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Modelo 037: Declaración Censal Simplificada para Autónomos (Guía 2026)

Marta Vilaró
24 de junio de 2026
8 min read
Modelo 037 declaración censal simplificada autónomos guía 2026

Última actualización: julio 2026 · 8 min de lectura · Autor: Marta Vilaró, Asesora fiscal, Colegiada ICAB

Respuesta directa: El Modelo 037 es la versión simplificada de la declaración censal, reservada a personas físicas residentes en España que cumplen requisitos concretos: no ser gran empresa, no pertenecer a un grupo de IVA, no estar en REDEME y no tributar en régimen de consolidación fiscal. Solo se presenta de forma electrónica. Es más corto que el 036 (4 páginas frente a 11) pero cualquier error en la elección del modelo obliga a repetir el trámite con el 036. IgeraGestories comprueba en segundos si un cliente cumple los requisitos del 037.

Modelo 037: Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, regulada en el art. 3 de la Orden EHA/1274/2007. Solo pueden usarla personas físicas residentes que cumplan los requisitos tasados de la orden; se presenta exclusivamente por vía electrónica en la Sede Electrónica de la AEAT.

57%

"El 57% de las altas de autónomos gestionadas por despachos que usan IgeraGestories se tramitan con el Modelo 037, frente al 43% que requiere el 036 — principalmente por tener más de una actividad con regímenes de IVA distintos o por operar como sociedad desde el primer día."

— Dato propietario IgeraSolutions, análisis de altas gestionadas Q1-Q2 2026

¿Quién puede usar el Modelo 037 en lugar del 036?

Puedes presentar el Modelo 037 si eres persona física, resides en España a efectos fiscales, y además cumples todos estos requisitos simultáneamente:

  • Tu domicilio fiscal coincide con el domicilio de gestión administrativa, si lo tienes
  • No eres gran empresa (tu volumen de operaciones del año anterior no superó los 6.010.121,04€)
  • No estás incluido en el régimen especial del grupo de entidades del IVA
  • No estás inscrito en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME)
  • No tributas en el régimen de consolidación fiscal del Impuesto sobre Sociedades (lógico, al ser persona física)
  • No eres un empresario o profesional no residente que opera mediante establecimiento permanente
  • No solicitas la inclusión en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) por primera vez con requisitos especiales de verificación

En la práctica, esto cubre a la inmensa mayoría de autónomos que inician actividad como persona física: comercio, servicios profesionales, hostelería, actividades por cuenta propia sin operativa internacional compleja.

¿Qué se declara en el Modelo 037?

Bloque Contenido
Identificación y causaNIF, nombre y apellidos, alta / modificación / baja
Domicilio fiscalDomicilio habitual del contribuyente, coincide con el de actividad
Actividad económicaEpígrafe IAE, fecha de inicio, lugar de ejercicio
Régimen de IVAGeneral, simplificado, recargo de equivalencia, exento
IRPFEstimación directa (normal o simplificada) u objetiva (módulos)

¿Cómo se presenta el Modelo 037 paso a paso?

1

Accede a la Sede Electrónica de la AEAT

El 037 solo se presenta de forma electrónica desde 2018 — no existe modalidad en papel. Necesitas certificado digital, Cl@ve PIN o, si es una gestoría, apoderamiento del cliente.

2

Selecciona la causa de presentación

Alta si empiezas actividad, modificación si cambias domicilio, actividad o régimen fiscal, baja si cesas la actividad económica.

3

Indica el epígrafe IAE y la fecha de inicio

Elige el epígrafe correcto del Impuesto sobre Actividades Económicas — determina el régimen de módulos aplicable y el tipo de retenciones si emites facturas a otros profesionales.

4

Elige régimen de IVA e IRPF

Marca el régimen de IVA (general, simplificado, recargo de equivalencia) y el método de determinación del rendimiento en IRPF (estimación directa u objetiva) coherentes con tu actividad.

5

Presenta antes de facturar

El alta debe presentarse antes del inicio efectivo de la actividad. Emitir la primera factura sin alta previa es una de las causas más frecuentes de requerimiento de la AEAT.

¿Cuáles son los errores más comunes al usar el Modelo 037?

Error frecuente Consecuencia Solución
Usar el 037 al constituir una SLDeclaración inválida, la entidad jurídica no puede usar el 037Presentar Modelo 036 para la sociedad
Marcar mal el epígrafe IAERetenciones o régimen de módulos incorrectos en facturasModificación censal urgente con nuevo 037
No comunicar el domicilio de actividad si difiere del fiscalRequiere pasar al Modelo 036 (el 037 exige que coincidan)Verificar antes de presentar cuál modelo corresponde
Presentar el alta después de emitir la primera facturaRiesgo de sanción por ejercer actividad sin alta censalPresentar siempre antes del inicio de actividad

Com ho resol IgeraGestories

Pregunta:

"Un cliente autónomo residente en Andorra quiere darse de alta en España, ¿puede usar el 037?"

IgeraGestories responde:

"No. El Modelo 037 exige residencia fiscal en España (art. 3 Orden EHA/1274/2007). Un contribuyente no residente, aunque sea persona física, debe usar el Modelo 036, que incluye las páginas específicas de identificación de no residentes y, en su caso, del representante fiscal en España."

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¿Tu despacho tramita altas de autónomos cada semana y quiere evitar errores de modelo?

IgeraGestories verifica automáticamente si un cliente cumple los requisitos del Modelo 037 o necesita el 036, citando siempre el artículo exacto de la Orden EHA/1274/2007.

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En resumen: Modelo 037

  • Solo para personas físicas residentes que no sean gran empresa, ni estén en grupo de IVA, REDEME o consolidación fiscal
  • Es más corto que el 036 y se presenta exclusivamente por vía electrónica
  • Constituir una sociedad o tener domicilio de actividad distinto del fiscal obliga a usar el 036

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 037

¿El Modelo 037 tiene coste de presentación?

No. La presentación censal es gratuita, tanto el 036 como el 037. No conlleva tasas ni pagos a la AEAT; solo genera obligaciones fiscales derivadas de la actividad declarada (IVA, IRPF, retenciones).

¿Puedo presentar el 037 en papel si tengo problemas con el certificado digital?

No. Desde 2018 el Modelo 037 —igual que el 036— se presenta exclusivamente por vía electrónica. Si no dispones de certificado digital puedes usar Cl@ve PIN, o acudir a una gestoría que presente en tu nombre mediante apoderamiento en el Registro de Apoderamientos de la AEAT.

¿Qué pasa si presento el 037 y luego descubro que debía ser el 036?

Debes presentar un nuevo Modelo 036 con la totalidad de los datos correctos, indicando modificación. La AEAT no aplica sanción automática por este cambio si se corrige diligentemente, pero conviene regularizarlo cuanto antes para evitar incidencias en futuras notificaciones o comprobaciones.

¿Los autónomos societarios (administradores de su propia SL) pueden usar el 037?

No para la sociedad, que siempre necesita el Modelo 036. El administrador, como persona física, sí presenta su propia alta en el RETA (a través de Seguridad Social, no de Hacienda) y no necesita un 037 o 036 personal salvo que ejerza además actividad económica propia diferenciada de la sociedad.

¿Cómo doy de baja el Modelo 037 si ceso la actividad?

Se presenta un nuevo 037 marcando la causa «baja» dentro del mes siguiente al cese efectivo de la actividad. Es imprescindible para dejar de generar obligaciones de IVA e IRPF por módulos o estimación directa, y para evitar requerimientos por declaraciones no presentadas.

¿El Modelo 037 permite declarar más de una actividad económica?

Sí, siempre que todas cumplan los requisitos del régimen simplificado. Si una de las actividades exige régimen especial de IVA o supone superar los umbrales del art. 3 de la Orden EHA/1274/2007, deja de ser aplicable el 037 y corresponde usar el 036 para el conjunto de actividades.

Última actualización: julio 2026 | Fuentes: Orden EHA/1274/2007, RD 1065/2007 Reglamento General de Aplicación de los Tributos, Sede Electrónica AEAT 2026, dato propietario IgeraSolutions Q1-Q2 2026 | Autor: Marta Vilaró, Asesora fiscal, Colegiada ICAB | IgeraGestories — prueba gratis 14 días. Sede electrónica AEAT Este contenido tiene finalidad informativa y no constituye asesoramiento fiscal profesional. Para tu caso concreto, consulta con un gestor o asesor fiscal colegiado.

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