajo condiciones específicas, con el contenido mínimo del Anexo III, punto 1.7.4, redactada en la lengua oficial del Estado miembro de comercialización, y cuya ausencia o insuficiencia impide considerar la máquina conforme aunque cumpla el resto de requisitos técnicos.
Papel bajo petición, sin coste, sin excepciones
El artículo 24.3 obliga al fabricante a facilitar instrucciones en papel de forma gratuita si el consumidor lo solicita en el momento de la compra de la máquina. Esta garantía no existe para el resto de destinatarios profesionales, para los que el acceso digital puede ser la única vía si así lo decide el fabricante.
— Reglamento (UE) 2023/1230, artículo 24 (DOUE L 165, 29.6.2023)
¿Qué cambia realmente respecto a la Directiva 2006/42/CE?
Bajo la Directiva 2006/42/CE, las instrucciones de uso debían entregarse siempre en papel, junto con la máquina, sin excepción para el formato digital como sustituto. El artículo 24 del Reglamento 2023/1230 rompe esa regla y permite, por defecto, que las instrucciones se faciliten en formato digital, siempre que se cumplan de forma acumulativa las siguientes condiciones:
- Indicación clara del método de acceso: el fabricante debe indicar en la máquina, o cuando no sea posible en el embalaje o en un documento adjunto, cómo acceder a las instrucciones digitales.
- Formato que permita imprimirlas: las instrucciones digitales deben presentarse en un formato que el usuario pueda descargar e imprimir, no solo consultar en pantalla de forma fragmentada.
- Disponibilidad durante toda la vida útil prevista: el fabricante debe garantizar el acceso a las instrucciones digitales mientras la máquina esté en uso, no solo durante el periodo de garantía comercial.
- Entrega de información de seguridad crítica sin depender solo del canal digital: las advertencias de seguridad esenciales deben poder transmitirse igualmente si el acceso digital falla en el momento de uso.
- Papel gratuito a petición del consumidor: si el destinatario es un consumidor —no un profesional actuando en el marco de su actividad—, debe poder solicitar la versión en papel sin coste en el momento de la compra.
¿Puedo entregar solo instrucciones digitales a un cliente industrial?
En principio sí, siempre que se cumplan las condiciones del artículo 24.2. La garantía de papel gratuito bajo petición que establece el artículo 24.3 está formulada específicamente para consumidores, entendidos como personas físicas que actúan con fines ajenos a su actividad profesional. Para maquinaria vendida a empresas fabricantes, talleres o instalaciones industriales, el fabricante puede optar por un modelo íntegramente digital, aunque en la práctica muchos fabricantes ofrecen igualmente papel bajo petición a clientes profesionales por razones comerciales y de trazabilidad interna del cliente, no porque el Reglamento lo exija en ese caso.
Identifique si el destinatario final es consumidor o profesional
Esta clasificación determina si la garantía de papel gratuito del art. 24.3 es exigible, y debe documentarse en el canal de venta.
Marque en la máquina o el embalaje el método de acceso digital
Un código QR o URL corta impresa de forma duradera en la placa de características suele ser la solución más habitual y auditable.
Configure el proceso de solicitud de papel en el punto de venta
Si vende a consumidores, el distribuidor debe poder canalizar la petición de instrucciones en papel sin coste antes de cerrar la venta.
Traduzca a la lengua oficial de cada mercado de destino
El formato digital no exime de la obligación de traducción: cada versión lingüística debe estar disponible en el mismo canal digital.
Garantice la persistencia del alojamiento digital durante la vida útil
Prevea qué ocurre si cambia de proveedor de hosting o de dominio: el enlace grabado en la máquina no puede quedar roto años después.
¿Qué contenido mínimo deben tener las instrucciones, en papel o digitales?
El formato —papel o digital— no altera el contenido mínimo exigido por el Anexo III, punto 1.7.4, del Reglamento. Las instrucciones deben incluir, entre otros elementos: la reproducción de la Declaración UE de Conformidad o la información equivalente sobre su contenido; las condiciones de uso previsto y las contraindicadas razonablemente previsibles; instrucciones de montaje, instalación y conexión; instrucciones de puesta en servicio y uso; información sobre los riesgos residuales que persisten pese a las medidas de protección integradas; instrucciones de mantenimiento a cargo del usuario y las relativas a las piezas de repuesto recomendadas cuando afecten a la salud y seguridad; y, cuando proceda, las características esenciales de las herramientas que pueden montarse en la máquina.
| Aspecto | Directiva 2006/42/CE | Reglamento (UE) 2023/1230 |
|---|---|---|
| Formato admitido | Solo papel | Digital por defecto, con condiciones (art. 24.2) |
| Papel para consumidores | Siempre obligatorio | Gratuito bajo petición en la compra (art. 24.3) |
| Idioma | Lengua oficial del Estado de comercialización | Se mantiene igual, también en el canal digital |
| Disponibilidad temporal | Ligada a la entrega física | Debe mantenerse accesible durante toda la vida útil prevista |
Sustituir directamente las instrucciones en papel por un código QR sin ofrecer de forma activa la opción de papel gratuito al consumidor. El artículo 24.3 exige que el consumidor pueda solicitarlo, lo que implica informarle de esa posibilidad en el punto de venta, no limitarse a entregarlo solo si el propio consumidor pregunta espontáneamente por ello sin haber sido informado de que existe esa opción.
Un caso práctico: la desbrozadora que Ferretería Cantoblanco vendió sin papel
Maquinaria Cantoblanco S.L., distribuidor ficticio de pequeña maquinaria de jardinería, comenzó a vender en 2027 una gama de desbrozadoras cuyo fabricante había optado por instrucciones exclusivamente digitales, accesibles mediante un código QR grabado en el chasis. Un cliente particular compró el equipo sin que el dependiente le informara de que podía solicitar el manual en papel de forma gratuita. Semanas después, el cliente presentó una reclamación ante la autoridad de consumo alegando falta de información suficiente para el mantenimiento seguro del equipo. La investigación concluyó que el fabricante había cumplido el artículo 24.2 en cuanto al acceso digital, pero el distribuidor no había cumplido su parte del proceso comercial al no ofrecer activamente la alternativa en papel prevista en el artículo 24.3, lo que generó una recomendación correctiva sobre el protocolo de venta.
IgeraIndustria en acción: verificación del cumplimiento del artículo 24
Com ho resol IgeraIndustria
Pregunta:
"Queremos pasar las instrucciones de nuestras hormigoneras a formato exclusivamente digital con QR. Las vendemos tanto a constructoras como a particulares en ferreterías. ¿Qué nos exige el art. 24?"
IgeraIndustria responde:
"Según el art. 24.2, puede optar por instrucciones digitales si: indica el método de acceso en la máquina o el embalaje, el formato permite descarga e impresión, y garantiza disponibilidad durante toda la vida útil prevista. Pero atención al canal de venta en ferreterías: el art. 24.3 obliga a ofrecer papel gratuito bajo petición a los compradores consumidores, no a las constructoras que compran como profesionales. Le recomiendo instruir a sus distribuidores minoristas para que informen activamente de la opción de papel gratuito antes de cerrar la venta a un particular."
¿Sus instrucciones digitales cumplen todas las condiciones del artículo 24?
IgeraIndustria revisa el contenido del Anexo III y las condiciones del canal digital antes de que reciba una reclamación de consumo.
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¿Se puede combinar información digital y advertencias en papel en la misma máquina?
Sí, y de hecho es una práctica recomendada por muchos organismos notificados. El artículo 24 no exige un modelo todo-o-nada: el fabricante puede optar por un manual completo digital y mantener en papel, adherido a la propia máquina, únicamente el resumen de advertencias de seguridad críticas —pictogramas de riesgo, distancias de seguridad, procedimiento de parada de emergencia— para garantizar que esa información esencial esté disponible incluso si el operario no tiene acceso inmediato al canal digital en el momento de uso. Este enfoque híbrido conecta con el requisito general del Anexo III de que la información de seguridad más crítica debe llegar al usuario en el momento y lugar donde se necesita.
En resumen: instrucciones de uso bajo el artículo 24
- El Reglamento 2023/1230 permite instrucciones digitales por defecto, algo que la Directiva 2006/42/CE no admitía.
- Deben indicar el método de acceso, ser descargables e imprimibles, y estar disponibles durante toda la vida útil.
- Los consumidores tienen derecho a papel gratuito si lo solicitan en la compra; los profesionales no tienen esa garantía legal.
- El contenido mínimo del Anexo III, punto 1.7.4, no cambia por el formato elegido.
- Las advertencias de seguridad críticas conviene mantenerlas accesibles en la propia máquina, no solo en el canal digital.
Preguntas frecuentes sobre el artículo 24
¿Desde cuándo se pueden usar instrucciones digitales?
La posibilidad de sustituir el papel por formato digital, bajo las condiciones del artículo 24.2, aplica desde que el Reglamento (UE) 2023/1230 sea plenamente aplicable, el 20 de enero de 2027. Antes de esa fecha rige la Directiva 2006/42/CE, que no contempla esta alternativa.
¿En qué formato de archivo deben entregarse las instrucciones digitales?
El artículo 24 no impone un formato de archivo concreto, pero exige que sea descargable e imprimible por el usuario. En la práctica, formatos como PDF cumplen ambos requisitos; una página web que no permita descarga estructurada del contenido completo puede no satisfacer la exigencia de «formato que permita imprimir» que establece la norma.
¿Qué pasa si el enlace del QR deja de funcionar años después de la venta?
El fabricante incumpliría la obligación de garantizar la disponibilidad de las instrucciones durante toda la vida útil prevista de la máquina, que establece el artículo 24.2. Es responsabilidad del fabricante mantener vigente el alojamiento digital, migrar el contenido si cambia de dominio o proveedor, y prever mecanismos de redirección para que el acceso grabado en la máquina siga funcionando.
¿Las instrucciones digitales deben traducirse a todos los idiomas de la UE?
No a todos, solo a la lengua o lenguas oficiales del Estado o Estados miembros donde se comercializa efectivamente la máquina, igual que exigía la Directiva 2006/42/CE para el formato papel. Si el fabricante vende en varios Estados miembros, debe ofrecer la versión digital correspondiente a cada mercado de destino, no solo una versión en inglés genérico.
¿Cómo distingo si mi cliente es consumidor a efectos del artículo 24.3?
El criterio general del Derecho de consumo de la UE, aplicable por analogía, considera consumidor a la persona física que actúa con fines ajenos a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión. Una compra realizada por una empresa para su actividad productiva no genera el derecho a papel gratuito del artículo 24.3, aunque el comprador sea también, en otros contextos, una persona física.
¿Puede IgeraIndustria comprobar si mis instrucciones digitales cumplen el artículo 24?
IgeraIndustria revisa el contenido mínimo exigido por el Anexo III, punto 1.7.4, frente a la documentación aportada, y señala si faltan elementos como riesgos residuales, condiciones de uso previsto o instrucciones de mantenimiento, además de recordar la obligación de ofrecer papel gratuito cuando el destinatario sea un consumidor, aunque la decisión comercial final corresponde siempre al fabricante o distribuidor.
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Última actualización: julio 2026 | Autor: Jordi Bassols, Ingeniero de Seguridad Industrial, Colegiado COEIC | Fuentes: Reglamento (UE) 2023/1230 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2023, relativo a las máquinas, artículo 24 y Anexo III, punto 1.7.4 (DOUE L 165, 29.6.2023); Directiva 2006/42/CE (vigente hasta el 19.1.2027). Este artículo tiene finalidad informativa y no constituye asesoramiento jurídico o de ingeniería. IgeraIndustria — prueba gratuita. EUR-Lex — Reglamento (UE) 2023/1230 Este contenido tiene finalidad informativa y no constituye asesoramiento jurídico o de ingeniería. Para la evaluación de conformidad de tu maquinaria, consulta con un organismo notificado o un ingeniero de seguridad industrial cualificado.