Guía práctica · 2026

Inspección Técnica de Edificios (ITE): Cuándo Toca y Qué Pasa si No Se Hace 2026

La ITE es obligatoria para edificios de más de 45 años en Catalunya y más de 50 en España. Las sanciones por no realizarla llegan hasta los 90.000€. Aquí tienes todo el procedimiento y la diferencia con el IEE.

90.000€

sanción máxima por no hacer ITE

10 años

periodicidad obligatoria

+45 años

edificios obligados en Catalunya

Fuente: Decret 67/2015 Catalunya · Art. 29 Llei 8/2013 · Llei 18/2007 art. 33 · RD 233/2013

Respuesta directa

En Catalunya, la ITE es obligatoria para edificios de más de 45 años (Decret 67/2015) y debe renovarse cada 10 años. No realizarla puede suponer multas de hasta 90.000€. Si sale desfavorable, hay que subsanar las deficiencias en el plazo que fije el ayuntamiento.

Preguntas frecuentes sobre la ITE

¿Cuándo es obligatoria la Inspección Técnica del Edificio (ITE)?

La ITE es obligatoria en función de la antigüedad del edificio. La normativa varía según la comunidad autónoma: (1) En Catalunya (Decret 67/2015): todos los edificios de más de 45 años deben pasar la ITE. La convocatoria se escalonó por antigüedad, y en 2026 prácticamente todos los edificios del parque inmobiliario catalán anterior a 1981 deben haberla realizado. (2) A nivel estatal (Art. 29 Ley 8/2013 de Rehabilitación): edificios de más de 50 años en municipios de más de 25.000 habitantes. (3) También pueden exigirla los ayuntamientos por ordenanza municipal. Además de la inspección inicial, la ITE debe renovarse cada 10 años en Catalunya.

¿Quién puede realizar la Inspección Técnica del Edificio?

La ITE debe ser realizada por un técnico competente colegiado: arquitecto, aparejador (arquitecto técnico) o ingeniero de edificación. El técnico actúa por cuenta de la comunidad de propietarios (quien lo contrata y paga) e inspecciona el edificio de forma objetiva, sin que tenga ninguna relación de dependencia con la propiedad. El informe resultante debe ser firmado por el técnico y presentado ante el organismo urbanístico del ayuntamiento o la comunidad autónoma correspondiente. En Catalunya, el informe se deposita en el Registre d'Informes d'Avaluació dels Edificis.

¿Cuánto cuesta la ITE de una comunidad de propietarios?

El coste de la ITE depende del tamaño del edificio y la complejidad de la inspección. Los rangos aproximados en 2026 son: (1) Edificios de hasta 10 viviendas: 400-800€; (2) Edificios de 11-30 viviendas: 700-1.500€; (3) Edificios de más de 30 viviendas: 1.200-3.000€ o más. Estos importes incluyen la visita técnica, el informe escrito y el depósito en el registro administrativo correspondiente. La ITE es un gasto común de la comunidad de propietarios, que se reparte por coeficiente de participación. No existe un precio oficial regulado; los honorarios los fija el técnico libremente.

¿Qué sanciones hay si la comunidad no pasa la ITE?

Las sanciones por no realizar la ITE o por no subsanar las deficiencias detectadas son graves: (1) En Catalunya: multas de 3.000€ a 90.000€ según el Art. 33 de la Llei 18/2007 del Dret a l'Habitatge; (2) A nivel estatal: el Art. 29 de la Ley 8/2013 habilita a los municipios a aplicar sus propias sanciones urbanísticas, que pueden incluir órdenes de ejecución forzosa; (3) Responsabilidad civil: si el edificio sufre daños a terceros derivados de una deficiencia no detectada o no subsanada, los propietarios pueden ser considerados responsables solidariamente; (4) Problemas con seguros: la aseguradora puede negarse a cubrir siniestros si el edificio no tiene la ITE al día.

¿Cuál es la diferencia entre la ITE y el IEE (Informe de Evaluación del Edificio)?

Son dos figuras complementarias: (1) ITE (Inspección Técnica del Edificio): evalúa el estado de conservación del edificio (estructura, fachada, cubierta, instalaciones). Obligatoria a partir de cierta antigüedad según CCAA. Resultado: apto, con deficiencias leves, importantes o graves. (2) IEE (Informe de Evaluación del Edificio): regulado por el RD 233/2013 y la Ley 8/2013, incluye la ITE más dos evaluaciones adicionales: accesibilidad del edificio y certificación de eficiencia energética. Es más completo que la ITE y es exigible en algunos programas de subvención (incluidas las ayudas Next Generation). En Catalunya, el equivalent al IEE es el IIAE (Informe de l'Inspector de l'Àmbit de l'Edifici).

¿Qué pasa si la ITE sale desfavorable?

Si la ITE detecta deficiencias, el informe las clasifica por gravedad: (1) Deficiencias leves: sin riesgo inmediato. La comunidad debe subsanarlas en el siguiente ciclo de revisión. (2) Deficiencias importantes: la comunidad debe presentar un plan de obras al ayuntamiento en un plazo (normalmente 12-18 meses en Catalunya). (3) Deficiencias graves o muy graves: el ayuntamiento puede ordenar la ejecución urgente de las obras y, en casos extremos, puede declarar el edificio en ruina. Si la comunidad no ejecuta las obras en el plazo fijado, el ayuntamiento puede ejecutarlas subsidiariamente a cargo de los propietarios.

¿Cada cuántos años hay que renovar la ITE?

La periodicidad de la ITE varía según la comunidad autónoma: (1) Catalunya: cada 10 años para edificios que ya la han pasado. El primer ciclo debe completarse según el calendario establecido por el Decret 67/2015. (2) Comunitat Valenciana: cada 10 años para edificios de más de 50 años. (3) Madrid: cada 10 años para edificios de más de 30 años en municipios de más de 25.000 habitantes. (4) Andalucía: cada 10 años para edificios de más de 50 años. Además de la renovación periódica, la ITE debe realizarse antes de cualquier obra de rehabilitación mayor o solicitud de subvención de rehabilitación.

¿Existe un registro de las ITE realizadas?

Sí. En Catalunya, los informes se depositan en el Registre d'Informes d'Avaluació dels Edificis, gestionado por la Generalitat de Catalunya. Este registro es público y permite comprobar si un edificio tiene la ITE al día antes de comprar una vivienda. En el resto de España, los ayuntamientos tienen sus propios registros de inspecciones. Cuando se compra una vivienda en un edificio que debería haber pasado la ITE, el notario puede verificar su estado en el registro correspondiente. La ausencia de ITE en un edificio que debería tenerla puede ser motivo de renegociación del precio de compraventa.

¿Cómo puede ayudar IgeraFincas con la gestión de la ITE?

IgeraFincas ayuda a los administradores a gestionar el ciclo de vida de las ITE de sus comunidades de varias formas: (1) Alertas automáticas cuando se aproxima la fecha de vencimiento de la ITE de cada comunidad; (2) Respuestas automáticas a propietarios que preguntan si el edificio tiene la ITE al día, cuándo vence y qué hacer si hay deficiencias; (3) Generación automática de la convocatoria de junta para aprobar la contratación de la ITE; (4) Gestión documental: almacena y indexa el informe de la ITE para que el administrador pueda consultarlo y compartirlo con técnicos o administraciones cuando sea necesario.

Cómo gestionar la ITE de tu comunidad paso a paso

  1. 1

    Comprobar antigüedad y obligación

    Verifica el año de construcción y la normativa de tu CCAA. En Catalunya: edificios >45 años están obligados (Decret 67/2015).

  2. 2

    Contratar técnico colegiado

    Arquitecto, aparejador o ingeniero colegiado. Solicita 2-3 presupuestos. El técnico visita el edificio y emite el informe.

  3. 3

    Presentar el informe al registro

    Deposita en el registro municipal o autonómico. En Catalunya: Registre d'Informes d'Avaluació dels Edificis.

  4. 4

    Ejecutar medidas correctivas

    Si hay deficiencias importantes o graves, elabora plan de obras y ejecútalo en el plazo fijado. Solicita subvenciones de rehabilitación.

Errores comunes que debes evitar

  • Confundir ITE con IEE: la ITE solo evalúa conservación. El IEE incluye además accesibilidad y eficiencia energética, y es necesario para muchas subvenciones.
  • No actuar tras deficiencias graves: ignorar las deficiencias detectadas puede derivar en responsabilidad civil de los propietarios si hay daños a terceros.
  • Contratar técnico sin colegiación: el informe de ITE solo tiene validez legal si lo firma un técnico competente colegiado. Los informes no oficiales no son aceptados por los ayuntamientos.
  • No registrar el informe: depositar el informe en el registro es un trámite obligatorio sin el cual la ITE no tiene efectos legales.

¿La ITE ha detectado deficiencias energéticas? Aprovecha las subvenciones disponibles: Aislamiento térmico en comunidad: Fondos Europeos y procedimiento 2026

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