Modelo 360 — Devolución de IVA en la UE:
Todo lo que necesitas saber en 2026
Solicita la devolución del IVA soportado en otros países de la UE a través de la AEAT. Directiva 2008/9/CE, umbrales mínimos y plazo 30 de septiembre de 2026.
¿Qué es el Modelo 360?
El Modelo 360 es la solicitud de devolución del IVA soportado en otros Estados miembros de la Unión Europea por empresarios o profesionales establecidos en España. Transpone la Directiva 2008/9/CE del Consejo, que armonizó el procedimiento de devolución del IVA entre países miembros de la UE.
Se tramita íntegramente a través de la Sede Electrónica de la AEAT, que actúa como intermediaria: recibe la solicitud del empresario español y la reenvía al Estado miembro donde se soportó el IVA. Es ese Estado miembro quien resuelve, aprueba o deniega, y en su caso ejecuta el pago.
Base Legal
Directiva 2008/9/CE del Consejo, transpuesta en la Ley del IVA española (art. 119 LIVA).
Tramitación
Se presenta ante la AEAT española, que reenvía al Estado miembro correspondiente para su resolución.
Periodicidad
Anual o trimestral, siempre con plazo hasta el 30 de septiembre del año siguiente al período solicitado.
Mínimos
€400 mínimo para solicitudes trimestrales. €50 mínimo para solicitud anual completa.
¿Quién puede solicitar el Modelo 360?
Pueden presentar el Modelo 360 los empresarios y profesionales establecidos en España que hayan soportado IVA en compras o gastos realizados en otro Estado miembro de la UE. Para ello deben cumplir todos los requisitos siguientes:
No establecidos en el Estado miembro del gasto
No deben tener establecimiento permanente ni sede en el país donde soportaron el IVA que solicitan devolver.
Sin operaciones sujetas en ese Estado miembro
No realizan operaciones sujetas a IVA en ese país, salvo entregas de bienes o servicios con inversión del sujeto pasivo.
Superar el umbral mínimo
El IVA a solicitar debe superar los umbrales mínimos establecidos: €400 para solicitudes trimestrales, €50 para solicitudes anuales.
Actividad sujeta al IVA en España
Deben realizar en España actividades empresariales o profesionales sujetas al IVA que generen derecho a deducción.
Tipos de gastos habituales: combustible, peajes, alquiler de vehículos, transporte, hoteles, restaurantes (según admisibilidad de cada Estado miembro), ferias y exposiciones, servicios de consultoría locales. Las condiciones de deducibilidad las fija cada Estado miembro y pueden diferir de las españolas.
Umbrales Mínimos y Plazos 2026
La Directiva 2008/9/CE establece importes mínimos y la AEAT fija el calendario de presentación del Modelo 360 para el ejercicio 2026.
Umbrales Mínimos
| Período de solicitud | IVA mínimo a solicitar | Duración mínima |
|---|---|---|
| Año natural completo / última parte del año | €50 | Mínimo 1 mes |
| Período trimestral | €400 | Mínimo 3 meses |
Plazos de Presentación 2026
| Solicitud referida a | Plazo máximo | Resolución Estado miembro |
|---|---|---|
| Año 2025 (solicitud anual) | 30 de septiembre de 2026 | 4-8 meses desde recepción |
| Trimestres de 2026 ya transcurridos | 30 de septiembre de 2026 | 4-8 meses desde recepción |
Plazos de pago: Una vez resuelta favorablemente la solicitud, el Estado miembro debe efectuar el pago dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución. En caso de demora en la devolución, el Estado miembro deberá abonar intereses de demora según su normativa nacional.
Cómo IgeraGestories automatiza el Modelo 360
IgeraGestories tiene indexada la Directiva 2008/9/CE, la Ley del IVA española (art. 119 LIVA) y las instrucciones actualizadas de la AEAT para el Modelo 360. El asistente IA de tu gestoría responde en segundos las consultas más frecuentes de tus clientes.
- ✓Qué gastos generan derecho a devolución de IVA en la UE
- ✓Umbrales mínimos aplicables (€400 trimestral / €50 anual)
- ✓Documentación necesaria: facturas y requisitos por país
- ✓Plazos de resolución de cada Estado miembro
- ✓Cómo solicitar períodos parciales o trimestrales
- ✓Intereses de demora aplicables en caso de retraso
CONSULTA DE EJEMPLO
RESPUESTA IGERAGESTORIES
Planes y Precios
Elige el plan que mejor se adapta al volumen y necesidades de tu gestoría.
Starter
Para gestorías pequeñas
- ✓Normativa preindexada (Modelo 360 + LPH)
- ✓20 documentos propios
- ✓1 widget de consulta
- ✓500 consultas/mes
- ✓Soporte por email
Professional
Para gestorías en crecimiento
- ✓Todo el plan Starter
- ✓Documentos ilimitados
- ✓5 widgets de consulta
- ✓2.000 consultas/mes
- ✓Analytics de consultas
- ✓Soporte prioritario
Enterprise
Para grandes grupos de gestorías
- ✓Todo el plan Professional
- ✓Widgets ilimitados
- ✓Consultas ilimitadas
- ✓Acceso API REST
- ✓SLA 99.9% garantizado
- ✓Account manager dedicado
Preguntas Frecuentes
Todo lo que necesitas saber sobre el Modelo 360 y la devolución del IVA en la UE.
¿Qué es el Modelo 360 y para qué sirve?
El Modelo 360 es la solicitud de devolución del IVA soportado en otros Estados miembros de la Unión Europea por empresarios o profesionales establecidos en España. Se basa en la Directiva 2008/9/CE del Consejo, que armonizó el procedimiento de devolución del IVA entre países miembros. La solicitud se presenta ante la AEAT española a través de su Sede Electrónica, y esta la tramita y reenvía al Estado miembro donde se soportó el IVA, que es quien resuelve y paga.
¿Qué gastos permiten solicitar devolución de IVA de otro país UE con el Modelo 360?
Pueden dar lugar a devolución los gastos realizados en otro Estado miembro de la UE que cumplan las condiciones de deducibilidad vigentes en ese Estado: habitualmente combustible, alquiler de vehículos, transporte, hotel, restaurantes (según cada país), ferias y exposiciones, y servicios profesionales locales. Las condiciones de deducibilidad las fija cada Estado miembro, por lo que el porcentaje deducible puede diferir del español.
¿Cuál es el importe mínimo para presentar el Modelo 360?
La Directiva 2008/9/CE establece umbrales mínimos: si la solicitud abarca un año natural completo o la última parte del año, el IVA solicitado debe ser de al menos 50 euros. Si la solicitud abarca un período mínimo de tres meses (trimestre), el IVA debe ser de al menos 400 euros. Solicitudes por importes inferiores no son admisibles. La AEAT transpone estos umbrales en el procedimiento del Modelo 360.
¿En cuánto tiempo resuelve el Estado miembro la solicitud del Modelo 360?
Los plazos de resolución los fija cada Estado miembro, pero la Directiva 2008/9/CE establece que deben notificar al solicitante la decisión en un plazo de 4 meses desde la recepción. Si solicitan información adicional, el plazo puede ampliarse hasta 6 u 8 meses. El pago debe realizarse en los 10 días hábiles siguientes a la resolución favorable. En caso de demora, se aplican intereses de demora.
¿Cómo ayuda IgeraGestories a gestorías con clientes que recuperan IVA en la UE?
IgeraGestories tiene indexada la Directiva 2008/9/CE y las instrucciones de la AEAT para el Modelo 360. Responde consultas sobre qué gastos son elegibles, umbrales mínimos, documentación necesaria (facturas con los requisitos del Estado miembro), plazos de presentación y resolución, y cómo tratar las solicitudes parciales por trimestres. Libera al asesor de responder estas preguntas técnicas y le permite centrarse en la gestión efectiva de las solicitudes.
Automatiza las consultas del Modelo 360
en tu gestoría hoy mismo
Tus clientes preguntan. IgeraGestories responde con precisión normativa, citando la Directiva 2008/9/CE y las instrucciones de la AEAT. Solicita una demo gratuita y compruébalo.
Solicitar demo gratuitaSin compromiso · Configuración en 24h · Cancela cuando quieras
© 2026 IgeraSolutions · IgeraGestories · Todos los derechos reservados