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Modelo 035: Registro en el Régimen de Importación IOSS (Guía 2026)

Marta Vilaró
5 de julio de 2026
8 min read
Modelo 035 régimen de importación IOSS ventas a distancia 2026

Última actualización: julio 2026 · 8 min de lectura · Autor: Marta Vilaró, Asesora fiscal, Colegiada ICAB

Respuesta directa: El Modelo 035 es la declaración de inicio, modificación o cese en el régimen de importación (IOSS, Import One-Stop Shop), pensado para vendedores y plataformas que facilitan ventas a distancia de bienes importados de terceros países con un valor intrínseco no superior a 150€. Una vez registrado, el IVA se cobra al comprador en el momento de la venta y se declara mensualmente, evitando que el paquete quede retenido en aduana a la espera de que el consumidor pague el IVA de importación. IgeraGestories ayuda a las gestorías a identificar qué clientes de e-commerce transfronterizo necesitan el IOSS y a controlar el plazo mensual de presentación.

Modelo 035 (IOSS): Declaración de inicio, modificación o cese de operaciones en el régimen especial aplicable a las ventas a distancia de bienes importados de países o territorios terceros, siempre que el valor intrínseco de los bienes por envío no supere los 150€. Es el trámite de registro previo a la declaración mensual del IVA mediante el propio Modelo 035 en su función declarativa periódica.

150€

"El IOSS solo cubre envíos con valor intrínseco igual o inferior a 150€ por paquete, excluyendo productos sujetos a impuestos especiales (alcohol, tabaco). Por encima de ese umbral, la importación sigue el régimen aduanero ordinario con liquidación de IVA e impuestos en aduana, no el IOSS. Desde la eliminación de la exención de 22€ en julio de 2021, todas las importaciones —sin excepción de importe mínimo— generan IVA en la UE."

— Reglamento (UE) 2019/2026; Reglamento de Ejecución (UE) 2020/194

¿Quién puede acogerse al régimen de importación IOSS?

Pueden registrarse en el IOSS mediante el Modelo 035:

  • Vendedores establecidos en la UE que venden a distancia bienes importados de terceros países a consumidores finales europeos
  • Vendedores no establecidos en la UE que designan un intermediario establecido en la UE para representarles (obligatorio salvo que exista acuerdo de asistencia mutua entre la UE y el país tercero, como Noruega)
  • Plataformas o interfaces electrónicas (marketplaces) que facilitan la venta —se consideran sujeto pasivo a efectos de IVA cuando facilitan la venta de bienes importados de terceros países con valor ≤150€, aunque el vendedor real sea otro
  • Intermediarios que actúan en nombre de varios vendedores no establecidos, gestionando el registro y las declaraciones de todos ellos bajo un único número de identificación IOSS por vendedor representado

¿Cómo simplifica el IOSS el cobro del IVA en importaciones?

Antes del IOSS, el IVA de una importación se liquidaba en la aduana del país de destino en el momento de la entrada del paquete: el transportista adelantaba el IVA y lo repercutía al comprador junto con una tasa de gestión aduanera, generando retrasos y sorpresas de cobro. Con el IOSS, el proceso cambia radicalmente:

Aspecto Con IOSS Sin IOSS (régimen ordinario)
Momento de cobro del IVAEn el checkout, junto al precio del productoEn la aduana, al recibir el paquete
Tipo de IVA aplicadoTipo del Estado miembro de destino del compradorIgual, pero calculado en aduana
Despacho aduaneroAgilizado, IVA ya pagado (número IOSS en la declaración)Retenido hasta liquidación y pago por el destinatario
Declaración del IVAMensual, centralizada en el Estado de identificaciónNo aplica (lo liquida la aduana o el transportista)
Experiencia del compradorPrecio final cerrado, sin sorpresasCoste adicional y retraso al recibir el paquete

¿Cómo se presenta el alta con el Modelo 035?

1

Determina si necesitas intermediario

Empresas establecidas en la UE pueden registrarse directamente. Empresas no establecidas en la UE (salvo Noruega, con acuerdo de asistencia mutua) deben nombrar un intermediario con responsabilidad solidaria por el IVA declarado.

2

Presenta el Modelo 035 en la Sede Electrónica de la AEAT

Indica datos identificativos, actividad de venta a distancia de bienes importados y, si aplica, los datos del intermediario designado.

3

Recibe el número de identificación IOSS

Este número —formato «IM» seguido de dígitos— debe incluirse en la declaración aduanera de cada envío para que el paquete se despache sin retención de IVA en la frontera.

4

Cobra el IVA en el punto de venta y declara mensualmente

A partir de la fecha de alta, cada mes se presenta la declaración con el IVA cobrado desglosado por Estado miembro de consumo, con plazo hasta el último día del mes siguiente.

¿Es obligatorio usar el IOSS?

No. El IOSS es voluntario. Un vendedor puede seguir usando el régimen ordinario, en cuyo caso el IVA se liquida en la aduana del país de destino y suele repercutirse al comprador junto con una tasa de gestión del transportista. Para volúmenes de venta relevantes hacia consumidores de la UE, el IOSS mejora la conversión porque elimina sorpresas de cobro en la entrega —un factor determinante en el abandono de carrito en e-commerce transfronterizo. → Prueba gratis 14 días IgeraGestories para automatizar el seguimiento del umbral de 150€ por envío y evitar declaraciones IOSS erróneas.

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Pregunta:

"Mi cliente vende relojes desde China vía dropshipping, algunos pedidos superan los 150€, ¿aplica el IOSS a todos?"

IgeraGestories responde:

"No. El IOSS solo cubre envíos con valor intrínseco ≤150€ por paquete individual (Reglamento (UE) 2019/2026). Los pedidos que superen ese umbral quedan fuera del IOSS y siguen el régimen aduanero ordinario, con liquidación de IVA e impuestos en aduana. Tu cliente necesita gestionar ambos flujos por separado."

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En resumen: Modelo 035 e IOSS

  • Cubre exclusivamente importaciones de bienes con valor ≤150€ por envío
  • El IVA se cobra en el checkout, no en la aduana, agilizando el despacho
  • Una vez registrado, la declaración es mensual (no trimestral como el 369)
  • Vendedores no establecidos en la UE necesitan intermediario, salvo excepciones por acuerdo de asistencia mutua

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 035 e IOSS

¿El IOSS se aplica a productos con impuestos especiales como alcohol o tabaco?

No. Los bienes sujetos a impuestos especiales quedan excluidos del IOSS, aunque su valor sea inferior a 150€. Estos envíos siempre siguen el régimen aduanero ordinario con liquidación de impuestos especiales e IVA en la importación.

¿Qué tipo de IVA se aplica en una venta IOSS?

El tipo de IVA vigente en el Estado miembro de destino del comprador, no el del país del vendedor. Un mismo producto puede llevar el 21% si se envía a España o el 19% si se envía a Alemania, por ejemplo, y el vendedor debe aplicar el tipo correcto en el momento del cobro.

¿Puede un marketplace declarar el IOSS en nombre de varios vendedores?

Sí. Cuando la plataforma electrónica se considera sujeto pasivo facilitador de la venta, es ella quien se registra en el IOSS y declara el IVA de todas las ventas facilitadas, no cada vendedor individual que opera a través de la plataforma.

¿Qué pasa si no me registro en el IOSS y sigo vendiendo bienes importados de menos de 150€?

Puedes seguir vendiendo, pero el IVA se liquidará en la aduana del país de destino en el momento de la importación, generalmente adelantado por el transportista, que lo repercute al comprador junto con una tasa de gestión. Esto ralentiza la entrega y perjudica la experiencia de compra frente a competidores que sí usan IOSS.

¿Cómo se calcula el valor intrínseco de 150€ si el envío incluye varios artículos?

El límite de 150€ se aplica al valor del envío completo (el paquete), no a cada artículo individual dentro de él. Si un mismo pedido con varios productos supera los 150€ en conjunto, todo el envío queda fuera del IOSS aunque cada artículo por separado valga menos.

¿Cómo ayuda IgeraGestories a controlar el plazo mensual del IOSS?

IgeraGestories cruza las fechas de alta en el Modelo 035 con el calendario de declaraciones mensuales de cada cliente registrado en IOSS y genera alertas automáticas antes del último día del mes siguiente, el plazo legal de presentación de la declaración periódica.

Última actualización: julio 2026 | Fuentes: Reglamento (UE) 2019/2026, Reglamento de Ejecución (UE) 2020/194, Directiva (UE) 2017/2455, Ley 37/1992 del IVA arts. 163 vicesquinquies-tricies, Sede Electrónica AEAT — Modelo 035 | Autor: Marta Vilaró, Asesora fiscal, Colegiada ICAB | IgeraGestories — prueba gratis 14 días. Sede electrónica AEAT Este contenido tiene finalidad informativa y no constituye asesoramiento fiscal profesional. Para tu caso concreto, consulta con un gestor o asesor fiscal colegiado.

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