Guía México 2026 · Ley de Condominios · Normativa Federal y Estatal

Propiedad Horizontal en México:Guía Completa de la Ley de Condominios

Todo lo que necesitas saber sobre la Ley de Condominios en México: órganos de gobierno, asamblea, cuotas, fondo de reserva, condominios morosos y normativa estatal (CDMX, QRO, BC). Guía actualizada 2026.

~4.5M
condóminos en México en régimen de propiedad horizontal
32 leyes
Ley federal + 32 leyes estatales de condominios vigentes
10% mín.
fondo de reserva mínimo sobre el presupuesto anual aprobado
3 tipos
de asamblea: ordinaria, extraordinaria y total de condominios
1 cuota
plazo moroso: desde la primera cuota impaga sin justificación
1 plataforma
IA disponible con RAG sobre ley estatal + reglamento interno

Ley de Condominios en México

México no cuenta con una única ley nacional de propiedad horizontal: el régimen se construye sobre un marco federal de referencia y 32 leyes estatales que adaptan quorúms, procedimientos y requisitos a la realidad de cada entidad federativa. Los estados con mayor densidad condominial —CDMX, Jalisco, Nuevo León y Querétaro— tienen legislaciones especialmente desarrolladas.

Federal

Marco federal de referencia

El Código Civil Federal establece los principios generales del régimen de condominio: definición, escritura constitutiva, derechos y obligaciones básicas de los condóminos. Es el punto de partida que cada estado desarrolla.

CDMX

Ley de Propiedad en Condominio CDMX

Una de las leyes más completas del país. Regula detalladamente la asamblea, el administrador, el comité de vigilancia, el fondo de reserva (mín. 10%), el procedimiento contra morosos y la limitación de servicios no esenciales.

QRO

Ley de Condominios Querétaro

Establece quorúms específicos para obras mayores (75% del indiviso), plazos de convocatoria de 8 días hábiles y obligación de registro del reglamento ante notario público. Ideal para desarrollos habitacionales de media y alta densidad.

BC

Ley de Condominios Baja California

Relevante por la alta densidad de desarrollos turísticos y fraccionamientos. Contempla régimen mixto residencial-comercial, condominios horizontales y la figura del administrador profesional certificado por autoridad municipal.

Órganos de Gobierno del Condominio

La estructura de gobierno de un condominio mexicano se articula en cuatro órganos con funciones claramente delimitadas por la ley estatal y el reglamento interno. La correcta operación de cada órgano es clave para evitar conflictos y litigios costosos.

A

Asamblea de Condóminos

Órgano supremo del condominio. Toma decisiones sobre administración, presupuesto, obras mayores, modificaciones al reglamento y elección del administrador y comités. Todos los condóminos tienen derecho a asistir y votar (salvo morosos).

B

Administrador

Gestor operativo del condominio. Ejecuta los acuerdos de la asamblea, recauda cuotas, contrata servicios, mantiene la contabilidad y representa al condominio ante terceros. Puede ser un condómino o una empresa administradora profesional.

C

Comité de Vigilancia

Supervisa la actuación del administrador, revisa cuentas y estados financieros, y verifica el cumplimiento del reglamento. Es el contrapeso del administrador y debe informar a la asamblea sobre cualquier irregularidad detectada.

D

Comité de Obra

Se constituye específicamente para supervisar obras mayores aprobadas en asamblea. Revisa presupuestos, avances, calidad y recepción de trabajos. Su existencia protege al condominio de sobrecostos y malas ejecuciones.

Asamblea de Condóminos: Tipos, Quórum y Acuerdos

La asamblea es el órgano decisorio máximo. Conocer sus modalidades y los quorúms exigidos es fundamental para administradores y condóminos: un acuerdo adoptado sin quorúm suficiente puede ser impugnable judicialmente.

Asamblea Ordinaria

Se celebra al menos una vez al año, convocada por el administrador. Aprueba el presupuesto anual, el informe de gastos, el estado de la cuenta del fondo de reserva y elige o ratifica administrador y comités. La convocatoria debe notificarse con al menos 5–10 días de anticipación según la ley estatal.

Asamblea Extraordinaria

Se convoca para asuntos urgentes o específicos que no pueden esperar a la próxima ordinaria: obras urgentes, modificación del reglamento, cambio de administrador por causa justificada. Puede convocarse por el administrador, el comité de vigilancia o condóminos que representen el 25% del indiviso.

Asamblea Total

Requiere la asistencia de la totalidad de los condóminos o sus representantes. Se usa para acuerdos que afectan la escritura constitutiva del régimen, modificaciones estructurales al condominio o extinción del régimen. Es la única asamblea donde la unanimidad es obligatoria.

Tabla de Quórums por Tipo de Acuerdo

Tipo de acuerdo1ª convocatoria2ª convocatoria
Presupuesto ordinario y gastos corrientesMayoría simple (>50% indiviso presente)Mayoría simple asistentes
Elección / remoción del administradorMayoría simple (>50% indiviso)Mayoría simple asistentes
Obras mayores en áreas comunesMayoría calificada (≥66%–75% indiviso)Mayoría calificada (no reduce)
Modificación del reglamento internoMayoría calificada (≥66% indiviso)Mayoría calificada (no reduce)
Modificación escritura constitutiva / extinciónUnanimidad (100% indiviso)No aplica segunda convocatoria

Cuotas y Fondo de Reserva

La sostenibilidad financiera del condominio depende de la correcta gestión de cuotas y del fondo de reserva. Un presupuesto bien estructurado y un fondo de reserva suficiente evitan derramas de emergencia y conflictos entre condóminos.

Cuota Ordinaria

Pago periódico (mensual o bimestral) que cubre gastos operativos: limpieza, vigilancia, agua, luz de áreas comunes, mantenimiento preventivo y honorarios del administrador. Se aprueba en la asamblea ordinaria anual y se distribuye conforme al indiviso de cada unidad.

Cuota Extraordinaria

Se aprueba en asamblea extraordinaria para gastos no previstos en el presupuesto: reparación de daños por siniestro, reposición de equipo, obras urgentes de conservación. Debe estar claramente justificada y su monto reflejado en el acta de asamblea que la autoriza.

Fondo de Reserva

Cuenta obligatoria con un mínimo del 10% del presupuesto anual aprobado. Destinada exclusivamente a reparaciones mayores, reposición de equipos comunes y situaciones de emergencia. Debe depositarse en cuenta bancaria separada e identificada como fondo de reserva del condominio.

Coeficiente de Indiviso

Porcentaje que representa cada unidad sobre el total del condominio. Determina la participación proporcional en gastos comunes, el poder de voto en la asamblea y los derechos sobre áreas comunes. Queda fijado en la escritura constitutiva y solo puede modificarse por acuerdo unánime.

Condóminos Morosos: Procedimiento de Cobro

La morosidad es uno de los principales problemas de los condominios en México. La ley establece un procedimiento gradual que combina medidas administrativas, financieras y legales para recuperar las cuotas impagadas respetando los derechos del condómino.

01

Requerimiento Escrito

Desde la primera cuota impaga, el administrador envía requerimiento escrito al condómino moroso detallando el monto adeudado, fecha de vencimiento e interés moratorio aplicable según el reglamento. Se recomienda envío por buzonón certificado o correo con acuse de recibo.

02

Intereses y Recargos

El reglamento interno puede establecer interés moratorio (normalmente 2%–5% mensual sobre el saldo pendiente). La asamblea debe haberlo aprobado expresamente en el reglamento para que sea exigible. Los intereses se acumulan desde el día siguiente al vencimiento de la cuota.

03

Limitación de Servicios

Con acuerdo de asamblea, se pueden limitar servicios no esenciales: acceso a gimnasio, alberca, salón de fiestas y otras amenidades. Nunca se puede cortar agua potable, electricidad o acceso a la unidad habitacional, ya que esto viola derechos fundamentales y puede generar responsabilidad penal al administrador.

04

Acción Legal

Si persiste el impago, la asamblea puede autorizar al administrador a iniciar juicio ejecutivo civil para el cobro de la deuda condominial. El acta de asamblea que aprueba la cuota y el reglamento interno sirven como título ejecutivo. El juzgado puede decretar embargo sobre la unidad del moroso.

Qué está permitido y qué está prohibido con un moroso

Permitido

  • Suspender acceso a amenidades (gimnasio, alberca, salón)
  • Impedir el derecho de voto en asamblea (conserva derecho de voz)
  • Publicar lista de morosos en zonas comunes (con fundamento legal)
  • Cobrar interés moratorio aprobado en reglamento
  • Iniciar juicio ejecutivo con autorización de asamblea

Prohibido

  • Cortar el suministro de agua potable a la unidad
  • Cortar electricidad a la unidad habitacional
  • Impedir el acceso físico a su unidad o al inmueble
  • Retirar puertas, ventanas u otros elementos de la unidad
  • Difundir datos personales más allá de lo permitido por la LFPDPPP

Obras y Modificaciones en el Condominio

La realización de obras en un condominio requiere distinguir entre obras en unidades privativas y obras en áreas comunes. Los requisitos legales difieren significativamente y la inobservancia puede dar lugar a acciones legales de los demás condóminos.

Obras Privativas

El condómino puede realizar obras dentro de su unidad sin autorización de asamblea, siempre que no afecten la estructura del edificio, instalaciones comunes, fachada exterior ni causen molestias excesivas. Requiere notificación previa al administrador y permisos municipales cuando la ley local lo exige.

Obras en Áreas Comunes

Cualquier obra en elementos comunes (estructura, fachada, jardines, estacionamiento, cisternas, elevadores) requiere aprobación en asamblea con quorúm calificado. Las obras de mantenimiento preventivo de bajo monto pueden ser autorizadas directamente por el administrador según lo prevea el reglamento.

Quórum para Obras Mayores

Las leyes estatales generalmente exigen entre el 66% y el 75% del indiviso total para aprobar obras mayores. En Querétaro el umbral es del 75%. La votación no se reduce en segunda convocatoria: el quorúm calificado siempre aplica, independientemente del número de asistentes.

Licencias Municipales

Toda obra que afecte estructura, instalaciones eléctricas o hidráulicas mayores, cambio de uso de áreas comunes o ampliaciones requiere licencia municipal de construcción. El administrador tiene la obligación de gestionarla antes de iniciar trabajos; de lo contrario el condominio puede ser sancionado.

IgeraFincas para México: IA sobre Ley de Condominios

IgeraFincas indexa la Ley de Condominios de tu estado, el reglamento interno, las actas de asamblea y los contratos de servicios. Cuando un condómino pregunta, responde en segundos citando el artículo exacto. Sin alucinaciones: cada afirmación es trazable al documento fuente.

RAG sobre normativa estatal

IgeraFincas permite seleccionar la entidad federativa de tu condominio (CDMX, QRO, BC, NL y más) e indexa automáticamente la ley estatal correspondiente. Las respuestas citan el artículo específico de la ley aplicable, no una respuesta genérica.

Respuestas en pesos mexicanos (MXN)

Todos los cálculos y ejemplos en el widget se expresan en pesos mexicanos. El sistema reconoce referencias monetarias locales: “mi cuota es de $2,500 al mes” y opera con esa información para calcular intereses, fondos de reserva y derramas.

Dashboard para el administrador

El administrador accede a un panel con las preguntas más frecuentes de condóminos, un semafóro de morosos actualizado y alertas sobre gaps de documentación (reglamentos desactualizados, actas sin firmar, fondo de reserva por debajo del mínimo legal).

IgeraFincas — Condominio Torre Alborada QRO
¿Cuál es el quórum para una obra mayor en QRO?

Para obras mayores en áreas comunes, la Ley de Condominios de Querétaro (Art. 38) exige el voto favorable de condóminos que representen más del 75% del indiviso total.

Este quórum calificado no se reduce en segunda convocatoria. Si no se alcanza, la obra no puede ejecutarse sin una nueva asamblea.

Fuente: Ley de Condominios del Estado de Querétaro, Art. 38 — Acuerdos de obras mayores.

Escribe tu pregunta sobre el condominio…

Preguntas frecuentes sobre propiedad horizontal en México

Respuestas basadas en la Ley de Condominios federal y leyes estatales vigentes 2026

¿Qué es la propiedad horizontal en México?+
La propiedad horizontal en México es el régimen jurídico que regula los edificios divididos en unidades privativas (departamentos, locales, estacionamientos) con áreas comunes compartidas. Se rige por el Código Civil Federal y por las leyes de condominios de cada estado, otorgando a cada condómino derechos exclusivos sobre su unidad y derechos proporcionales sobre las áreas comunes conforme a su coeficiente de indiviso.
¿Cuál es la diferencia entre la Ley federal y las leyes estatales de condominios?+
México cuenta con un marco federal de referencia (Código Civil Federal) y 32 leyes estatales de condominios. La Ley federal establece principios generales, mientras que cada estado adapta quorúms, plazos de convocatoria, procedimientos de cobro a morosos y requisitos del administrador. Estados como CDMX, Querétaro y Baja California tienen leyes muy desarrolladas con mecanismos específicos de gestión. Es fundamental consultar la ley de tu estado, no solo el marco federal.
¿Qué es el fondo de reserva en un condominio?+
El fondo de reserva es una cuenta obligatoria destinada a cubrir gastos imprevistos, reparaciones mayores y sustitución de equipos comunes. La mayoría de las leyes estatales en México establecen un mínimo del 10% del presupuesto anual ordinario. Solo puede utilizarse para obras y reparaciones de elementos comunes, nunca para cubrir gastos operativos del día a día. Debe depositarse en una cuenta bancaria separada e identificada como fondo de reserva del condominio.
¿Cómo se convoca una asamblea de condóminos?+
La convocatoria la realiza el administrador o el comité de vigilancia con un mínimo de 5 a 10 días de anticipación según la ley estatal, indicando lugar, fecha, hora y orden del día completo. Debe notificarse por escrito a cada condómino en su unidad o mediante aviso en zonas comunes visibles. En CDMX, la asamblea ordinaria debe celebrarse al menos una vez al año dentro del primer trimestre del ejercicio.
¿Qué pasa si un condómino no paga la cuota de mantenimiento?+
El condómino moroso pierde el derecho a votar en asambleas pero conserva el derecho de voz. El administrador puede emitir un requerimiento de pago formal; si persiste el impago, la asamblea puede autorizar acciones legales, cobro de intereses moratorios y en algunos estados la limitación de servicios no esenciales (amenidades). En última instancia se puede iniciar juicio ejecutivo civil para recuperar la deuda condominial con posibilidad de embargo sobre la unidad.
¿Puede el administrador limitar servicios a un moroso?+
Depende de la ley estatal. En algunos estados como CDMX está permitido limitar servicios no esenciales como amenidades y áreas recreativas, pero está estrictamente prohibido cortar agua, electricidad o servicios de seguridad básica, ya que esto afecta el derecho a una vivienda digna y puede generar responsabilidad penal al administrador. Cualquier limitación de servicios debe estar respaldada por acuerdo explícito de asamblea y por el reglamento interno.
¿Qué quórum se necesita para aprobar obras mayores?+
Las obras mayores que afectan elementos comunes generalmente requieren mayoría calificada: entre el 66% y el 75% del indiviso total, según la ley estatal. En Querétaro se exige el voto favorable de condóminos que representen más del 75% del indivisopara obras de gran envergadura. Este quórum calificado no se reduce en segunda convocatoria: si no se alcanza, no puede ejecutarse la obra.
¿Cómo puede IgeraFincas ayudar a mi condominio en México?+
IgeraFincas indexa la Ley de Condominios de tu estado (CDMX, QRO, BC y otras), el reglamento interno, las actas de asamblea y los contratos vigentes. Cuando un condómino hace una consulta por WhatsApp o widget web, responde en segundos citando el artículo exacto aplicable. El administrador recibe un dashboard con las preguntas más frecuentes, un semáforo de morosos y alertas sobre gaps de documentación. Sin alucinaciones: cada respuesta es trazable al documento fuente. Prueba gratuita en IgeraFincas México.

Automatiza las consultas de tu condominiocon la ley estatal de México integrada

IgeraFincas responde el 78% de las consultas de condóminos de forma automática, citando el artículo exacto de la Ley de Condominios aplicable. Prueba gratuita 14 días, sin tarjeta de crédito.