MODELO 714 · IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO · PLAZO 30 JUNIO 2026

Modelo 714 — Impuesto sobre el Patrimonio: Todo lo que necesitas saber en 2026

El Modelo 714 grava el patrimonio neto de personas físicas a 31 de diciembre. Mínimo exento estatal €700.000. Grandes diferencias entre CCAA: Madrid y Andalucía exentos al 100%, Cataluña del 0,21% al 2,75%.

¿Qué es el Modelo 714?

El Modelo 714 es la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio (IP), regulado por la Ley 19/1991 (LIP). Es un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas, lo que significa que estas pueden regular aspectos sustanciales como el mínimo exento, los tipos de gravamen y las bonificaciones.

Grava el patrimonio neto de las personas físicas a 31 de diciembre de cada año. Se declara en la campaña de renta, simultáneamente con el Modelo 100.

Regulación
Ley 19/1991 (LIP)
Mínimo exento estatal
€700.000
Exención vivienda habitual
Hasta €300.000
Plazo 2026
Hasta 30 junio 2026

¿Quién debe presentarlo?

Están obligados a declarar (art. 37 LIP):

Patrimonio neto > €700.000

Mínimo exento estatal (deducida la exención de vivienda habitual de hasta €300.000)

Base imponible > €2.000.000

Aunque el patrimonio neto sea inferior (sin deducir deudas), la declaración es obligatoria

Bienes y derechos sujetos al IP

Inmuebles (valor catastral/adquisición/mercado)
Depósitos y cuentas bancarias
Valores cotizados (cotización a 31/12)
Participaciones en sociedades no cotizadas
Seguros de vida con valor de rescate
Joyas, obras de arte, pieles

Principales exenciones

  • Vivienda habitual: hasta €300.000 (estatal)
  • Participaciones en empresas familiares (art. 4.Ocho LIP)
  • Plan de pensiones y derechos de pensión

Diferencias autonómicas clave en 2026

Madrid
EXENTO
Bonificación 100%
Cuota efectiva cero. Obligación formal de declarar si se superan umbrales estatales.
Andalucía
EXENTO
Bonificación 100%
Cuota efectiva cero. Misma situación que Madrid desde la reforma de 2022.
Cataluña
TRIBUTA
0,21% – 2,75%
Mínimo exento €500.000 (inferior al estatal). Tipos progresivos por tramos.
Baleares
TRIBUTA
0,28% – 3,45%
Tipos más altos de España. Mínimo exento estatal (€700.000).
País Vasco y Navarra
FORAL
Régimen foral propio
Normativa y tipos propios. Consultar con especialista en fiscalidad foral.
Resto CCAA
ESTATAL
0,2% – 3,5% (tarifa estatal)
Aplican la tarifa y el mínimo exento estatal de €700.000.

Plazos del Modelo 714 en 2026

PeríodoFecha límite
Presentación por internet (resultado 0 o a devolver)Hasta el 30 de junio de 2026
Con resultado a ingresar — domiciliación bancariaHasta el 25 de junio de 2026 (cargo el 30)
Presentación presencial en oficinaNo disponible — solo telemática
Período de devengo31 de diciembre de 2025 (patrimonio a esa fecha)

Cómo automatiza IgeraGestories las consultas del Modelo 714

🏘️

Umbrales y obligación

Responde quién debe declarar según patrimonio neto, diferenciando el umbral estatal y el de cada CCAA.

🗺️

Diferencias autonómicas

Explica por qué Madrid y Andalucía son efectivamente exentos pero mantienen obligación formal de declarar.

🏭

Empresa familiar

Informa sobre los requisitos del art. 4.Ocho LIP para la exención de participaciones en empresas familiares.

🏠

Valoración de bienes

Aclara cómo se valoran inmuebles (valor catastral, adquisición o mercado, el mayor de los tres) y participaciones no cotizadas.

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Preguntas frecuentes sobre el Modelo 714

Las consultas más habituales que reciben las gestorías sobre el Impuesto sobre el Patrimonio y que IgeraGestories responde automáticamente.

¿Quién está obligado a declarar el Impuesto sobre el Patrimonio con el Modelo 714 en 2026?+

Están obligados a presentar el Modelo 714 en 2026 (por el patrimonio a 31 de diciembre de 2025) las personas físicas cuyo patrimonio neto supere €700.000 (mínimo exento estatal, deducida la exención de vivienda habitual de hasta €300.000) o cuya base imponible (sin deducir deudas) supere €2.000.000. Sin embargo, las Comunidades Autónomas pueden regular su propio mínimo exento: Cataluña lo fija en €500.000, mientras que Madrid y Andalucía aplican bonificación del 100% aunque mantienen la obligación formal de declarar si se superan los umbrales.

¿Cuáles son los plazos del Modelo 714 en 2026?+

El Modelo 714 del Impuesto sobre el Patrimonio se presenta en los mismos plazos que la declaración de la renta (Modelo 100): campaña de la renta 2026. La presentación por internet es hasta el 30 de junio de 2026. Si el resultado es a ingresar y se opta por domiciliación bancaria, el plazo de presentación se adelanta al 25 de junio (el cargo en cuenta se produce el 30 de junio). El IP siempre se presenta telemáticamente, no existe presentación presencial en oficina para este modelo.

¿Por qué en Madrid no se paga el Impuesto sobre el Patrimonio?+

La Comunidad de Madrid aprobó una bonificación del 100% sobre la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio, lo que significa que ningún contribuyente residente en Madrid paga efectivamente el IP. Sin embargo, esto no significa que no exista la obligación de declarar: las personas físicas con patrimonio neto superior a €700.000 o base imponible superior a €2.000.000 siguen obligadas a presentar el Modelo 714 aunque la cuota sea cero. El Gobierno fijó en 2023 el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas para compensar el efecto de la bonificación madrileña.

¿Cómo tributan las participaciones en empresas familiares en el Impuesto sobre el Patrimonio?+

Las participaciones en entidades pueden estar exentas del IP si cumplen los requisitos del art. 4.Ocho LIP: (1) que la participación sea al menos del 5% individual o del 20% del grupo familiar; (2) que el titular ejerza funciones de dirección efectiva en la empresa; (3) que la remuneración por esas funciones supere el 50% de los rendimientos totales del trabajo y actividades económicas del titular; y (4) que la entidad no tenga como actividad principal la gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario. Si se cumplen todos los requisitos, el valor de la participación queda exento del IP.

¿Cómo gestiona IgeraGestories las consultas sobre el Impuesto sobre el Patrimonio?+

IgeraGestories tiene indexada la Ley 19/1991 (LIP) y la normativa autonómica del IP de las principales comunidades autónomas. Responde consultas sobre quién debe declarar, los umbrales de obligación, la exención de empresa familiar (art. 4 LIP), las diferencias entre CCAA (Madrid exento, Cataluña, Baleares, País Vasco), cómo se valoran los inmuebles (catastral vs adquisición vs mercado), y los plazos de presentación. Es especialmente útil para gestorías con clientes de alto patrimonio o con participaciones en empresas familiares.

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