Fondo de Reserva Obligatorio en Cataluña 2026: Cuánto Debe Tener tu Comunidad
Cataluña: 5% del presupuesto (no el 10% de la LPH estatal)
El Art. 553-46 del Código Civil Catalán establece un fondo de reserva mínimo del 5% del presupuesto ordinario del año anterior. La Ley 10/2022 elevó el mínimo estatal al 10%, pero esta reforma no afecta a las comunidades catalanas. Fórmula: Presupuesto anual × 5% = Fondo mínimo obligatorio.