Directiva de Emisiones Industriales IED: Autorización Ambiental Integrada
La Directiva IED 2010/75/UE obliga a las grandes instalaciones industriales a obtener la AAI y cumplir los valores límite de emisión basados en las Mejores Técnicas Disponibles (MTD).
52.000
instalaciones en la UE
AAI
obligatoria Anexo I
4 años
para adaptar a nuevas MTD
¿Quién debe cumplir la Directiva IED?
Las instalaciones del Anexo I: combustión (>50 MW), refinerías, coquerías, industria metálica (acero, aluminio, fundiciones), industria mineral (cemento, vidrio, cerámica), industria química, gestión de residuos peligrosos e instalaciones ganaderas intensivas. En España, la transposición es la Ley 16/2002 IPPC y el RDL 1/2016.
Proceso de obtención de la AAI
- Solicitud a la autoridad competente autonómica con documentación técnica completa
- Período de información pública y consulta a administraciones afectadas
- Propuesta de resolución con VLE basados en MTD del BREF aplicable
- Resolución definitiva con condiciones de explotación, VLE y programa de seguimiento
- Comunicación de inicio de actividad y puesta en marcha del sistema de autocontrol
Preguntas frecuentes
¿Qué instalaciones están obligadas a obtener la AAI según la Directiva IED?
Las instalaciones incluidas en el Anexo I de la Directiva IED: grandes instalaciones de combustión (>50 MW térmicos), refinerías, coquerías, industrias metálicas (acero, aluminio, fundiciones), industrias minerales (cemento, vidrio, cerámica), industrias químicas (volúmenes de producción establecidos), gestión de residuos peligrosos e instalaciones avicultoras/ganaderas intensivas (más de 40.000 aves o 2.000 cerdos de cría).
¿Qué son las MTD y cómo se aplican en la práctica?
Las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) son la base de los valores límite de emisión (VLE) que la autoridad competente fija en la AAI. Se definen en los Documentos de Referencia BREF (Best Available Techniques Reference Documents) elaborados por el IPPC Bureau de Sevilla. Cuando se publica una decisión de ejecución con Conclusiones MTD, la instalación tiene 4 años para adaptar sus emisiones a los nuevos VLE asociados.
¿Con qué frecuencia se revisa la Autorización Ambiental Integrada?
La AAI debe revisarse periódicamente y, en todo caso, cuando se publiquen nuevas Conclusiones MTD para la actividad, cuando la contaminación causada por la instalación exija revisar los VLE, o cuando se produzcan cambios sustanciales en la instalación. En España, la ley 16/2002 establece que la autoridad revisa la AAI de oficio al menos cada 8 años.
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